Resolución de fecha 5 de diciembre de 2023, conjunta de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud y de la Universidad de Sevilla, por la que se convoca concurso de acceso a plazas vinculadas de cuerpos docentes universitarios.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario en su disposición transitoria décimo primera; en el art. 43 del Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Andaluza de Univerdades; en el Estatuto de la Universidad de Sevilla; en el Real Decreto 1558/1986, de 28 de junio, por el que se establecen las bases generales del régimen de conciertos entre las Universidades y las Instituciones sanitarias; en el Convenio Marco para la utilización de las Instituciones Sanitarias en la educación y la docencia; en el Concierto entre la Junta de Andalucía y la Universidad de Sevilla (Acuerdo de 26 de marzo de 1996); en el acuerdo de 3 de octubre de 1995, por el que se autoriza la suscripción del Convenio-Marco para la utilización de las Instituciones sanitarias en la educación y la docencia; en el Acuerdo de 17 de marzo de 2015, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, por el que se autoriza la modificación del Convenio-Marco suscrito entre las Consejerías de Salud y Educación y Ciencia y las Universidades de Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga y Sevilla para la utilización de las instituciones sanitarias en la investigación y la docencia, y en la Adenda al citado Convenio-Marco suscrito el 2 de junio de 2015 entre la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales y las Universidades de Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga y Sevilla.

Atendiendo a la tasa de reposición de efectivos fijada en un máximo del 120% por la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, a lo dispuesto en la Ley 1/2022, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2023, y de acuerdo con lo establecido en la Orden de 22 de septiembre de 2023, de la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación de la Junta de Andalucía, por la que se autoriza a la Universidad de Sevilla para la convocatoria de plazas de personal docente e investigador en ejecución de la Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador de la Universidad de Sevilla para el año 2023, publicada en el BOJA de 30 de mayo de 2023 (con aclaración publicada en BOJA de 20 de septiembre de 2023).

El Sr. Rector de la Universidad de Sevilla y la Sra. Directora General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, en uso de las competencias que le atribuyen el artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, así como el artículo 20 del Estatuto de la Universidad de Sevilla, han resuelto convocar a concurso las plazas vinculadas de Profesor Titular de Universidad que se relacionan en el Anexo I de la presente resolución y que se encuentran dotadas en el estado de gastos del presupuesto de la Universidad de Sevilla e incluidas en su vigente relación de puestos de trabajo, con sujeción a las siguientes bases:

1. Normas generales.

1.1. El presente concurso se regirá por lo dispuesto en la disposición transitoria décimo primera de la Ley 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, por el Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Andaluza de Universidades, y por el Estatuto de la Universidad de Sevilla. En lo no contemplado en la normativa citada, el concurso se regirá por lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en la disposición adicional novena de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y demás legislación general que le sea de aplicación.

1.2. Las plazas convocadas por área y especialidad asistencial se especifican en el Anexo I de la presente resolución.

1.3. La dedicación del personal que obtenga la plaza en virtud de la presente convocatoria será con carácter exclusivo a la actividad docente y al sistema sanitario público. El régimen de prestación de servicios asistenciales será el que tenga asignado en cada momento la Unidad de Gestión Clínica al que se encuentre adscrito, pudiendo ser éste, indistintamente de mañana o tarde e incluirá la prestación de servicios en régimen de jornada complementaria y continuidad asistencial en los términos que el Servicio Andaluz de Salud disponga para los profesionales asistenciales.

1.4. El personal que obtenga plaza en virtud de la presente convocatoria podrá ser destinado a prestar servicios en cualquiera de los centros sanitarios del área hospitalaria a la que se adscribe la plaza, la cual queda vinculada orgánicamente a la Unidad de Gestión Clínica correspondiente y funcionalmente al área asistencial al que esté adscrito dicho servicio jerarquizado.

