Resolución de 22 de enero de 2024, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Granada, por la que se concede modificación de autorización administrativa previa y de construcción, de la instalación eléctrica que se cita. (PP. 153/2024).

Exp. Núm. E-4640; 14116/AT.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. En fecha 25 de noviembre de 2020 se registró en la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Granada, solicitud de autorización administrativa previa por parte de la empresa Desarrollos Fotovoltaicos Ibéricos 28 S.L., CIF B88171376, para la instalación de generación de energía eléctrica mediante tecnología solar fotovoltaica denominada «Granada Solar 165», sita en el término municipal de El Turro-Cacín en la provincia de Granada. Posteriormente, en fecha de 6 de agosto de 2021, se registró solicitud de Autorización Administrativa de Construcción.

Junto a su solicitud, el peticionario aporta entre otros, acreditación de la capacidad legal, técnica y económica-financiera, proyectos de las instalaciones, permiso de acceso y conexión a red de distribución, y relación de Administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general afectados por las instalaciones, adjuntando las respectivas separatas del proyecto para su remisión a los mismos.

Segundo. De acuerdo con los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en el Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada, se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncio en el BOP núm. 243 de 22 de diciembre de 2021, en el BOJA núm. 244 de 22 de diciembre de 2021, así como tablón de edictos del Ayuntamiento afectado (Ayuntamiento de El Turro-Cacín) y publicación en el portal de transparencia de la Junta de Andalucía para que, en el plazo de treinta días, se presentaran las alegaciones que se estimaran procedentes.

Tercero. En fecha 11 de enero de 2023 se recibe en esta Delegación Informe Preceptivo Vinculante, de la Delegación Territorial de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, de fecha 9 de enero de 2023, con núm. expediente AAU/GR/054/20, de Autorización Ambiental Unificada a Desarrollos Fotovoltaicos Ibéricos 28 S.L., Desarrollos Fotovoltaicos Ibéricos 26 S.L., y Desarrollos Fotovoltaicos Ibéricos 27 S.L., para los proyectos de Plantas Solares Fotovoltaicas «Granada Solar 165», «Granada Solar 166» y «Granada Solar 167», incluyendo este último las siguientes infraestructuras de evacuación comunes: una Subestación Elevadora «El Turro-Cacín» y Línea aerosubterránea de evacuación en los tt.mm. de Cacín, El Turro-Cacín, Alhama de Granada, Chimeneas, Moraleda de Zafayona, Pinos Puente, Íllora y Atarfe en la provincia de Granada, y se emite evaluación de impacto ambiental Viable a la realización de las actuaciones contempladas en los proyectos de Plantas Solares Fotovoltaicas «Granada Solar 165», «Granada Solar 166» y «Granada Solar 167», incluyendo este último, las siguientes infraestructuras de evacuación comunes: una Subestación Elevadora «El Turro» y Linea Aérea-soterrada de evacuación en los tt.mm. de Cacín, El Turro, Alhama de Granada, Chimeneas, Moraleda de Zafayona, Pinos Puente, Íllora y Atarfe (Granada), condicionada a la ejecución de las modificaciones señaladas por el Servicio de Gestión del Medio Natural de la Delegación en Granada de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, y la Oficina de Ordenación del Territorio de la Delegación Territorial en Granada de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda.

Cuarto. En fecha 27 de enero de 2023, se concede autorización administrativa previa por parte de esta Delegación de la instalación eléctrica denominada «Planta Solar Fotovoltaica Granada Solar 165» en el término municipal de El Turro-Cacín en la provincia de Granada.

Quinto. En fecha 7 de julio de 2023, se concede Autorización Administrativa de Construcción por parte de esta Delegación de la instalación eléctrica denominada «Planta Solar Fotovoltaica Granada Solar 165» en el término municipal de El Turro-Cacín en la provincia de Granada.

Sexto. En fecha 20 de julio de 2023, Desarrollos Fotovoltaicos Ibéricos 28, S.L. registra consulta a la Delegación Territorial de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul de la Junta de Andalucía en Granada, sobre la sustancialidad de las modificaciones que pretende desarrollar en el proyecto fotovoltaico «Granada Solar 165». La modificación consiste en la eliminación de los dos sectores centrales, mientras que el sector más al sur se reduce la superficie de ocupación. La reducción de la superficie consiste en pasar de 95 hectáreas a 34,64 hectáreas, distribuidas en dos zonas, el sector norte, que ocupa cinco vallados, y una superficie total de 12,47 ha, y sector sur, también con cinco vallados, y una superficie de 22,70 ha. El trazado de la línea de interconexión 30 kV entre los dos sectores mencionados, pasa a ser soterrado con una longitud de 3.247,72 m.

