Corrección de errores de la Resolución de 30 de marzo de 2021, de la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Jaén, sobre la autorización ambiental unificada que se cita, en el término municipal de Linares (Jaén). (BOJA núm. 81 de 30.4.2021).
AAU/JA/0011/19.
Advertido el error en la publicación de la Resolución de 30 de marzo de 2021, de la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Jaén,
El Apartado 3. Condiciones de esta AAU del Anexo VI. Condiciones Generales expresa lo siguiente:
Donde dice:
«El cambio de uso autorizado debe ejecutarse en el plazo máximo de un año, a contar desde la fecha de recepción de la autorización».
Debe decir:
«El cambio de uso autorizado debe ejecutarse en el plazo máximo de un año, a contar desde la fecha de recepción de la autorización, sin perjuicio de futuras prórrogas, siempre y cuando no excedan el plazo de caducidad».
Esta propuesta afecta únicamente al contenido del Apartado 3. Contenido de esta AAU del Anexo VI. Condiciones Generales de la Resolución de AAU de 30 de marzo de 2021.
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