Resolución de 16 de enero de 2024, del Rectorado de la Universidad de Almería, por la que se convocan pruebas selectivas para la elaboración de una lista para realizar nombramientos de funcionarios interinos en la Escala Técnica Administrativa de Apoyo a la Docencia y la Investigación de esta universidad, mediante el sistema de acceso libre.

Este Rectorado, en cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 225/2018, de 18 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Almería, y con el fin de atender las necesidades de personal técnico, de gestión y de administración y servicios,

HA RESUELTO

Convocar pruebas selectivas para la elaboración de una lista para realizar nombramientos de funcionarios interinos en la Escala Técnica Administrativa de Apoyo a la Docencia y la Investigación, con sujeción a las siguientes bases de convocatoria:

1. Normas generales.

1.1. Se convocan pruebas selectivas para la elaboración de una lista para realizar nombramientos de funcionarios interinos en la Escala Técnica Administrativa de Apoyo a la Docencia y la Investigación de la Universidad de Almería (Subgrupo C1).

1.2. A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía, los Estatutos de la Universidad de Almería, y lo dispuesto en la presente convocatoria.

1.3. El procedimiento de selección será el de concurso-oposición, con las pruebas, puntuaciones y materias que se especifican como Anexo I de esta convocatoria.

1.4. El programa que ha de regir las pruebas selectivas de la fase de oposición es el que se acompaña como Anexo II a esta convocatoria.

1.5. Las pruebas selectivas se desarrollarán con arreglo al siguiente calendario: el primer ejercicio se iniciará a partir del 1 de marzo de 2024. La fecha, hora y lugar del mismo se fijarán en la resolución del Rectorado en que se apruebe la lista de aspirantes admitidos y excluidos.

1.6. A todos los plazos contemplados en la presente resolución les será de aplicación lo previsto en la vigente Resolución de 30 de noviembre de 2023, de la Universidad de Almería, sobre declaración de periodos inhábiles del año 2024, a efectos de cómputo de plazos en los procedimientos señalados en la misma en el ámbito de la universidad.

1.7. De acuerdo con el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, todos los actos integrantes de la presente convocatoria que requieran publicación se publicarán en Tablón Oficial de la Sede Electrónica de la Universidad de Almería o, según corresponda, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, sustituyendo estas publicaciones a la notificación personal a los interesados y surtiendo sus mismos efectos, atendiendo, en todo caso, a las normas de información en materia de Protección de Datos en los Procesos de Concurrencia Competitiva en la Universidad de Almería y rigiéndose por los Acuerdos del Consejo de Gobierno aplicables y demás normativa de general aplicación.

2. Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los requisitos generales de acceso a la función pública y, en particular:

a) Tener nacionalidad española o ser nacional de uno de los Estados miembros de la Unión Europea, o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de los Tratados Internacionales, celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, les sea de aplicación la libre circulación de los trabajadores y las trabajadoras en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea. También podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Igualmente se extenderá este derecho a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos los dieciséis años y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes funciones. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

f) Estar en posesión del título de Bachiller o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estar en posesión del documento que acredite su homologación o equivalencia con la titulación española exigida.

2.2. Todos los requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario interino de la Escala Técnica Administrativa de Apoyo a la Docencia y la Investigación de la Universidad de Almería.

3. Solicitudes.

3.1. El plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días naturales siguientes al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

3.2. Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar electrónicamente su solicitud. Para ello, deberán inscribirse mediante el procedimiento «Procesos selectivos nuevo ingreso del Personal técnico, de gestión y de administración y servicios», disponible en la sede electrónica de la Universidad de Almería en la siguiente dirección:

https://www.ual.es/administracionelectronica/procedimientos/procedimiento/PER0103

Para el acceso a dicho trámite se requerirá la identificación electrónica de la persona interesada, para lo cual será necesario disponer de certificado digital de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) o DNI electrónico. En la Sede Electrónica de la Universidad de Almería (sede.ual.es) se podrá consultar la información relativa a los requisitos técnicos para realizar el procedimiento aludido.

3.3. Para completar con éxito el proceso de solicitud los interesados deberán acceder al referido procedimiento habilitado en la Sede Electrónica y realizar, dentro del plazo estipulado, los siguientes pasos:

a) Cumplimentar el formulario electrónico, subir la documentación requerida y firmar la solicitud.

b) Abonar los derechos de examen correspondientes que ascienden a la cantidad de 25 euros. Únicamente se permitirá el pago mediante tarjeta de crédito-TPV.