1.5. La vinculación a la plaza de profesor de cuerpos docentes con el Servicio Andaluz de Salud será en la categoría de Facultativo Especialista de Área. En el caso de que el concursante que obtenga la plaza, se encuentre en ejercicio activo en el momento de la toma de posesión, en una plaza de Jefe de Servicio o de Jefe de Sección obtenida a través de concurso-oposición en el mismo centro y especialidad de la plaza sacada a concurso, se mantendrá en el cargo que viniese desempeñando. Para los que obtuvieron las plazas de Jefe de Servicio o de Sección por el sistema de promoción establecido por la Orden de 5 de febrero de 1985, les será de aplicación, para el mantenimiento del cargo, el sistema de provisión de cargos intermedios de los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud recogidos en el Capítulo III del Decreto 75/2007, de 13 de marzo.

2. Condiciones y requisitos de los aspirantes.

Los requisitos, condiciones y méritos alegados por los concursantes deberán haberse adquirido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesion como funcionario de carrera.

Para ser admitido a estas pruebas selectivas deberán reunirse los siguientes requisitos:

2.1. Requisitos generales.

a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Estatuto Básico del Empleo Público.

b) Edad. Tener cumplidos 16 años y no haber superado los 70.

c) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas que se deriven del correspondiente contrato de no padecer enfermedad ni defecto físico que impida el desempeño de las funciones que le correspondan.

d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado, además de no encontrarse inhabilitado para el ejercicio de la profesión médica. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos del acceso al empleo público.

e) Los aspirantes que no sean de nacionalidad española deberán poseer un conocimiento del castellano adecuado para el desarrollo de sus funciones.

2.2. Requisitos específicos.

Además de los requisitos generales, se deberán cumplir los siguientes:

a) Estar acreditado para el cuerpo docente de Catedrático de Universidad.

b) De acuerdo con lo establecido en el artículo 71.2 de la Ley 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, podrán participar en el presente concurso quienes sean funcionario de carrera del cuerpo de Profesores Titulares de Universidad o de la Escala de Investigadores Científicos de los Organismos Públicos de Investigación en servicio activo, que hayan prestado, como mínimo, dos años de servicios efectivos bajo dicha condición

c) Será requisito además, estar en posesión del título de especialista de la plaza que se especifica en el Anexo I de esta convocatoria.

3. Solicitudes.

3.1. Quienes deseen tomar parte en el concurso de acceso remitirán la correspondiente solicitud al Sr. Rector de la Universidad de Sevilla, según el modelo establecido en la siguiente dirección: https://docentes.us.es -Oferta de Empleo Público- PDI Funcionario - Impresos, por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, incluido el Registro Electrónico de la Universidad de Sevilla en la siguiente dirección: https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso/do en el plazo de 10 días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOE. Junto con la instancia de participación deberá aportarse la siguiente documentación:

a) Copia de la acreditación de la ANECA para la figura de Catedrático de Universidad o bien, nombramiento en la plaza de Catedrático de Universidad que se ocupe actualmente.

b) Copia del título de doctor.

c) Copia del título de Especialista en Ciencias de la Salud que para cada plaza se especifique en el Anexo I de esta convocatoria.

d) Hoja de servicios actualizada.

e) Declaración responsable debidamente firmada, según modelo disponible en el siguiente enlace: https://docentes.us.es -Oferta de Empleo Público- PDI Funcionario - Impresos.

f) Justificante del abono de los derechos de examen.

Los candidatos que ostenten la condición de Profesor Titular de la Universidad de Sevilla en servicio activo no deberán presentar la documentación acreditativa solicitada en los apartados a), b) y c), ya que la misma obra en su expediente personal.

Los datos personales recogidos en la solicitud de participación al presente concurso serán incorporados a la base de datos de la Universidad de Sevilla para la gestión interna de la relación empresa/empleados y cedidos a otras Administraciones Públicas en cumplimiento de la normativa laboral, de la seguridad social y tributaria, y a cualquier entidad obligada por ley. De acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de derechos digitales, y en el Reglamento 2016/679 de la Unión Europea, los interesados pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigendo un escrito a la Sra. Delegada de Protección de Datos de la Universidad de Sevilla, Rectorado, C/ San Fernando, 4, 41004 Sevilla.

