Orden de 4 de mayo de 2023, por la que se modifica la autorización de enseñanzas del centro docente privado de educación secundaria San José Sagrados Corazones de Sevilla. (PP. 1885/2023).

Visto el expediente tramitado a instancia de doña Cristina Gómez Cid, como representante de la entidad Padres de los Sagrados Corazones, titular del centro docente privado de educación secundaria «San José Sagrados Corazones», con domicilio en C/ Juan Ramón Jiménez, 22, de Sevilla, por el que solicita modificar la autorización de enseñanzas con la que cuenta, por la supresión de un ciclo formativo de formación profesional de grado medio de Cuidados auxiliares de enfermería y dos ciclos formativos de formación profesional de grado superior (uno de Comercio internacional y uno de Guía, información y asistencias turísticas), así como por la ampliación de sus enseñanzas en tres ciclos formativos de formación profesional de grado superior (uno de Imagen para el diagnóstico y medicina nuclear, uno de Dietética y uno de Educación infantil) y en un curso de especialización de formación profesional de grado superior en Ciberseguridad en entornos de las tecnologías de la información, según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio.

Resultando que el citado centro, con código 41005567, tiene autorización para impartir dieciséis unidades de educación secundaria obligatoria, ocho unidades de bachillerato (cuatro en la modalidad de Humanidades y ciencias sociales y cuatro en la modalidad de Ciencias y tecnología), un ciclo formativo de formación profesional de grado medio de Cuidados auxiliares de enfermería y diez ciclos formativos de formación profesional de grado superior (uno de Radioterapia y dosimetría, uno de Imagen para el diagnóstico y medicina nuclear, uno de Desarrollo de aplicaciones multiplataforma, uno de Desarrollo de aplicaciones web, uno de Enseñanza y animación sociodeportiva, uno de Acondicionamiento físico, uno de Animaciones 3D, juegos y entornos interactivos, uno de Marketing y publicidad, uno de Comercio internacional y uno de Guía, información y asistencias turísticas).

Resultando que en el expediente de autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación de Sevilla y de la Gerencia Provincial de la Agencia Pública Andaluza de Educación.

Vistos: la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE del 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4), de Educación; la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (BOE del 30), por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA del 26), de Educación de Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE del 2), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero (BOE del 12 de marzo), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria; el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio (BOE de 30), por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo; el Real Decreto 770/2014, de 12 de septiembre (BOE de 4 de octubre), por el que se establece el título de Técnico Superior en Imagen para el diagnóstico y medicina nuclear y se fijan sus enseñanzas mínimas; el Real Decreto 536/1995, de 7 de abril (BOE de 2 de junio), por el que se establece el título de Técnico Superior en Dietética y las correspondientes enseñanzas mínimas; el Real Decreto 1394/2007, de 29 de octubre (BOE de 24 de noviembre), por el que se establece el título de Técnico Superior en Educación infantil y se fijan sus enseñanzas mínimas; el Real Decreto 479/2020, de 7 de abril (BOE de 13 de mayo), por el que se establece el curso de especialización en Ciberseguridad en entornos de las tecnologías de la información y se fijan los aspectos básicos del currículo; el Decreto 436/2008, de 2 de septiembre (BOJA del 12), por el que se establece la ordenación y las enseñanzas de la formación profesional inicial que forma parte del sistema educativo; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de centros docentes privados, para impartir enseñanzas de régimen general, y demás normas de vigente aplicación.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Conceder la modificación de la autorización de enseñanzas solicitada, al centro docente privado de educación secundaria «San José Sagrados Corazones», código 41005567 y domicilio en C/ Juan Ramón Jiménez, 22, de Sevilla, cuyo titular es la entidad Padres de los Sagrados Corazones, quedando con la configuración de enseñanzas que se describe a continuación:

a) Educación secundaria obligatoria: 16 unidades con 480 puestos escolares.

b) Bachillerato:

Modalidad de Humanidades y ciencias sociales: 4 unidades con 140 puestos escolares.

Modalidad de Ciencias y tecnología: 4 unidades con 140 puestos escolares.

c) Ciclos formativos de formación profesional de grado superior:

Radioterapia y dosimetría (impartido en turno de mañana):

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 44.

Imagen para el diagnóstico y medicina nuclear (impartidos en doble turno):

Núm. de ciclos: 2.

Grupos: 4.

Puestos escolares: 84.

Dietética (impartido en turno de tarde):

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 40.

Desarrollo de aplicaciones multiplataforma (impartido en turno de mañana):

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 40.

Desarrollo de aplicaciones web (impartido en turno de tarde):

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 40.

Enseñanza y animación sociodeportiva (impartido en turno de mañana):

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Acondicionamiento físico (impartido en turno de tarde):

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Animaciones 3D, juegos y entornos interactivos (impartido en turno de tarde):

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 40.

Marketing y publicidad (impartido en turno de tarde):

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 40.

Educación infantil (impartido en turno de mañana):

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 40.

d) Cursos de especialización de formación profesional de grado superior:

Ciberseguridad en entornos de las tecnologías de la información (impartido en turno de tarde):

Grupos: 1.

Puestos escolares: 20.

Segundo. El centro no podrá superar el número de puestos escolares fijado para el mismo.

Tercero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto 109/1992, de 9 de junio, la autorización a la que se refiere la presente orden tendrá efectos jurídicos y administrativos desde el inicio del curso escolar 2023/24.

Cuarto. Del contenido de la presente orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Quinto. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación de Sevilla la relación del profesorado del mismo con indicación de su titulación respectiva.

Sexto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente orden.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 4 de mayo de 2023

PATRICIA DEL POZO FERNÁNDEZ
Consejera de Desarrollo Educativo 
y Formación Profesional
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