No serán admitidas y, consecuentemente, quedarán excluidas del proceso selectivo, aquellas personas que no hubieran presentado su solicitud a través del procedimiento habilitado al efecto y dentro del plazo establecido. Solo se podrá presentar una solicitud por persona aspirante, por lo que, antes de realizar el pago, se deberá comprobar que todos los datos y documentos aportados son correctos.

Como señala el apartado 4 del artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cuando una incidencia técnica haya imposibilitado el funcionamiento ordinario del sistema o aplicación que corresponda, y hasta que se solucione el problema, la Administración podrá determinar una ampliación de los plazos no vencidos, debiendo publicar en la sede electrónica tanto la incidencia técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo no vencido. Asimismo, si el interesado no dispone de los medios electrónicos necesarios para su identificación o firma electrónica, podrá ser asistido en las Oficinas de Asistencia en materia de Registro o en las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

3.4. Para dar cumplimiento a lo previsto en la base 1.8 respecto a las normas de información en materia de Protección de Datos en los Procesos de Concurrencia Competitiva en la Universidad de Almería, se requerirá que por parte de los aspirantes se consigne en la solicitud una cuenta de correo electrónico válida cuyo titular sea el aspirante. Dicha cuenta de correo será el medio utilizado para la realización de las preceptivas comunicaciones a los interesados relativas a la publicación de los distintos actos derivados de la presente convocatoria.

3.5. Las personas aspirantes afectadas por un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33% que deseen participar en las pruebas selectivas, deberán indicarlo marcando la opción prevista para tal fin en la solicitud y expresar, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización del ejercicio en el que esta adaptación sea necesaria, utilizando para ello el apartado correspondiente de la solicitud.

3.6. Las personas interesadas podrán, en su caso, aportar nuevos documentos a su solicitud durante el plazo de presentación de solicitudes. Para ello, deberán acceder a la presentada en el procedimiento telemático y anexar la documentación adicional.

3.7. Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos y documentación que hayan hecho constar o aportado en sus solicitudes. En caso de falsedad o manipulación en algún documento, decaerá el derecho a la participación en el proceso selectivo, con independencia de la responsabilidad a que hubiere lugar.

3.8. A la solicitud se deberán adjuntar, en formato pdf, los siguientes documentos:

a) Documento Nacional de Identidad, NIE o Pasaporte. Los aspirantes extranjeros deberán presentar documento que acredite que es nacional de la Unión Europea o de algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. Los familiares de los anteriores deberán presentar documento que acredite esta condición. Todos los documentos deberán estar traducidos al español.

b) Documento que acredite la titulación exigida para participar en las pruebas selectivas, y, en el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá presentar también la credencial que acredite su homologación o reconocimiento, ambos en un único archivo.

c) Las personas aspirantes afectadas por discapacidad deberán presentar certificado expedido al efecto por los órganos competentes de la administración estatal o, en su caso, de la comunidad autónoma correspondiente.

d) Justificación documental de los méritos que quieran hacer valer en la fase de concurso o, en su defecto, solicitud expresa para que se computen los méritos que ya figuren en su expediente en el Servicio de Gestión de Recursos Humanos de la Universidad de Almería. Los méritos no justificados en el plazo establecido al efecto no podrán ser valorados en la fase de concurso.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes y en el plazo máximo de un mes, el Rector de la Universidad de Almería dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos. En dicha resolución, que deberá publicarse en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», se indicarán los lugares en que se encuentre expuesta a los interesados la lista de admitidos/as y excluidos/as, indicándose, en este último caso, las causas de exclusión. En la citada resolución se hará pública igualmente la composición del Tribunal Calificador de estas pruebas selectivas y se recogerá el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio.

4.2. Las personas que figuren excluidas dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la anterior resolución en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, las personas aspirantes comprobarán fehacientemente no sólo que no figuran recogidas en la relación de exclusiones, sino, además, que sus datos identificativos constan en la pertinente relación de personas admitidas. Las personas que dentro del plazo señalado no subsanen la exclusión o no aleguen la omisión, quedarán definitivamente excluidas de la participación en el proceso selectivo. Contra la exclusión definitiva de las personas aspirantes podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el órgano que dictó el acto, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su publicación, ante el órgano competente.