3.2. Derechos de examen. Los aspirantes deberán abonar a la Universidad de Sevilla, en concepto de derechos de examen, la cantidad de 31 euros. El ingreso o transferencia bancaria deberá ser efectuado en el Banco Santander, en la cuenta núm. ES770049.2588.71.2114241655 (núm. identificación: 750), con el título Universidad de Sevilla, abierta en dicha entidad. A la solicitud deberá adjuntarse el justificante original acreditativo del ingreso por el citado concepto. La falta de abono de estos derechos durante el plazo de presentación de instancias no es subsanable, lo cual determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso, la realización del ingreso supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.

Estarán exentos del pago:

a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por ciento, debiendo acompañar a la solicitud, certificado que acredite tal condición.

b) Las víctimas de terrorismo, sus cónyuges e hijos, siempre y cuando se acredite tal circunstancia con el informe preceptivo de la institución correspondiente.

c) Las familias numerosas de categoría especial tendrán derecho a una exención del 100% de la tasa y a una bonificación del 50% los que fueran de categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la relación provisional de admitidos y excluidos se hará pública antes de los 30 días hábiles siguientes, con indicación, en su caso, de la causa de exclusión. Esta publicación se efectuará mediante exposición de las correspondientes listas en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad de Sevilla y, a título informativo en la siguiente dirección web: https://docentes.us.es Oferta de Empleo Público-Convocatorias, y estará condicionada a que, por parte de la correspondiente Comisión juzgadora se hayan elaborado los criterios de evaluación de los méritos de los candidatos y hayan sido remitidos al Servicio de Programación Docente para su publicación.

Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de publicación de la resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado su exclusión u omisión de la relación de admitidos y excluidos, aportando la documentación necesaria mediante instancia o escrito de remisión, presentado según el procedimiento indicado en el apartado 3.1 de estas bases. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o no realicen alegación frente a la omisión producida que justifique su derecho a ser incluidos, serán definitivamente excluidos del proceso selectivo.

No obstante lo anterior, y en el caso de que en la lista provisional no figure ningún excluido, se publicará directamente el listado definitivo de aspirantes admitidos al concurso.

4.2. Una vez resueltas las reclamaciones de los concursantes, se publicarán las listas definitivas de admitidos y excluidos en el Tablón Electrónico oficial de la Universidad de Sevilla y, a título informativo, en el portal electrónico (https://docentes.us.es - Oferta de Empleo Público - Convocatorias). Dichos listados se remitirán al Presidente de la Comisión.

La resolución que eleve a definitivas las listas de aspirantes admitidos y excluidos, en la que deberá constar la fecha de su publicación, pondrá fin de la vía administrativa y contra ella, los aspirantes podrán interponer recurso contencioso-administrativo conforme a lo establecido en los artículos 46.1 y 83 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, o bien potestativamente, podrán interponer recurso de reposición, a tenor de lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administratico Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación. En este caso, no podrán interponer el recurso contencioso-administrativo antes mencionado hasta la resolución expresa o desestimación presunta del de reposición.

5. Comisiones.

5.1. El presente concurso será resuelto por las Comisiones constituidas al efecto, en la forma establecida en el artículo 85 del Estatuto de la Universidad de Sevilla, que se relacionan en el Anexo II.

El nombramiento como miembro de una Comisión es irrenunciable, salvo cuando concurran algunas de las causas previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. En estos casos, la apreciación de la causa alegada corresponderá a este Rectorado.

