Extracto de la Resolución Rectoral de 11 de diciembre de 2023, de la Universidad de Huelva, por la que se convocan becas de matrículas destinadas a estudiantes de Enseñanzas de Formación Permanente de la Universidad de Huelva, curso 2023/24.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica un extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).

BDNS: 731891.

Primero. Convocatoria.

Esta convocatoria tiene como objeto la regulación básica de la gestión de la bolsa de becas que se contempla en el artículo 32 del Reglamento de Enseñanzas de Formación Permanente de la Universidad de Huelva (BOJA 12 de mayo de 2023). La presente convocatoria se realiza bajo la modalidad de concurrencia competitiva. De esta manera, se pretende facilitar el acceso a estas enseñanzas de estudiantes con menores recursos económicos, rigiéndose por el principio de equidad.

La Resolución de 28 de noviembre de 2023, de la Universidad de Huelva, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas al alumnado de las Enseñanzas de Formación Permanente de la Universidad de Huelva (BOJA de 1 de diciembre de 2023), contempla las bases para esta convocatoria. Procede, entonces, en aplicación de las referidas bases, la elaboración y publicación de la presente convocatoria.

Segundo. Bases reguladoras.

Resolución Rectoral de 22 de noviembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras de becas al alumnado de las Enseñanzas de Formación Permanente, BOJA núm. 231, de 1 de diciembre de 2023.

Tercero. Financiación.

1. La presente convocatoria será financiada por el convenio suscrito con el Banco Santander con cargo a la aplicación presupuestaria 800182 321A 481.99 por importe 19.000 euros, de los cuales 4.000 serán destinados a los cursos de verano.

2. Para los títulos propios de formación permanente, la cuantía de las becas asignadas se corresponderá en todos los casos con el 50% del precio de matrícula, excepto las tasas de secretaría, hasta un máximo de 750 €. Para los cursos de verano será el precio de matrícula, excepto las tasas de secretaría. Así, será requisito para la concesión de éstas, que la persona matriculada haya abonado, al menos, el primer plazo de matrícula o la totalidad de la matrícula para los cursos de verano.

Cuarto. Personas beneficiarias.

Podrán solicitar estas becas el estudiantado matriculado en la Universidad de Huelva en el año académico establecido en cada convocatoria específica dentro de los estudios no oficiales de las Enseñanzas de Formación Permanente, y que estén organizados y gestionados por el Servicio de Títulos Propios de la Universidad de Huelva.

Quedan excluidas de las becas reguladas en las presentes bases aquellas personas que hayan sido anteriormente beneficiarias de otro título propio y/o actividad formativa específica de igual o superior categoría.

El cumplimiento de los requisitos exigidos deberá mantenerse durante el curso académico de recepción de la ayuda. En caso contrario, se iniciará el procedimiento de reintegro.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOJA, y tendrá una duración de 15 días hábiles.

Huelva, 11 de diciembre de 2023.- La Rectora, María Antonia Peña Guerrero.

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