Corrección de errores de la Orden de 7 de noviembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a apoyar el uso de servicios de asesoramiento sostenible en producción ecológica a explotaciones agrarias, en el marco del Plan Estratégico de la PAC (BOJA núm. 216, de 10 de noviembre de 2023).

Advertidos errores en el texto de la Orden de 7 de noviembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a apoyar el uso de servicios de asesoramiento sostenible en producción ecológica a explotaciones agrarias, en el marco del Plan Estratégico de la PAC, que ha sido publicada en el BOJA núm. 216, de 10 de noviembre de 2023, y de conformidad con lo previsto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece que las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales de hecho o aritméticos existentes en sus actos, se procede su subsanación mediante la siguiente corrección:

- En la página 17262/1 del BOJA, en el título de la orden, donde dice:

«Orden de 7 de noviembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a apoyar el uso de servicios de asesoramiento sostenible en producción ecológica a explotaciones agrarias, en el marco del Plan Estratégico de la PAC.»

Debe decir:

«Orden de 7 de noviembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a apoyar el uso de servicios de asesoramiento sostenible en producción ecológica a explotaciones agrarias, en el marco del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027.»

- En la página 17262/9 del BOJA, en el apartado 2.a).5 del cuadro resumen, donde dice:

«Para ello, en el caso de costes salariales del personal técnico administrativo, se establecerá un importe en euros/hora»

Debe decir:

«Para ello, en el caso de costes salariales del personal técnico, se establecerá un importe en euros/hora»

- En la página 17262/13 del BOJA,el apartado 4.a).2.º.2.b) Requisitos que deben reunir quiénes soliciten la subvención del cuadro resumen, donde dice:

«a través de la Intervención 72-02; 78 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2023-2027»

Debe decir:

«a través de la Intervención de Desarrollo Rural 7202 (artículo 78 del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021) del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027»

- En la página 17262/13 del BOJA, el apartado 4.a).2.º.2.b), requisitos que deben reunir quiénes soliciten la subvención del cuadro resumen, donde dice:

«En caso de no haberse convocado los cursos referidos, deben indicar el compromiso de presentarse a los mismos una vez se convoquen, entregando la solicitud de inscripción, o el certificado de haberlo realizado, junto al Anexo II de solicitud de pago de la correspondiente convocatoria.»

Debe decir:

«En caso de no haberse convocado los cursos referidos, deben indicar el compromiso de presentarse a los mismos una vez se convoquen, entregando la solicitud de inscripción, o el certificado de haberlo realizado, junto al Anexo III de solicitud de pago de la correspondiente convocatoria.»

- En la página página 17262/14 del BOJA, el apartado 5.a) Cuantía. Otras formas. punto 1, 2.º párrafo, del cuadro resumen donde dice:

«En el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución de concesión, todas aquellas personas y entidades interesadas en recibir, dentro del periodo de ejecución, el asesoramiento sostenible en producción ecológica previsto en estas bases reguladoras, deberán solicitar el mismo en la plataforma habilitada al efecto por la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural y disponible en su página web, debiendo señalar la entidad beneficiaria de la que pretende recibir el servicio.»

Debe decir:

«En el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución de concesión, todas aquellas personas y entidades interesadas en recibir, dentro del periodo de ejecución, el asesoramiento sostenible en producción ecológica previsto en estas bases reguladoras, deberán solicitar el mismo en la plataforma habilitada al efecto por la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, mediante el Anexo VI publicado en la correspondiente convocatoria, debiendo señalar la entidad beneficiaria de la que pretende recibir el servicio.»

- En la página 17262/22 del BOJA, apartado 23.a).1.º, Medidas de información y publicidad que deben adoptar las personas o entidades beneficiarias, del cuadro resumen donde dice:

«Al tratarse de una ayuda cofinanciada por FEADER, los beneficiarios deberán cumplir además las medidas y requisitos de publicidad establecidos en el Anexo III del Reglamento de ejecución (UE) núm. 2021/129 de la Comisión de 21 de diciembre de 2021.»

Debe decir

«Al tratarse de una ayuda cofinanciada por FEADER, los beneficiarios deberán cumplir además las medidas y requisitos de publicidad establecidos en el Anexo III del Reglamento de ejecución(UE) núm. 2022/129 de la Comisión de 21 de diciembre de 2021.»

- En la página 17262/23 del BOJA, apartado 23.b).3.º, Obligaciones y condiciones específicas, del cuadro resumen se suprime el último párrafo donde dice:

«Nota: Se incluirá en el Formulario Anexo I en el apartado 4. Documentación, el documento de inicio del asesoramiento y el documento de entrega del informe final.»

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