5.2. La Comisión deberá constituirse en el plazo de los treinta días hábiles siguientes a la fecha de publicación de la convocatoria en el BOE. En dicho acto, la Comisión fijará y hará públicos los criterios de evaluación que habrán de regir el concurso, que se publicarán en el tablón de anuncios del Centro donde se celebren las pruebas. Una copia de dichos criterios se publicará en el Tablón Electrónico oficial de la Universidad de Sevilla y, a título informativo, en la siguiente dirección: https://docentes.us.es Oferta de Empleo Público -PDI Laboral- Convocatorias, siempre con anterioridad a la publicación de la resolución que apruebe la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, las comisiones, como órganos colegiados, podrán constituirse y elaborar los criterios de evaluación, tanto de forma presencial como a distancia. El resto de las sesiones de las Comisiones deberán realizarse de forma presencial. En las sesiones que se celebren a distancia, los miembros de las comisiones podrán encontrarse en distintos lugares siempre y cuando se asegure por medios electrónicos (considerándose también como tales los telefónicos y audiovisuales), la identidad de los miembros o personas que los suplan, el contenido de sus manifestaciones y el momento en que éstas se producen. Entre otros, se considerarán incluidos entre los medios electrónicos válidos, el correo electrónico, las audioconferencias y las videoconferencias.

5.3. Para la constitución de la comisión, el Presidente deberá citar a todos los miembros titulares de la misma. En caso de que tenga conocimiento con la suficiente antelación que alguno de los titulares no podrá asistir al acto de constitución, deberá comunicarlo al Servicio de Programación Docente para proceder a su correspondiente sustitución.

5.4. En virtud del artículo 17.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la Comisión quedará válidamente constituida siempre que asistan, presencialmente o a distancia, el Presidente, el Secretario y uno al menos de los vocales. Una vez constituida la Comisión, para las sucesivas actuaciones de la misma, el Presidente deberá citar a todos los miembros asistentes al acto de constitución.

5.5. Tras la aprobación de la lista definitiva de candidatos admitidos y excluidos, el Presidente de la Comisión dispondrá de diez días para convocar, mediante una resolución, a todos los candidatos admitidos para realizar el acto de presentación, indicándose el día, lugar y hora de su celebración. Esta resolución será notificada a todos los candidatos admitidos al concurso con una antelación de 10 días naturales a la fecha del acto para el que son convocados.

5.6. El mes de agosto se considera inhábil a efectos de actuación de las Comisiones.

6. Acto de presentación.

En el acto de presentación, que será público, los concursantes entregarán al Presidente de la Comisión, por quintuplicado, la siguiente documentación:

- Programa de, al menos, una de las asignaturas de formación básica incluidas en el perfil de la plaza. Debe contener: El temario detallado, reseña metodológica y bibliográfica, sistema y criterios de evaluación y calificación. La extensión máxima de cada programa será de 30 páginas de tamaño A4 con letra de 12 pt de cuerpo, con espaciado interlineal de 1,5 y márgenes de 2,5 cm.

- Breve proyecto en el que figuren sus planteamientos docentes e investigadores, con una extensión máxima de 50 páginas de tamaño A4 con letra 12 pt de cuerpo, con espaciado interlineal de 1,5 y márgenes de 2,5 cm.

- Currículum vitae cuyos apartados deberán adaptarse a los criterios específicos de valoración para la adjudicación de la plaza.

- Documentación acreditativa de los méritos alegados en el currículum.

Asimismo, en el acto de presentación, se determinará mediante sorteo el orden de actuación de los candidatos y se fijará el lugar, fecha y hora del comienzo de la prueba. La prueba comenzará en el periodo comprendido entre el día siguiente y 15 días naturales contados desde el día del acto de presentción (ambos incluidos).

7. Prueba.

El concurso consistirá en la exposición oral y pública por parte del candidato, y debate posterior con la Comisión, de su currículo, su proyecto y su programa.

El candidato dispondrá de un máximo de una hora para su exposición y el debate con la comisión podrá extenderse hasta un tiempo máximo de dos horas.

Finalizada la prueba, cada miembro de la Comisión entregará al Presidente un informe razonado (necesariamente individual de cada miembro de la Comisión sobre cada candidato) que debe incluir: valoración de cada uno de los apartados de los criterios específicos, voto favorable o desfavorable y motivación del voto.

Cada miembro de la Comisión sólo podrá votar favorablemente, como máximo, tantos candidatos como plazas convocadas.

