Resolución de 9 de febrero de 2024, de la Dirección General de Pesca y Acuicultura, por la que se somete a información pública el proyecto de orden por la que se modifica la Orden de 2 de junio de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la selección de las Estrategias de Desarrollo Local Participativo, para la selección de los Grupos de Acción Local del Sector Pesquero y Acuícola, y para la concesión de la ayuda preparatoria en el marco del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura (2021-2027), en Andalucía.

El artículo 45.1.d) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece que cuando el proyecto normativo afecte a los derechos e intereses legítimos de la ciudadanía y la naturaleza de la disposición lo aconseje, será sometido a información pública, durante un plazo razonable y no inferior de quince días hábiles. La participación de la ciudadanía podrá producirse por cualquier medio admisible en Derecho, entre otros por vía telemática en los términos previstos reglamentariamente.

Con fecha 6 de febrero de 2024, la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, inicia la tramitación del expediente administrativo relativo a la modificación de la Orden de 2 de junio de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la selección de las Estrategias de Desarrollo Local Participativo, para la selección de los Grupos de Acción Local del Sector Pesquero y Acuícola, y para la concesión de la ayuda preparatoria en el marco del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura (2021-2027), en Andalucía, asimismo se resuelve su tramitación con carácter de urgencia de conformidad con los artículos 5 y 6 del Decreto-ley 3/2021, de 16 de febrero, por el que se adoptan medidas de agilización administrativa y racionalización de los recursos para el impulso a la recuperación y resiliencia en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, cuya vigencia se ha ampliado para el ejercicio 2024, por la disposición adicional decimotercera de la Ley 12/2023, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2024, por lo que los trámites de audiencia e información pública tendrán un plazo de realización de siete días hábiles.

El presente proyecto normativo regula determinadas materias que afectan de forma directa a la ciudadanía. El proyecto de orden tiene por objeto fundamentalmente en el desarrollo del régimen de los Grupos de Acción Local del Sector Pesquero y Acuícola (en adelante GALPA), desarrollan labores de especial relevancia en el desarrollo sostenible y la diversificación del sector pesquero andaluz, con la implementación de sus estrategias de desarrollo local participativo en las zonas asignadas, con especial atención a las necesidades de la zona y el conocimiento del potencial a de las mismas, así como el conocimiento de las características socioculturales propias de cada una de las zona, facilitando el fomento de la capacidad de las comunidades locales y la estimulación de la innovación.

Los GALPA fueron reconocidos mediante Resolución de la Dirección General de Pesca y Acuicultura, de fecha 12 de diciembre de 2023, por la que se seleccionan las Estrategias de Desarrollo Local Participativo y se reconocen los Grupos de Acción Local del sector pesquero y acuícola, se concede la ayuda para los gastos de funcionamiento y animación y su anticipo, y se concede la ayuda preparatoria, al amparo de la Orden de convocatoria de 29 de junio de 2023 y la Orden de bases reguladoras de 2 de junio de 2023. Del texto de la norma se desprende la necesidad de desarrollar el régimen jurídico de concesión de las ayudas a los gastos de funcionamiento y animación a los GALPA contribuyendo con ello a la implementación de sus estrategias de desarrollo local participativo en sus ámbitos territoriales.

En consecuencia, resulta conveniente que el texto del proyecto normativo se someta a la mayor difusión posible, al objeto de que la ciudadanía lo conozca y pueda realizar las observaciones y aportaciones que estime de interés.

En virtud de lo anteriormente expuesto, de conformidad con lo previsto en el artículo 45.1.d) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

RESUELVO

Primero. Someter a información pública el proyecto de orden por la que se modifica la Orden de 2 de junio de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la selección de las Estrategias de Desarrollo Local Participativo, para la selección de los Grupos de Acción Local del Sector Pesquero y Acuícola, y para la concesión de la ayuda preparatoria en el marco del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura (2021-2027), en Andalucía, durante el plazo de 7 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Segundo. El texto del proyecto de orden quedará expuesto para su general conocimiento:

a) En formato digital, a través del Portal de la Administración de la Junta de Andalucía en la dirección electrónica:

https://juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos/detalle/477574.html

b) En formato papel, en la sede de la Dirección General de Pesca y Acuicultura, de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, sita en calle Tabladilla, s/n, C.P. 41071, Sevilla, dentro del siguiente horario: de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas, con las excepciones previstas por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Tercero. Las alegaciones que se deseen formular al proyecto de orden deberán dirigirse a la Dirección General de Pesca y Acuicultura de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, y se podrán realizar:

a) Las personas o entidades que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónico deberán presentar sus escritos en formato electrónico mediante el formulario disponible en la dirección electrónica: galp.cagpds@juntadeandalucia.es.

b) Las personas físicas que no estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos podrán presentar sus alegaciones, además de en el Registro Electrónico Único en la Sede electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía, en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o en formato papel en las Oficinas de Asistencia en materia de Registro de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, sita en la calle Tabladilla, s/n, 41071 Sevilla, o bien en cualquiera otra, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Sevilla, 9 de febrero de 2024.- El Director General, José Manuel Martínez Malia.

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