Extracto de 15 de marzo de 2024, de la Resolución de 14 de marzo de 2024, del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se convocan, para el ejercicio 2024, las subvenciones reguladas por la Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de 28 de julio de 2014, modificada por Órdenes de 5 de julio de 2016 y 30 de octubre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de los planes de formación del personal al servicio de la Administración Local de Andalucía, en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas y de modificación de los formularios para su tramitación.

BDNS: 683834.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA.

Primero. Convocar para el ejercicio 2024, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de los planes de formación del personal al servicio de la Administración Local de Andalucía, en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas.

Segundo. Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios los municipios, las provincias y las demás Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Andalucía reconocidas por la legislación de régimen local, así como la Federación Andaluza de Municipios y Provincias u otras Federaciones o Asociaciones de Entidades Locales de ámbito autonómico, legalmente constituidas en Andalucía, cuyos estatutos consignen fines y actividades que permitan la formación de los empleados públicos.

Tercero. Objeto.

La financiación de planes de formación para el empleo referentes al personal al servicio de las Entidades Locales de Andalucía, en el marco del vigente Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas, promovidos por Entidades Locales y Federaciones o Asociaciones de Entidades Locales de ámbito autonómico.

Cuarto. Bases reguladoras.

Orden de 28 de julio de 2014 (BOJA núm. 152, de 6 de agosto de 2014), modificada por la Orden de 5 de julio de 2016 (BOJA núm. 134, de 14 de julio), y la Orden de 30 de octubre de 2023 (BOJA núm. 212, de 6 de noviembre).

Quinto. Cuantía.

La cuantía total máxima destinada a las ayudas asciende a 3.002.244,45 €, que se financiará con cargo a la partida presupuestaria 2131180000 G/12B/46000/00 S0007 del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2024.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

Quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Séptimo. Otros datos.

Las solicitudes y documentación necesaria se presentarán de forma electrónica desde la página web del Instituto Andaluz de Administración Pública, http://www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica en la forma prevista en las bases reguladoras y en la convocatoria.

El Director.

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