La propuesta de adjudicación de las plazas se hará por votación de los miembros de la Comisión; cada miembro sólo podrá votar a un candidato por plaza. La propuesta recaerá en el candidato o candidatos que hayan obtenido el mayor número de votos, con un mínimo de tres. El concurso podrá ser declarado desierto.

8. Resolución del concurso.

La Comisión juzgadora propondrá al Sr. Rector, para su nombramiento, con carácter vinculante, una relación por orden de preferencia de todos los candidatos que obtengan tres o más votos. Dicha relación vendrá predeterminada por la votación que, a la vista de los informes señalados en la base anterior, efectúe la Comisión.

Junto con la propuesta, el Secretario de la Comisión deberá presentar a través de la Oficina de Registro, en los siete días hábiles siguientes a la finalización de la actuación de la misma, toda la documentación relativa a las actuaciones de la Comisión, y al menos las siguientes Actas:

1. Acta de constitución de la Comisión.

2. Acuerdo de determinación de los criterios de evaluación.

3. Acta de presentación de los concursantes.

4. Actas de realización de la prueba (una por concursante).

5. Evaluaciones individuales de los concursantes por cada miembro de la Comisión de la prueba realizada.

6. Acta de recepción de las evaluaciones de la prueba.

7. Acta de propuesta de provisión.

8. Diligencia publicación propuesta provisión.

Un ejemplar de la documentación presentada por cada candidato será entregado en el Servicio de Programación Docente. El resto quedará depositado en la Secretaría del Departamento correspondiente, hasta que proceda su devolución, o destrucción, una vez finalizado el plazo de reclamaciones.

La propuesta de provisión de la plaza será publicada por la Comisión en el tablón del centro en el que se hayan realizado las pruebas y se remitirá al Servicio de Programación Docente diligencia de realización de dicho trámite.

Asimismo, el Servicio de Programación Docente la publicara en el Tablón electrónico oficial de la Universidad de Sevilla (https://www.us.es/tablon-virtual - Personal Docente e Investigador) y, a título informativo en la siguiente dirección: https://docentes.us.es, Oferta de Empleo Público, PDI Funcionario, Convocatorias, así como en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad de Sevilla.

Finalizado el concurso, y siempre que no se haya interpuesto ninguna reclamación y/o recurso, el interesado podrá solicitar en el Servicio de Programación Docente la retirada de la documentación en el plazo máximo de 6 meses desde la resolución del concurso.

Transcurrido un mes después de dicho plazo, se procederá a la destrucción de la documentación que no haya sido retirada.

Contra la propuesta de la Comisión juzgadora los candidatos podrán presentar reclamación ante el Sr. Rector, en el plazo máximo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de su publicación. Dicha reclamación será valorada y tramitada conforme a lo dispuesto en el artículo 87 de los Estatutos de la Universidad de Sevilla. Admitida a trámite la reclamación, se suspenderá el nombramiento del candidato o candidatos contra quienes fuera dirigida hasta la resolución de la misma.

9. Documentación a presentar por los candidatos propuestos.

Los candidatos propuestos para la provisión de las plazas deberán presentar en el Servicio de Gestión de Personal Docente, en los veinte días hábiles siguientes a la conclusión de la actuación de la Comisión, la siguiente documentación:

a) Copia del DNI o documento equivalente, de ser su nacionalidad distinta de la española.

b) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico ni psíquico que le incapacite para el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de Universidad, ni a Facultativo Especialista de Área.

c) Declaración jurada de no haber sido separado de la Administración del Estado, Institucional o Local, ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, en virtud de expediente disciplinario, y no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la Función Pública además de no encontrarse inhabilitado para el ejercicio de la profesión médica.Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea o de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, deberán acreditar, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.2 del R.D. 543/2001, de 18 de mayo, no haber sido objeto de sanción disciplinaria o condena penal que impidan, en su Estado, el acceso a la función pública.

d) Documentación acreditativa de reunir los requisitos del artículo 4 del Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el que se regula el régimen de los concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios.

Quien tuviera la condición de funcionario público de carrera en activo estará exento de justificar tales documentos y requisitos, debiendo presentar certificación del Ministerio u Organismo del que dependan, acreditativa de su condición de funcionario y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.

