Resolución de 5 de marzo de 2024, de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Cádiz, por la que se delimitan las áreas de influencia y limítrofes, a efectos de escolarización de los centros docentes públicos y privados concertados que imparten enseñanzas sostenidas con fondos públicos de Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, para el curso escolar 2024/2025.

El artículo 9 del Decreto 21/2020, de 17 de febrero (BOJA núm. 34, de 19.2.20), por el que se regulan los criterios y el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados para cursar las enseñanzas de Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, establece que anualmente, antes del inicio del plazo de presentación de solicitudes de admisión, oídos el correspondiente Consejo Escolar Provincial y los Consejos Escolares Municipales, las personas titulares de los órganos territoriales provinciales de la Administración de la Junta de Andalucía competentes en materia de educación, de acuerdo con la capacidad autorizada a cada uno de los centros y la población escolar de su entorno, delimitarán las áreas de influencia de los centros docentes públicos y privados concertados, mediante resolución que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

En uso de las competencias que me atribuye la normativa vigente relativa a la regulación de la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, y demás de general aplicación,

RESUELVO

Primero. Aprobar la delimitación de las áreas de influencia y limítrofes de los centros docentes públicos y privados concertados que imparten enseñanzas sostenidas con fondos públicos para cada una de las enseñanzas de Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, para el curso escolar 2024/2025, que quedarán expuestas en el tablón de anuncios de esta Delegación Territorial desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía hasta la finalización del plazo de presentación de recursos de alzada y reclamaciones al que se refiere el artículo 48 del Decreto 21/2020, de 17 de febrero.

Segundo. Las áreas de influencia a las que se refiere esta resolución estarán vigentes en el procedimiento de admisión del alumnado, para el curso escolar 2024/2025, que se lleve a cabo a partir de la publicación de esta resolución en tanto no se proceda a su modificación en la forma prevista en el artículo 9 del Decreto 21/2020, de 17 de febrero.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Educación y Deporte en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo señalado en los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Cádiz, 5 de marzo de 2024.- La Delegada, María Isabel Paredes Serrano.

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