4.3. Se procederá a la devolución de los precios públicos exigidos cuando no se realice su hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de exclusión del proceso selectivo por causa imputable a la persona aspirante, por lo que en el supuesto de exclusión por no cumplir los requisitos o no aportar los documentos exigidos en la convocatoria, no dará lugar a la devolución de los derechos de examen. La devolución se efectuará una vez finalizado el proceso selectivo.

5. Tribunal.

5.1. El Tribunal calificador de estas pruebas será nombrado por el Rector de la Universidad de Almería y publicado según lo estipulado en la base 4.1 de esta convocatoria.

5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad de Almería, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubieren realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

5.3. Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas se publicará en el Tablón Oficial de la Sede Electrónica resolución por la que se nombren a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base.

5.4. Para la válida constitución del Tribunal, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la asistencia, presencial o a distancia, del Presidente y Secretario o en su caso, de quienes les suplan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros. En la sesión de constitución, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

5.5. Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos. El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

5.6. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose, dichos asesores, a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la Universidad de Almería.

5.7. El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas, en aquellos casos en que resulte necesario, de forma para que los aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los demás aspirantes. En este sentido, se establecerán para las personas con minusvalías que lo soliciten, en la forma prevista en la base 3.4, las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.

5.8. El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición, que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes.

5.9. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Almería, carretera de Sacramento, sin número, teléfono 950 015 126. El Tribunal dispondrá que, en su sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atenderá a cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.10. El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría 3ª de las recogidas en el Decreto 54/1989, de 21 de marzo.

6. Desarrollo de los ejercicios.

6.1. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los aspirantes para que acrediten su identidad.

6.2. Los aspirantes en el proceso serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos del proceso selectivo aquellos aspirantes que no comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

6.3. Una vez comenzadas las pruebas selectivas, los sucesivos anuncios de la celebración de las restantes pruebas deberán hacerse públicos por el Tribunal en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores y por cualquier otro medio si se juzga conveniente, con doce horas, al menos, de antelación del comienzo de las mismas si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas, si es nuevo ejercicio.

6.4. En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviese conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia del mismo, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de Almería, comunicándole asimismo las inexactitudes o falsedades formuladas en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

7. Confección, funcionamiento y vigencia de la lista para nombramientos como funcionario interino.

7.1. Finalizado el único ejercicio de la fase de oposición, el Tribunal dictará resolución aprobando la relación provisional de aspirantes que hayan obtenido una calificación igual o superior a la exigida para su superación. Igualmente, el Tribunal dictará resolución aprobando la puntuación provisional obtenida por los citados aspirantes en la fase de concurso. Dicha resolución establecerá un plazo de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación, para la presentación de alegaciones.

7.2. Una vez resueltas las alegaciones, el Tribunal dictará nueva resolución aprobando la relación definitiva de aspirantes aprobados en el ejercicio, así como la puntuación definitiva obtenida en la fase de concurso.

7.3. Una vez finalizadas las pruebas selectivas se elaborará la lista de espera para realizar nombramientos como funcionarios/as interinos. Dichos nombramientos, así como las correspondientes revocaciones, se efectuarán según lo dispuesto en el artículo 10 de Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

7.4. La citada lista se elaborará con los aspirantes hayan superado el ejercicio de la fase de oposición, ordenada de mayor a menor puntuación, teniendo en cuenta la suma de la/s puntuación/es del ejercicio superado en estas pruebas selectivas, y la puntuación obtenida en virtud de los méritos descritos en el Anexo I para la fase de concurso. En ningún caso formarán parte de la lista aquellos aspirantes que no hubiesen superado el ejercicio. En caso de empate, o sucesivos empates, se resolverá a la mayor puntuación obtenida según el siguiente orden:

a) Puntuación obtenida en el ejercicio.

b) Puntuación obtenida en la fase de concurso.

c) Sorteo.

7.5. Una vez confeccionada la lista, el Rectorado de la Universidad de Almería procederá a su aprobación y publicación en el Tablón Oficial de la Sede Electrónica de la Universidad de Almería. En esta misma publicación quedarán regulados todos los aspectos concernientes al uso y funcionamiento de la mencionada lista. La lista de espera se utilizará para el desempeño de puestos de trabajo correspondientes a la Escala Técnica Administrativa de Apoyo a la Docencia y la Investigación de esta Universidad e incluidos en las áreas de los campos 2 y 3: «Química» y «Biología Celular y Molecular», respectivamente, de la CNEAI (BOE num. 289 de 2009, Resolución de 18 de noviembre de 2009, de la Presidencia de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, por la que se establecen los criterios específicos en cada uno de los campos de evaluación).

