Extracto de la Resolución de 11 de diciembre, la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se convoca para el ejercicio 2024 la presentación de solicitudes de pago de la ayuda de los fondos y programas operativos por parte de las organizaciones de productores de frutas y hortalizas y de las asociaciones de organizaciones de productores de frutas y hortalizas reconocidas, al amparo del Reglamento (UE) núm. 2021/2115, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, y en virtud del Real Decreto 857/2022, de 11 de octubre.

BDNS: 732243.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la resolución cuyo texto completo puede consultarse en la BDNS (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA.

Primero. Se convoca la presentación de las solicitudes de pago para el ejercicio 2024 de la ayuda financiera comunitaria al amparo del Reglamento (UE) 2021/2115, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y el Real Decreto 857/2022, de 11 de octubre, por el que se regulan los fondos y programas operativos de las organizaciones de productores del sector de frutas y hortalizas y de sus asociaciones en el marco de la intervención sectorial del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común.

LÍNEA MAPA LÍNEA DGADYM MEDIDAS SUBVENCIONABLES BENEFICIARIO
080202010000350000001000232 B01610000232 2023 - SALDO - PROGRAMAS OPERATIVOS CON AYUDA SECTOR FRUTAS Y HORTALIZAS - R2021/2115 - 42(a) - O.35 - 1IS501800V1-001 OPFH
080202010000350000001000241 B01610000241 2024 - ANTICIPO - PROGRAMAS OPERATIVOS CON AYUDA SECTOR FRUTAS Y HORTALIZAS - R2021/2115 - 42(a) - O.35 - 1IS501800V1-001 OPFH
080202010000350000001000242 B01610000242 2024 - PAGOS PARCIALES - PROGRAMAS OPERATIVOS CON AYUDA SECTOR FRUTAS Y HORTALIZAS - R2021/2115 - 42(a) - O.35 - 1IS501800V1-001 OPFH

Segundo. Beneficiarios.

Podrán presentar solicitudes de pago los beneficiarios que reúnan los siguientes requisitos:

- Las Organizaciones de Productores (OPFH) reconocidas, en virtud de lo establecido en el artículo 11 del Reglamento (CE) núm. 2200/1996, las reconocidas por el artículo 125 ter del Reglamento (CE) núm. 1234/2007 y las reconocidas por el artículo 154 del Reglamento (UE) núm. 1308/2013, y las asociaciones de organizaciones de productores, tanto transnacionales como no transnacionales, del sector de las frutas y hortalizas, reconocidas por los órganos competentes del Reino de España en virtud de los artículos 152 y 156 del Reglamento (UE) núm. 1308/2013, que tengan un programa operativo aprobado para su ejecución en la anualidad 2023 y/o 2024, según corresponda, y sobre las que se haya emitido la correspondiente resolución por la que se aprueba el Programa Operativo, la Dotación del Fondo Operativo, y en su caso, de las modificaciones de año en curso. Todo ello, mediante la correspondiente resolución de aprobación de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados.

Tercero. Objeto.

Establecer, para el ejercicio 2024 en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la convocatoria, para la presentación de las solicitudes de pago de la ayuda financiera comunitaria previstas en el Reglamento (UE) 2021/2115, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), y en el Real Decreto 857/2022, de 11 de octubre, por el que se regulan los fondos y programas operativos de las organizaciones de productores del sector de frutas y hortalizas y de sus asociaciones en el marco de la intervención sectorial del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común.

Cuarto. Bases reguladoras.

Reglamento (UE) 2021/2115, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), el Reglamento Delegado (UE) 2022/126 de la Comisión, de 7 de diciembre de 2021, por el que se completa el Reglamento (UE) 2021/2115, del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos adicionales para determinados tipos de intervención especificados por los Estados miembros en sus planes estratégicos de la PAC para el período 2023-2027 en virtud de dicho Reglamento, así como el Real Decreto 857/2022, de 11 de octubre, por el que se regulan los fondos y programas operativos de las organizaciones de productores del sector de frutas y hortalizas y de sus asociaciones en el marco de la intervención sectorial del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común.

Quinto. Importe máximo por beneficiario.

No hay un importe máximo establecido para los solicitantes, el importe se establece sobre la base de las operaciones ejecutadas admisibles, las aportaciones realizadas y el valor de la producción comercializada.

Sexto. Plazos de presentación de las solicitudes.

1. El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda para la ejecución de un fondo operativo será el siguiente, atendiendo al tipo de solicitud:

a) Para los anticipos de la parte de ayuda correspondiente a los gastos previsibles aún no realizados, fondo operativo 2024, de conformidad con el artículo 30 del Real Decreto 857/2022, de 11 de octubre, deberán presentarse en enero, mayo y septiembre sobre una base cuatrimestral.

b) Para los pagos parciales de ayuda correspondiente a importes ya gastados, regulados en el artículo 31 del Real Decreto 857/2022, de 11 de octubre, podrán presentarse tres veces hasta el 31 de octubre de la anualidad en curso.

c) Para las solicitudes de ayuda financiera, o de su saldo, a las que hace referencia el artículo 32 del Real Decreto 857/2022, de 11 de octubre, correspondiendo el saldo de la ayuda a la diferencia entre la ayuda total solicitada una vez finalizada la anualidad y los anticipos y pagos parciales cobrados durante la misma, se podrán presentar hasta el 15 de febrero de 2024.

Estas solicitudes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 32.3 del del Real Decreto 857/2022, de 11 de octubre, podrán cubrir los gastos de las operaciones programadas para el año 2023 pero no realizadas a 31 de diciembre de 2023, si tales operaciones pueden llevarse a cabo a más tardar el 30 de abril de 2024.

Junto con las solicitudes de pago parcial, del saldo de la ayuda anual o de la ayuda total anual, las organizaciones de productores y las asociaciones de organizaciones de productores solicitantes, deberán presentar la cuenta justificativa contemplada en el artículo 72 del Reglamento que desarrolla la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

En casos excepcionales y debidamente justificados, se podrán admitir solicitudes presentadas después de la fecha indicada en el presente apartado, en cuyo caso la ayuda se reducirá en un 1% por día de demora.

Séptimo. Otros datos.

Todos los modelos y formularios oficiales se obtendrán a través de la aplicación «Programas Operativos» (PROA), salvo los que a continuación se enumeran, los cuales estarán disponibles en la web de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, en la dirección:

https://juntadeandalucia.es/organismos/agriculturapescaaguaydesarrollorural/areas/politica-agraria-comun/ayudas-pac/paginas/ayuda-organizacion-productores-frutas-hortalizas.html

- Modelo de Certificado de Producción Integrada/ Ecológica.

- Modelo de Justificación de la Cantidad Comercializada.

- Modelo de Justificación de la Cualificación y Coste del personal.

- Modelo de Fichas horarias.

- Modelo de Aval de Anticipo de Ayuda.

- Modelo de Seguro de Caución.

- Modelos de Comunicaciones de operaciones medioambientales y formación.

- Modelo de Albarán de entrega, transporte y recepción.

- Modelo de Certificado de recepción de los restos de cosecha en destino.

- Modelo de ficheros «Relación de inversiones, gastos y pagos».

En Sevilla.- La Directora General de Ayudas Directas y de Mercados, Raquel María Espín Crespo.

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