Séptimo. El 25 de agosto de 2023, la mercantil promotora aporta documentación complementaria, relativa a la actualización del diseño de la línea de evacuación en media tensión de «Granada Solar 165», con el fin de hacer técnicamente viable la ejecución del proyecto. Se justifica la modificación del trazado de la línea soterrada entre los sectores sur y norte, debido al solape con zona de inundación de parte del trazado, y una menor afección al monte de utilidad pública. La longitud de la línea de interconexión subterránea se aumenta de 3,24 kilómetros a 3,63 kilómetros.

Octavo. En fecha 23 de noviembre de 2023, la Delegación Territorial de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Granada resuelve considerando No Sustancial, a los solo efectos ambientales, la eliminación de los dos sectores centrales, la disminución del sector sur y el cambio de trazado y disposición de la línea de interconexión de media tensión del proyecto Planta Solar Fotovoltaica «Granada Solar 165», en el término municipal de Cacín, provincia de Granada. (EXPTE.AAU/GR/054/20 MNS2 165).

Noveno. De conformidad con lo establecido en los artículos 54, 55 y 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y en los artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se somete de nuevo a información pública la solicitud de autorización administrativa previa y de construcción y la declaración, en concreto, de utilidad pública, del proyecto «Planta Solar Fotovoltaica Granada Solar 165» en el término municipal de El Turro-Cacín en la provincia de Granada, insertándose anuncio en el Boletín Oficial del Estado núm. 280,  de fecha 23.11.2023, Boletín Oficial de la Provincia de Granada núm. 226, de fecha 28.11.2023, Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 229, de fecha 29.11.2023, en el periódico provincial de prensa privada «Ideal» de fecha 22.11.2023, así como tablón de edictos del Excmo. Ayuntamiento de Cacín, y publicación en el portal de transparencia de la Junta de Andalucía para que, en el plazo de treinta días, se presentaran las alegaciones que se estimaran procedentes.

Décimo. Durante los plazos de información pública no se han recibido alegaciones.

Undécimo. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 127, 131 y 146 del Real Decreto 1955/2000, se remitió separata del proyecto presentado a los siguientes organismos y empresas de servicios de interés general afectados:

• Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

• Servicio de Carreteras de la Excma. Diputación Provincial de Granada.

• E-distribución RedesDigitales, S.L.U.

• Red Eléctrica de España, S.A.U.

• Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Granada. Servicio de Gestión del Medio Natural.

• Delegación Territorial en Granada de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte. Servicio de Bienes Culturales.

• Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

• Excmo. Ayuntamiento de Cacín.

• Entidad Local Autónoma de El Turro.

• Ecologistas en Acción.

• Sociedad Española de Ornitología SEO Birdlife.

Los condicionados remitidos por los diferentes organismos y/o empresas de servicios de interés general afectados, fueron remitidas al peticionario. Trascurridos treinta días, las entidades que no hubieron contestado, se entiende que no tienen objeción o condición que formular.

Duodécimo. De conformidad con el artículo 52 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía, se remitió la documentación aportada por el promotor a la Oficina de Ordenación del Territorio, de la Delegación Territorial en Granada de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda de la Junta de Andalucía, informando el citado Organismo que no es exigible el informe de incidencia territorial de la citada ley.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Delegación Territorial es competente para dictar la presente resolución, según lo dispuesto en el artículo 49 del Estatuto de Autonomía para Andalucía aprobado por Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, modificado por el Decreto del Presidente 4/2023, de 11 de abril, el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía, el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 300/2022, de 30 de agosto, así como la Resolución de 11 de marzo de 2022, de la Dirección General de Energía, por la que se delegan determinadas competencias en los órganos directivos territoriales provinciales competentes en materia de energía.

Segundo. La autorización administrativa de las instalaciones eléctricas de alta tensión está regulado en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión, el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento técnico de líneas de alta tensión.

Tercero. El artículo 30.4 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, determina que las instalaciones de generación de energía tendrá la consideración de actuaciones de utilidad e interés general. A este respecto el articulo 32 establece el procedimiento de autorización ambiental unificada para actuaciones privadas declaradas de utilidad e interés general de Andalucía, indicando que corresponde al órgano sustantivo, en este caso esta Delegación, recibir la solicitud, efectuar los trámites de información pública y de consultas e incorporar a la autorización que se otorga el contenido del informe emitido por el órgano ambiental.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía de la Junta de Andalucía en Granada,

RESUELVE

Primero. Conceder la modificación de la Autorización Administrativa Previa y la Autorización Administrativa de Construcción de la instalación eléctrica que se cita.

La descripción y características de las instalaciones autorizadas son las siguientes:

Peticionario: Desarrollos Fotovoltaicos Ibéricos 28 S.L. con CIF B88171376, y domicilio a efecto de notificaciones en Calle Velázquez núm. 4, piso 1, CP 28001 Madrid.

Objeto de la Petición: Modificación de la Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción de la instalación denominada «Planta fotovoltaica Granada Solar 165», en el término municipal de El Turro-Cacín, en la provincia de Granada.