7.6. La resolución citada en la base 7.3 derogará la lista de espera vigente en la Escala Técnica Administrativa de Apoyo a la Docencia de la Universidad de Almería, hecha pública por Resolución de la Universidad de Almería de fecha 29 de mayo de 2023.

8. Protección y tratamiento de datos de carácter personal.

De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, le informamos que la Universidad de Almería (UAL), sita en Edificio de Gobierno Paraninfo, 3.ª planta, ctra. Sacramento, s/n,  La Cañada de San Urbano, C.P. 04120, Almería, es la responsable del tratamiento de los datos y que el Delegado de Protección de Datos (DPO) es la Comisión de Seguridad Informática y Protección de Datos (contacto: dpo@ual.es). La finalidad de la recogida y tratamiento de la información es la gestión de la presente convocatoria.

Asimismo, le informamos que la UAL no cederá o comunicará sus datos personales, salvo en los supuestos legalmente previstos o cuando fuere necesario para la prestación del servicio, y que los datos serán conservados aún después de que hubiera cesado la relación con la UAL, durante el tiempo que puedan ser requeridos por control o fiscalización de la entidad pública competente.

En cumplimiento de la normativa vigente, respetando el principio de Responsabilidad Proactiva, la UAL garantiza que ha adoptado las medidas, técnicas y organizativas, necesarias para mantener el nivel de seguridad requerido, en atención a la naturaleza de los datos personales tratados.

En cualquier momento los interesados podrán ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación, Supresión, Oposición, Limitación o Portabilidad. Para ejercitar los derechos se deberá de presentar un escrito en la dirección arriba señalada especificando cuál de estos derechos solicita sea satisfecho y, a su vez, deberá acompañarse de la fotocopia del DNI o documento identificativo equivalente. En caso de que actuara mediante representante, legal o voluntario, deberá aportar también documento que acredite la representación y documento identificativo del mismo. Asimismo, en caso de considerar vulnerado su derecho a la protección de datos personales, se podrá interponer una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.agpd.es).

9. Norma final.

La presente resolución agota la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y en el artículo 122.1 de los Estatutos de la Universidad de Almería, aprobados por Decreto 225/2018, de 18 de diciembre. Contra la misma podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Almería, en el plazo de dos meses a partir de la publicación de esta resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.3 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o potestativamente recurso de reposición ante este órgano en el plazo de un mes a partir igualmente de la publicación de esta resolución, según establecen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Almería, 16 de enero de 2024.- El Rector, José Joaquín Céspedes Lorente.

ANEXO I

Procedimiento de selección

El proceso selectivo constará de fase de oposición y fase de concurso. Los puntos de la fase de concurso no podrán aplicarse para superar la fase de oposición.

1. Fase de oposición.

La fase de oposición estará formada por un único ejercicio, que constará de dos partes. La puntuación máxima en esta fase es de veinte puntos y se desarrollará de la siguiente forma:

Primera parte. Consistirá en contestar un cuestionario de cuatro respuestas alternativas, de las que solo una será correcta, basado en el contenido del programa que figura como Anexo II de esta convocatoria. Se calificará de cero a diez puntos. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de treinta minutos y contendrá un máximo de treinta preguntas que versarán sobre el contenido del programa que se detalla en el Anexo II.

Cada respuesta errónea se penalizará con un cuarto de respuesta correcta, de manera que, a efectos de obtener la calificación en el primer ejercicio, el número de aciertos vendrá dado por la aplicación de la siguiente fórmula:

AN = A - (F x 0,25)

Siendo:

AN: Número de aciertos a considerar a efectos del cómputo de la calificación.

A: Número de aciertos obtenidos en el ejercicio.

F: Número de errores obtenidos en el ejercicio. Las preguntas no contestadas no se tendrán en cuenta a estos efectos.

Segunda parte. Consistirá en la realización de uno o varios supuestos prácticos sobre los contenidos del programa que figura como Anexo II de la convocatoria. El ejercicio se calificará de cero a diez puntos y el tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de noventa minutos.

