Resolución de 13 de diciembre de 2023, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca concurso público de contrato predoctoral asociado al Proyecto ECO2WINE.

RESOLUCIÓN DEL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ UCA/REC142 VPCT/2023 DE 13 DICIEMBRE, POR LA QUE SE CONVOCA CONCURSO PÚBLICO DE CONTRATO PREDOCTORAL ASOCIADO AL PROYECTO ECO2WINE

Según Acuerdo de Subvención núm. 101119480 suscrito con la Comisión Europea, la UCA participa como socio en el Proyecto ECO2WINE.

Mediante la presente resolución se convoca concurso público de un contrato predoctoral cuyas características se describen en el Anexo I, asociado al proyecto anteriormente indicado y contemplado en el citado Acuerdo de Subvención, financiado por el Programa Europeo de Investigación e Innovación Horizonte Europa.

La financiación de las actuaciones previstas en la presente convocatoria, será con cargo íntegro al proyecto Eco2Wine, el cual ha recibido financiación de la investigación y la innovación Horizonte Europa de la Unión Europea, programa en el marco del acuerdo de subvención Marie Sklodowska-Curie núm. 101119480.

Si por cualquier causa sobrevenida no imputable a la Universidad de Cádiz, el contrato al que se refiere esta convocatoria no pudiera formalizarse, no podrá exigirse responsabilidad alguna a la Universidad por esta circunstancia. En particular, la realización de este contrato está condicionada a la disponibilidad presupuestaria.

En consecuencia, este Rectorado, en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 20.1 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, el Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley andaluza de Universidades, y los Estatutos de la Universidad de Cádiz, aprobados por Decreto de la Comunidad Autónoma de Andalucía 281/03, de 7 de octubre, y publicados en el BOJA de 28 de octubre de 2003.

Resuelve convocar proceso selectivo y aprobar las siguientes

BASES DE LA CONVOCATORIA

Primera.

La convocatoria se regirá tanto por las bases reguladoras establecidas en la presente resolución como por las específicas que figuran en el Anexo I referido a la plaza ofertada.

Aquellos actos que deban ser notificados a las personas solicitantes se publicarán en la página web del Área de Investigación y Transferencia de la Universidad de Cádiz

https://ugi.uca.es/convocatoria-contrato-predoctoral-marie-curie-eco2wine/

Esta publicación sustituirá a la notificación, surtiendo los mismos efectos, conforme a lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Segunda. Requisitos de los solicitantes.

Para ser admitido a la realización del proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

- Los solicitantes pueden ser de cualquier nacionalidad. En el momento de la contratación, el investigador no debe haber residido o realizado su actividad principal (trabajo, estudios, etc.) en España durante más de 12 meses en los 3 años inmediatamente anteriores a su contratación. Las estancias cortas, como las vacaciones, no serán tenidas en cuenta.

La contratación de predoctorales no comunitarios, que se formalizará a los solos efectos de realización de tareas de investigación propias del proyecto, quedará en suspenso mientras no obtengan el permiso/visado que les autorice para trabajar de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

- Poseer la titulación exigida para la plaza ofertada que figura en el Anexo I.

- Los solicitantes deberán acreditar, en el plazo de presentación de solicitudes, estar preadmitidos o matriculado en el programa de doctorado Recursos Agroalimentarios de la Universidad de Cádiz. No obstante, lo anterior, la contratación del candidato seleccionado quedará supeditada a la admisión y efectiva matriculación del mismo en el programa de doctorado de la Universidad de Cádiz indicado, por lo que los candidatos deben en todo caso cumplir este requisito en la fecha de firma del contrato.

- Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos públicos por resolución judicial. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

- Los solicitantes no son elegibles si ya han obtenido un doctorado.

- No será necesaria la homologación de los títulos obtenidos en los Estados miembros de la Unión Europea, o en los Estados signatarios del Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo (en la actualidad Noruega, Islandia y Liechtenstein), además de Suiza.

- Todos los requisitos exigidos y méritos alegados para concursar deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante la vigencia del contrato.

Tercera. Carácter del contrato.

La duración del contrato predoctoral, de duración determinada, no podrá ser inferior a un año, ni exceder de 36 meses, quedando supeditado al cumplimiento de los requisitos para su continuidad y al avance en el programa de doctorado, pudiendo verse interrumpido si dicho avance no fuese satisfactorio a criterio de sus directores y de la Comisión Académica responsable del programa, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

El disfrute de un contrato queda sometido en cuanto a su régimen de incompatibilidades, a lo previsto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. La concesión del contrato no implica por parte de la Universidad de Cádiz ningún compromiso en cuanto a la posterior incorporación del interesado a su plantilla.