Características: La planta fotovoltaica «Granada Solar 165» se localiza en el término municipal de Cacín-El Turro, con una potencia en inversores de 27 MWn y una potencia de 32,94 MWp en módulos fotovoltaicos, formada por 54.000 módulos de 610 Wp, marca y modelo JINKO SOLAR JKM610N-78HL4-BDV o similar, instalados sobre 597 seguidores a un eje. 135 inversores, marca y modelo HUAWEI SUN2000-200KTL-H3, de 200 kW de potencia unitaria o similar, que alimentará a 7 centros de transformación (3 unidades de 6.000kVA a 40°C y 4 unidades de 3.000kVA a 40°C), de elevación de la tensión de 800 V a 30 kV, línea de interconexión soterrada de 30 kV para conectar las islas de paneles fotovoltaicos norte y sur del proyecto, así como líneas de 30 kV para interconectar estaciones transformadoras entre sí hasta la Subestación Elevadora 30/220 kV «El Turro». La potencia nominal de la planta en el punto de acceso es de 26 MW en la Subestación Atarfe 220 kV, por lo que la planta contará con elemento limitador a dicha potencia con permiso de evacuación.

Según proyectos presentados por don Daniel Correro Cabrera, colegiado núm. 7426 del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Andalucía Occidental y declaración responsable de fecha 27.10.2023, así como don Manuel Cañas Mayordomo, colegiado núm. 1617 del Colegio Oficial de Ingenieros Agrónomos de Andalucía y declaración responsable de fecha 26.10.2023, y condicionados a las determinaciones del informe vinculante emitido por el órgano ambiental de fecha 9.1.2023 y núm. expediente AAU/GR/054/20, así como la Modificación No sustancial de fecha 23.11.2023 y núm. Expediente AAU/GR/054/20 MNS2 165. La Subestación Elevadora 30/220 kV «El Turro» y la infraestructura de evacuación hasta la Subestación Atarfe 220 kV (REE) no forman parte de este proyecto y quedan excluidas de la presente resolución.

Presupuesto: 14.643.735,63 €.

Finalidad: Producción de energía solar fotovoltaica.

Segundo. La Autorización Administrativa de Construcción se otorga de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, condicionada al cumplimiento de la normativa aplicable y de los siguientes requisitos:

1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen y resto de informes emitidos por los organismos afectados.

2. En lo relativo al plazo previsto de ejecución, se estará a lo determinado por el Real Decreto-ley 23/2020.

3. En todo caso, el promotor queda obligado a solicitar la autorización de explotación definitiva con al menos un mes de antelación al cumplimiento del hito 5.º correspondiente al artículo 1.1 Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica, en su redacción actualizada por las disposiciones legales de modificación del mismo, y durante el periodo de vigencia de la autorización ambiental unificada. El titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación, a efectos de reconocimiento definitivo y emisión de la correspondiente autorización de explotación, aportando la dirección técnica de obra, justificación de depósito del aval de desmantelamiento, y resto de documentación y certificaciones reglamentarias.

4. En lo que respecta al procedimiento urbanístico y concretamente sobre la prestación de garantías de desmantelamiento de la instalación se estará a lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 2/2007, de 27 de marzo, de fomento de las energías renovables y del ahorro y eficiencia energética de Andalucía, en su redacción actualizada por las disposiciones de modificación de este artículo.

5. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación.

6. La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que constate el incumplimiento de las condiciones impuestas en la misma. En tales supuestos la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la revocación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

Tercero. De acuerdo con lo establecido en el artículo 32 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, las determinaciones y condiciones establecidas en el informe vinculante emitido por el órgano ambiental (autorización ambiental unificada núm. expte: AAU/GR/054/20) de fecha 9.1.2023, quedan incorporadas a esta resolución, por la que se otorga la autorización administrativa de construcción al proyecto de Planta fotovoltaica «Granada Solar 165», en el término municipal de El Turro-Cacín, en la provincia de Granada. El citado informe podrá consultarse de forma pública en la web de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, en el siguiente enlace:

http://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/servtc1/AAUo/

Cuarto. A tenor de lo prescrito en el artículo 53.6 de la Ley 24/2013 esta autorización se concede sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y en especial las relativas a ordenación del territorio y al medio ambiente.

Quinto. Notifíquese esta resolución al peticionario e interesados, así como publíquese en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y Boletín Oficial de la Provincia de Granada.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante la Secretaría General Técnica de la Consejería de Industria, Energía y Minas, en el plazo de un (1) mes contado a partir del día siguiente a la notificación de este acto, de conformidad con lo establecido en los artículos 40, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Granada, 22 de enero de 2024.- El Secretario General de Energía, P.D. (Resolución de 11.3.2022, BOJA núm. 52), el Delegado, Gumersindo Carlos Fernández Casas.

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