2. Fase de concurso.

La puntuación en la fase de concurso se valorará a aquellos aspirantes que hayan superado el ejercicio de la fase de oposición y se hará pública según lo previsto en los apartados 7.1 y 7.2 de esta convocatoria. La puntuación máxima de esta fase será de 8 puntos y los méritos a valorar se referirán a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes previsto en el apartado 3.1 de esta convocatoria.

Se valorarán los servicios prestados y relacionados con el puesto de trabajo según se detalla en los siguientes apartados:

a) Por servicios prestados como Funcionario de la Escala Técnica Administrativa de Apoyo a la Docencia y a la Investigación de la Universidad de Almería (Subgrupo C1) o como Personal Laboral en la categoría profesional de Técnico Especialista de Laboratorio (Grupo III del IV Convenio Colectivo del Personal Laboral del Personal técnico, de gestión y de administración y servicios de las Universidades Públicas de Andalucía) en las áreas de los Campos 2 y 3: «Química» y «Biología Celular y Molecular», respectivamente, de la CNEAI (BOE núm. 289 de 2009, Resolución de 18 de noviembre de 2009, de la Presidencia de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, por la que se establecen los criterios específicos en cada uno de los campos de evaluación) de cualquier Universidad, a razón de 0,015 puntos por día de servicios prestados. Dicha puntuación se reducirá a la mitad en el caso de servicios acreditados en la categoría profesional de Técnico Auxiliar de Laboratorio (Grupo IV del citado Convenio Colectivo) y en las áreas citadas.

b) Por servicios prestados en puestos de trabajo desempeñando funciones similares a las de la Escala Técnica Administrativa de Apoyo a la Docencia y a la Investigación de la Universidad de Almería (Subgrupo C1), en las mismas áreas del apartado a) anterior, de cualquier otra Administración Pública, a razón de 0,0075 puntos por día de servicios prestados.

ANEXO II

PROGRAMA

Tema 1. Material de laboratorio fungible. Reconocimiento, mantenimiento (esterilización) y uso del material de vidrio y plástico.

Tema 2. Material de laboratorio inventariable. Reconocimiento del material inventariable: Centrífuga, equipo de electroforesis, termociclador, espectrofotómetro, pHmetro, conductivimetro, balanza, estufas, incubadores, autoclave, microscopio, fluorímetro, agitador magnético, baños, agitador termostatizado, fuente de alimentación, sonicador de baño, sonicador de vástago, vortex, termoagitador, cabina de extracción de gases, cabina de flujo laminar, pipetas automáticas.

Tema 3. Material de laboratorio inventariable. Mantenimiento, limpieza y utilización del material inventariable: Centrífuga, equipo de electroforesis, termociclador, espectrofotómetro, pHmetro, conductivimetro, balanza, estufas, incubadores, autoclave, microscopio, fluorímetro, agitador magnético, baños, agitador termostatizado, fuente de alimentación, sonicador de baño, sonicador de vástago, vortex, termoagitador, cabina de extracción de gases, cabina de flujo laminar, y pipetas automáticas.

Tema 4. Reactivos y otros productos químicos y biológicos. Almacenamiento en función de su tipología y características. Lectura e interpretación del etiquetado.

Tema 5. Reactivos y otros productos químicos y biológicos. Reglamento de almacenamiento de productos químicos e Instrucción Técnica Complementaria MIE APQ-0 «Definiciones Generales» aprobados por el Real Decreto 656/2017, de 23 de junio.

Tema 6. Medios y muestras. Preparación de medios líquidos y sólidos para el cultivo de microorganismos, plantas y alimentación de insectos. Técnicas de siembra e inoculación de microorganismos.

Tema 7. Medios y muestras. Técnicas básicas de recolección, preparación y conservación de muestras microbiológicas, vegetales y animales. Recepción y catalogación de muestras bióticas y abióticas para colecciones.

Tema 8. Operaciones básicas de laboratorio. Cálculos básicos para el trabajo en el laboratorio: pesada, pipeteo, aforado y análisis volumétrico. Preparación de tampones, colorantes, disoluciones, geles de agarosa y electroforesis. Calibración de sensores.

Tema 9. Residuos. Gestión de residuos químicos, biológicos y organismos modificados genéticamente.

Tema 10. Procedimientos experimentales: Procedimiento para la extracción de ácidos nucleicos. Procedimientos básicos para análisis de enzimas por espectrofotometría y fluorimetría.

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