10. Nombramiento y toma de posesión.

El nombramiento como funcionario docente de carrera será efectuado por el Sr. Rector y por la Sra. Directora General de Personal después de que el candidato propuesto haya dado cumplimiento a los requisitos y plazos establecidos en la base anterior. El nombramiento especificará la denominación de la plaza, Cuerpos, área de conocimiento y Departamento. Dicho nombramiento será publicado en el BOE y en el BOJA y comunicado a la Secretaría General del Consejo de Universidades.

En el plazo máximo de 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación del nombramiento en el BOE, el candidato propuesto deberá tomar posesión de su plaza, momento en el que adquirirá la condición de funcionario docente universitario del cuerpo de que se trate.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación. No obstante, y sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro que se estime procedente, puede optarse por interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, en cuyo caso no podrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente mencionado en tanto no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Sevilla, 5 de diciembre de 2023.- El Rector, Miguel Ángel Castro Arroyo; la Directora General, Carmen Bustamante Rueda.

Anexo I

Catedrático de Universidad

Plazas Vinculadas

Plaza vinculada número: 1/1V/23. Cuerpo: Catedrático de Universidad (V). Área de conocimiento: Cirugía. Departamento a la que está adscrita: Cirugía. Perfil Docente: Patología Quirúrgica de Sistemas: Cardiovascular, Toracopulmonar y Abdomen (Grado en Medicina). Categoría asistencial: Facultativo Especialista de Área. Especialidad: Cirugía General y del Aparato Digestivo. Centro asistencial: Hospital Universitario Virgen del Rocío. Ref. CUV-2023-2.

Plaza vinculada número: 1/2V/23. Cuerpo: Catedrático de Universidad (V). Área de conocimiento: Anatomía Patológica. Departamento a la que está adscrita: Citología e Histología Normal y Patológica. Perfil Docente: Anatomía Patológica (Grado en Medicina). Categoría asistencial: Facultativo Especialista de Área. Especialidad: Anatomía Patológica. Centro asistencial: Hospital Universitario Virgen Macarena. Ref. CUV -2023-1.

Plaza vinculada número: 1/3V/23. Cuerpo: Catedrático de Universidad (V). Área de conocimiento: Dermatología. Departamento a la que está adscrita: Medicina. Perfil Docente: Asignaturas del área de conocimiento adscritas al Departamento. Categoría asistencial: Facultativo Especialista de Área. Especialidad: Dermatología Médico-Quirúrgica y Venereología. Centro asistencial: Hospital Universitario Virgen Macarena. Ref. CUV -2023-3.

Plaza vinculada número: 1/4V/23. Cuerpo: Catedrático de Universidad (V). Área de conocimiento: Medicina. Departamento a la que está adscrita: Medicina. Perfil Docente: Asignaturas del área de conocimiento adscritas al Departamento. Categoría asistencial: Facultativo Especialista de Área. Especialidad: Medicina Interna. Centro asistencial: Hospital Universitario Virgen del Rocío. Ref. CUV -2023-5.

Plaza vinculada número: 1/5V/23. Cuerpo: Catedrático de Universidad (V). Área de conocimiento: Medicina. Departamento a la que está adscrita: Medicina. Perfil Docente: Asignaturas del área de conocimiento adscritas al Departamento. Categoría asistencial: Facultativo Especialista de Área. Especialidad: Neumología. Centro Asistencial: Hospital Universitario Virgen del Rocío. Ref. CUV -2023-4.

Plaza vinculada número: 1/6V/23. Cuerpo: Catedrático de Universidad (V). Área de conocimiento: Medicina Preventiva y Salud Pública. Departamento a la que está adscrita: Medicina Preventiva y Salud Pública. Perfil Docente: Asignaturas del área de conocimiento adscritas al Departamento. Categoría asistencial: Facultativo Especialista de Área. Especialidad: Medicina Preventiva y Salud Pública. Centro Asistencial: Hospital Universitario Virgen Macarena. Ref. CUV -2023-6.

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