El personal investigador predoctoral en formación podrá colaborar en tareas docentes, previa autorización del investigador responsable, del Departamento y del Vicerrectorado competente en Ordenación Académica, sin que suponga una merma de la carga docente del Departamento que asigne la colaboración hasta un máximo de 180 horas durante la extensión total del contrato predoctoral, y sin que en ningún caso se puedan superar las 60 horas anuales. En ningún caso las tareas docentes podrán desvirtuar la dedicación a la finalidad investigadora y formativa del contrato.

Cuarta. Retribuciones del contrato.

Las retribuciones del contrato serán las especificadas en el Anexo I. Las cuantías contempladas podrán sufrir las variaciones que establezcan las normas que les sean de aplicación o por causas sobrevenidas no previstas inicialmente.

Quinta. Efectos del contrato.

El contrato surtirá efecto desde la fecha indicada en el mismo, tras la firma del interesado y del órgano competente de la Universidad de Cádiz.

Sexta. Duración del contrato.

La duración del contrato no será inferior a un año ni exceder de 36 meses desde la fecha de inicio del mismo, la cual está prevista inicialmente el 1 de abril de 2024, quedando la continuidad del contrato condicionada al cumplimiento de los requisitos y al avance en el programa de doctorado, pudiendo verse interrumpido si dicho avance no fuese satisfactorio a criterio de sus directores y de la Comisión Académica responsable del programa., debiéndose cumplir los siguientes criterios para la continuidad del contrato a partir de la finalización de la primera anualidad:

- Para la continuación que suponga el paso de la primera a la segunda anualidad, se establece como criterio haber superado el Plan de Investigación dentro del Programa de Doctorado en el que se encuentre matriculado antes de finalización del primer año de contrato predoctoral. Su justificación documental se realizará mediante la aportación del Certificado de la Comisión Académica en el que se informe de la superación del Plan de Investigación.

- Para el paso de la segunda anualidad a la última etapa del contrato, se establece como criterio de continuidad la emisión de un informe sobre la evolución de la Tesis doctoral que garantice la evolución del trabajo en el periodo de contratación, con el visto bueno de los directores de la misma. Su justificación documental se realizará mediante dicho informe que garantice la evolución del trabajo y que debe ser valorado por la Comisión de Investigación.

- Mediante requerimiento del Servicio de Gestión de la Investigación, del Área de Investigación y Transferencia, el beneficiario del contrato deberá remitir en el plazo de 10 días hábiles desde la recepción de dicha notificación a ese mismo servicio la documentación justificativa que acredite que cumple con los requisitos de renovación señalados en el apartado anterior.

Dicho requerimiento se efectuará con anterioridad a la reunión de la Comisión de Investigación más próxima a la finalización de la anualidad correspondiente. Una vez pasado dicho plazo no se aceptará documentación alguna, entendiéndose que desiste de la renovación del contrato.

- Las situaciones de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, maternidad, adopción o acogimiento, riesgo durante la lactancia y paternidad, suspenderán el cómputo de la duración del contrato.

Séptima. Solicitudes.

Quienes deseen participar en esta convocatoria, deberán presentar su solicitud, dirigida al Director General de Gestión y Apoyo I+D+i, obligatoriamente de forma electrónica, mediante el procedimiento específico habilitado por la Sede Electrónica de la Universidad de Cádiz, mediante certificado digital y accesible desde la Oficina Virtual en la siguiente dirección: https://sedelectronica.uca.es/procedimientos/?proc=434

Como requisitos y ayuda técnica para el acceso a la Sede Electrónica de la Universidad de Cádiz pueden acceder al siguiente enlace:

https://sedelectronica.uca.es/ayuda-tecnica/

Dicha solicitud incluirá un campo donde la persona solicitante consignará una dirección de correo electrónico para su uso como medio de comunicación con el interesado ante posibles incidencias.

Para los solicitantes extranjeros y aquellos que tuvieran algún problema relacionado con su certificado digital se habilitará el Sistema Centralizado de clave de la Universidad de Cádiz, para ello el solicitante deberá enviar un correo electrónico a rrhh.investigacion@uca.es indicando su interés en presentar solicitud de participación al proceso selectivo para la contratación de personal predoctoral con cargo a la presente convocatoria y solicitar sus claves de acceso como usuario.

