Resolución de 12 de marzo de 2024, de la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública, por la que se concretan determinadas condiciones de la emisión de Deuda Pública anotada de la Junta de Andalucía, por importe de 750 millones de euros, autorizada mediante el Decreto 38/2024, de 21 de febrero, del Consejo de Gobierno de esta Comunidad.

El Decreto 38/2024, de 21 de febrero (BOJA núm. 40, de 26.2.2024), por el que se autoriza la concertación de operaciones de endeudamiento hasta un importe máximo de tres mil ochocientos setenta y dos millones seiscientos quince mil euros, autoriza, a su vez, en su disposición adicional única, a la persona titular de la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública a determinar el instrumento y modalidad concreta para canalizar las operaciones de endeudamiento aprobadas en dicho decreto distintas de las operaciones de crédito que se formalicen con cargo al Fondo de Financiación a Comunidades Autónomas, así como para concretar sus condiciones financieras.

Por otra parte, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 14 de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas, el Consejo de Ministros, en su reunión de 5 de marzo de 2024, autorizó a la Comunidad Autónoma de Andalucía a formalizar operaciones de deuda a largo plazo por un importe máximo de 2.999.914.720 euros.

Asimismo, la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional procedió a autorizar, con fecha 6 de marzo de 2024, la emisión de deuda pública cuyas condiciones se determinan en la presente resolución.

Por todo ello, en virtud de dichas autorizaciones, esta Dirección General

RESUELVE

1. Llevar a cabo una emisión de Deuda Pública por importe de 750.000.000 euros con cargo a la autorización contenida en el Decreto 38/2024, de 21 de febrero, arriba mencionado, con las siguientes características:

1. Modalidad: Obligaciones sostenibles.

2. Procedimiento de emisión: Colocación pública.

3. Importe: 750.000.000 euros.

4. Plazo: 10 años.

5. Fecha de emisión y desembolso: 20 de marzo de 2024.

6. Fecha de amortización: 30 de abril de 2034.

7. Cupón: El tipo de interés nominal anual será del 3,40%. Se abonarán un total de 10 cupones. Los cupones tendrán vencimiento el 30 de abril de cada año, con un primer cupón largo para el período de 20 de marzo de 2024 a 30 de abril de 2025, y el último, el 30 de abril de 2034, y se pagarán por anualidades vencidas.

8. Base de cálculo Actual/Actual (ICMA).

9. Día hábil: TARGET 2.

10. Convención pago intereses: Día hábil siguiente, sin ajustar.

11. Precio de emisión: 99,917%.

12. Amortización: A la par, por el valor nominal.

13. Representación de las obligaciones: Las obligaciones se representarán mediante anotaciones en cuenta, cuyo registro contable corresponde a la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A.-Iberclear, y sus entidades participantes.

14. Negociación de los valores: Mercado de Renta Fija AIAF.

15. Importe nominal mínimo de negociación: 1.000 euros.

16. Segregabilidad: La deuda que se emita tendrá carácter segregable, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 185/1998, de 22 de septiembre.

17. Otras condiciones: De acuerdo con la normativa aplicable a las Comunidades Autónomas, la presente emisión disfrutará de los mismos beneficios y condiciones que la Deuda Pública del Estado.

18. Código ISIN: ES0000090912.

19. Mercado objetivo: Clientes profesionales y contrapartes elegibles (según se definen en MiFID II).

20. Entidades Colocadoras: Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A.; Banco Santander, S.A.; CaixaBank, S.A.; Credit Agricole CIB, HSBC Bank PLC e ING Bank NV.

2. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 12 de marzo de 2024.- La Directora General, M.ª Victoria Carretero Márquez.

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