En el correo electrónico enviado deberá especificar su NIF/NIE/Pasaporte o documento identificativo, nombre, primer apellido, segundo apellido (opcional) y dirección de correo electrónico.

Una vez que el solicitante esté dado de alta para acceder, se le enviará un enlace para que el interesado pueda obtener su clave de acceso.

Finalmente, el solicitante presentará su solicitud a través de la siguiente dirección: https://sedelectronica.uca.es/procedimientos/?proc=434 utilizando su clave de usuario y contraseña, que también podrá utilizar para realizar el seguimiento de su expediente durante todo el trámite.

En el caso de presentar más de una solicitud, se tendrá en cuenta únicamente la última presentada por el interesado dentro del plazo de presentación.

A la solicitud se acompañará la siguiente documentación (en archivos que deben anexarse en la Sede Electrónica donde se realiza la solicitud):

- Copia del Documento Nacional de Identidad, del Pasaporte o del Número de Identificación de Extranjeros.

- Copia de los títulos (Licenciatura/ Grado/ Máster) que le dan acceso al Programa de Doctorado de Recursos Agroalimentarios de la Universidad de Cádiz.

- Copia del Certificado académico oficial de los títulos aportados en el que figuren de forma detallada las calificaciones obtenidas, fechas de éstas, y constancia expresa de que las asignaturas constituyen el programa completo de la titulación.

Se podrán solicitar los documentos originales y las traducciones oficiales correspondientes, en cualquier momento del procedimiento de selección.

- Copia de cursos, experiencia laboral, proyectos de investigación en las áreas indicadas para la plaza ofertada en el Anexo I, para acreditar las habilidades indicadas en dicho anexo.

- Un Curriculum Vitae (CV) en formato europeo (ver Europass).

- Documentación acreditativa de estar matriculado o preadmitido en el Programa de Doctorado de Recursos Agroalimentarios de la Universidad de Cádiz.

- Carta de interés (máximo 2 páginas).

- Declaración responsable de no estar desempeñando ningún puesto o actividad en el sector público delimitado en el ámbito de aplicación de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, ni de realizar actividad privada incompatible o sujeta a reconocimiento de compatibilidad (Anexo III).

- Declaración responsable de cumplir con los criterios de elegibilidad del programa Marie-Sklodowska Curie (Anexo IV).

- Declaración responsable de no haber sido inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o condena penal o equivalente que impida el acceso al empleo público (Anexo V o VI, según sea nacional o extranjero).

- Dos contactos de referencia (Nombre, Apellido, Rol, Organización, Email) que podrán ser contactados por la Universidad de Cádiz para pedirles cartas de referencia.

El plazo de presentación de solicitudes comenzará a partir del día siguiente en que tenga lugar la publicación en BOJA y finalizará el 12 de enero de 2024, a las 23.59 horas.

Octava. Admisión de aspirantes.

Expirado el plazo de presentación de solicitudes, una vez realizada la revisión administrativa de las mismas, se hará pública la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos, para la plaza ofertada, con indicación en este último caso de la causa de exclusión, en la página web del Área de Investigación y Transferencia

https://ugi.uca.es/convocatoria-contrato-predoctoral-marie-curie-eco2wine/

con los efectos previstos en el último párrafo de la base primera de esta resolución.

Con objeto de subsanar las causas que hayan motivado su exclusión u omisión de la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos, antes referida, las personas participantes dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación anteriormente indicada, para que subsanen la falta o acompañen los documentos preceptivos, entendiéndose que la persona interesada desiste de su petición en caso de no presentar alegaciones en el citado plazo en el que, en ningún caso, se podrán reformular las solicitudes presentadas.

La presentación de los documentos de subsanación se hará adjuntando los documentos a través del mismo expediente de presentación de su solicitud inicial de forma telemática. La información para realizar este trámite se encontrará en la página web del Área de Investigación y Transferencia

https://ugi.uca.es/convocatoria-contrato-predoctoral-marie-curie-eco2wine/.

Finalizado el plazo de subsanación se hará pública por el mismo medio anteriormente citado la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos al proceso selectivo.

Novena. Procedimiento de selección

El procedimiento de selección se realizará mediante el sistema de concurso público, con las valoraciones que se especifican en el Anexo I, cuyo objetivo es la valoración de los méritos, competencias y capacidades contenidos en el currículum vitae de las personas solicitantes y la comprobación de la adecuación de los mismos a las características y funciones de la plaza ofertada.

La valoración de los candidatos se realizará por la Comisión de Selección de Personal Investigador de la Universidad de Cádiz.

Reunida la Comisión de Selección de Personal Investigador procederá a la valoración de las solicitudes de los candidatos admitidos en base al Baremo de la plaza establecido en el Anexo II de la presente convocatoria y acordará la propuesta de adjudicación provisional de la plaza convocada, con indicación de la puntuación obtenida por los participantes para la plaza ofertada que se publicará en la página web del Área de Investigación y Transferencia

https://ugi.uca.es/convocatoria-contrato-predoctoral-marie-curie-eco2wine/.

Contra este acuerdo se podrá presentar alegaciones en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a su publicación, que serán resueltas por la Comisión de Selección de Personal investigador mediante acuerdo definitivo.

La alegación se hará a través del mismo expediente de presentación de su solicitud inicial de forma telemática. La información para realizar este trámite se encontrará en la página web del web del Área de Investigación y Transferencia

https://ugi.uca.es/convocatoria-contrato-predoctoral-marie-curie-eco2wine/

En caso de no presentarse alegación, el acuerdo provisional devendrá automáticamente en definitivo.

El acuerdo definitivo del proceso selectivo contendrá:

1.º Relación con el candidato seleccionado para la plaza ofertada junto con la puntuación obtenida.

2.º El resto de personal candidato no seleccionado, junto con sus puntuaciones ordenadas de mayor a menor, pasarán a conformar una bolsa de trabajo, para la plaza convocada, para cubrir posibles vacantes.

Este acuerdo definitivo se publicará en la página web del web del Área de Investigación y Transferencia

https://ugi.uca.es/convocatoria-contrato-predoctoral-marie-curie-eco2wine/

con los efectos previstos en el último párrafo de la base primera de esta resolución.

Contra el acuerdo señalado en el apartado anterior, así como contra los acuerdos definitivos de la Comisión de Selección de Personal investigador que impidan continuar con el procedimiento, se podrá interponer recurso de alzada ante el Rector en los plazos y formas que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Décima. Aportación de documentación.

En el plazo de 10 días hábiles, a partir del día siguiente a la publicación del acuerdo definitivo de la Convocatoria, el personal candidato seleccionado deberá aportar al Área de Investigación y Transferencia, sección Recursos Humanos de Investigación, situado en el Centro de Transferencia Empresarial «El Olivillo», Avda. Duque de Nájera núm. 14, 3.ª planta, 11002, Cádiz, la siguiente documentación:

- Documentos originales de los Títulos universitarios y certificados académicos oficiales aportados en la solicitud.

- Contrato/s de trabajos realizado en los años anteriores o en su caso informe de vida laboral o documento equivalente en el país de origen que acredite no haber realizado trabajo/s en España durante más de 12 meses en los 3 años inmediatamente anteriores a su contratación. Las estancias cortas, como las vacaciones, no se tendrán en cuenta.

- Certificado académico oficial emitido por la universidad o centro donde haya estudiado, en los años anteriores que acredite no haber realizado estudios en España durante más de 12 meses en los 3 años inmediatamente anteriores a su contratación.

- Admisión al Programa de Doctorado Recursos Agroalimentarios.

- Documentación oficial por la que se acredite relación familiar y/o dependencia de hijos con el personal candidato seleccionado, a efectos de determinar retribuciones a aplicar al contrato.

- Aportación de la documentación original de las copias que fueron presentadas junto con la solicitud de participación, para su cotejo.

En el caso de renunciar al contrato ofertado, la persona propuesta deberá realizarlo mediante la presentación del escrito correspondiente a través del mismo expediente de su solicitud inicial de forma telemática. La información para realizar este trámite se encontrará en la página web del web del Área de Investigación y Transferencia

https://ugi.uca.es/convocatoria-contrato-predoctoral-marie-curie-eco2wine/.

Décimo primera. Causas de extinción del contrato.

Serán causas de extinción del contrato las que se citan a continuación:

- El vencimiento del contrato predoctoral cuando no sea prorrogado.

- El transcurso del período máximo de duración del contrato.

- La salida del beneficiario del Programa de Doctorado.

- La obtención del título de Doctor por parte del beneficiario.

- La renuncia expresa al contrato.

- La revocación como causa de incumplimiento.

- La extinción del proyecto asociado al contrato predoctoral.

- La extinción de financiación adecuada y suficiente.

Décimo segunda. Derechos y obligaciones.

1. Derechos.

De manera general, el beneficiario del contrato tendrá los siguientes derechos:

a) Ser considerado como contratado homologado de la UCA, con los derechos económicos, laborales y sociales inherentes al mismo.

b) Incorporarse automáticamente al Departamento y al Grupo de Investigación del doctor que dirige su investigación.

c) Obtener del Departamento de adscripción el apoyo necesario para el desarrollo normal de su trabajo de investigación, de acuerdo con las disponibilidades de aquellos.

d) Participar en el Programa de Ayudas en los términos que se establecen en el Programa de Fomento e Impulso de la Investigación y Transferencia.

e) El doctorando realizará su labor investigadora en las instalaciones que determine la Universidad de Cádiz a tenor del plan de trabajo definido por la persona responsable del proyecto de investigación.

f) Los restantes derechos establecidos en las leyes que regulan el régimen del personal investigador en formación.

2. Obligaciones.

Con carácter general, tendrán las siguientes obligaciones:

a) Incorporarse a su centro de adscripción en el plazo establecido en la presente convocatoria.

b) Cumplir con aprovechamiento las distintas etapas del proceso de formación y de realización de la Tesis.

c) Ajustarse a las normas de funcionamiento de la Universidad de Cádiz y la Entidad colaboradora en cuanto a dedicación, funciones a desempeñar, horarios y vacaciones.

d) Realizar su labor en el Departamento o Instituto de Investigación de adscripción y conocer y cumplir las normas de seguridad y salud laboral del centro, en el marco de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.

e) Cumplimentar los informes, formularios y demás documentos que, en relación con el contrato, le sean requeridos por el Vicerrectorado competente.

f) Comunicar cualquier incidencia que pueda afectar a la obtención del objeto de la misma, dentro de los diez días siguientes en que se produzcan.

g) Hacer pública la circunstancia de participar en el Proyecto ECO2WINE, financiado por el Programa Europeo de Investigación e Innovación Horizonte Europa en las publicaciones, ponencias y otras actividades de difusión de los resultados científicos que se desarrollen u obtengan durante el periodo de disfrute del contrato.

h) Colaborar en las campañas de difusión de la Ciencia en el marco de las políticas de comunicación de la Universidad de Cádiz.

i) Las demás expresamente indicadas en el Anexo I.

j) En el contrato al investigador se determinará el carácter y alcance de la confidencialidad exigida para la realización de las tareas de investigación en las instalaciones de la Entidad. No obstante lo anterior, y con carácter general, el investigador que en cumplimiento de su función investigadora al amparo de su contrato tenga acceso a documentación o cualquier otro material sometido a propiedad industrial o intelectual, estará obligado al deber de sigilo y, en su caso de confidencialidad, en iguales términos que los trabajadores de la Universidad de Cádiz, pudiéndose solicitar la firma por parte de la persona seleccionada de un compromiso de confidencialidad antes de la firma del contrato.

k) En caso de renuncia al contrato, el interesado deberá comunicarla con una antelación mínima de 15 días naturales, adjuntando la misma a través del mismo expediente de presentación de su solicitud inicial de forma telemática. La información para realizar este trámite se encontrará en la página web del web del Área de Investigación y Transferencia https://ugi.uca.es/convocatoria-contrato-predoctoral-marie-curie-eco2wine/.

l) La aceptación del contrato por parte del beneficiario implica el respeto de las normas fijadas en esta convocatoria, así como las que el Vicerrectorado de Política Científica y Tecnológica determine, en el ámbito de sus competencias, para supervisar y evaluar el desarrollo de su trabajo y aquellas que deriven del contrato predoctoral, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. En cuanto a los derechos de propiedad industrial, así como los derechos de carácter patrimonial que integran la propiedad intelectual, que puedan generarse durante todo el período como beneficiario del contrato, se estará a lo establecido en el artículo 53 y siguientes de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible, y en el artículo 35 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

Décimo tercera. Publicidad.

La presente convocatoria se publicará en la web de Euraxess.

Los beneficiarios harán constar el carácter público de la financiación de la actividad, haciendo referencia expresa a la convocatoria y a la Universidad de Cádiz como órgano concesionario, en las publicaciones, ponencias, actividades de difusión de resultados, y en cualquier otra actuación que resulte de los contratos concedidos al amparo de la presente convocatoria.

Décimo cuarta. Recursos.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que alternativamente pueda presentarse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector de la Universidad de Cádiz, mismo órgano que la dictó, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado, en tanto no recaiga resolución expresa o presunta del recurso potestativo de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Cádiz, 13 de diciembre de 2023.- El Rector en funciones, por delegación de competencias, (Resolución UCA/R149REC/2023, de 4.9); el Director General de Gestión y Apoyo I+D+i, David Jiménez Pavón.

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