Orden de 27 de noviembre de 2023, de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se establece la distribución complementaria de las cantidades a percibir por las entidades locales para la financiación de las ayudas económicas familiares correspondientes al ejercicio 2023, con crédito procedente del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.

El Decreto 11/1992, de 28 de enero, por el que se establecen la naturaleza y prestaciones de los servicios sociales comunitarios, define en su artículo 7.4 las ayudas económicas familiares como «aquellas prestaciones temporales de carácter preventivo que se conceden a familias para la atención de las necesidades básicas de menores a su cargo cuando carecen de los recursos económicos suficientes para ello, con el fin de evitar la institucionalización del menor y posibilitar su integración en el entorno familiar y social. Estas ayudas implicarán una intervención social complementaria».

Mediante el Decreto 203/2002, de 16 de julio, por el que se regula el sistema de financiación de los servicios sociales comunitarios en Andalucía, se establece que los créditos presupuestarios destinados a la financiación de dichos servicios sociales serán transferidos por la Consejería competente en la materia y distribuidos entre las Diputaciones Provinciales y los Ayuntamientos de municipios de Andalucía con población superior a veinte mil habitantes y las cantidades se abonarán en concepto de transferencias de financiación.

Por Orden de 6 de noviembre de 2023, se regula el procedimiento y la gestión de las ayudas económicas familiares en cooperación con las entidades locales, disponiéndose en el párrafo segundo del artículo 15.1 que «en el supuesto de que exista disponibilidad presupuestaria complementaria para la financiación del programa, procedente de la Administración General del Estado o de cualesquiera otras fuentes de financiación, mediante orden de la Consejería competente en materia de infancia y adolescencia se procederá a determinar las cuantías a transferir a las entidades locales que desarrollen el programa».

Como novedad para este ejercicio 2023, tras la entrada en vigor de la Orden de 6 de noviembre de 2023, se suprime la necesidad de firmar convenios o prórrogas anuales a los mismos para el sostenimiento del programa de ayudas económicas familiares, por lo que la totalidad de las entidades locales incluidas en el ámbito de aplicación de la orden citada tendrán derecho al apoyo financiero establecido para la ejecución del programa, sin necesidad de realizar una manifestación expresa de la representación de la entidad local para solicitar su adscripción al mismo.

Para proceder al abono de las transferencias para la financiación del programa, será exigible la documentación establecida en el artículo 15.5 de la Orden de 6 de noviembre de 2023.

El Decreto 161/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, asigna a la misma competencias en el desarrollo de la red de los Servicios Sociales Comunitarios y competencias en la planificación, desarrollo, coordinación y proposición de iniciativas en relación con las competencias de la Comunidad Autónoma en materia de infancia y conciliación.

Mediante la Orden de 10 de julio de 2023, se establece la distribución de las cantidades a percibir por las Entidades Locales para la financiación de las Ayudas Económicas Familiares correspondientes al ejercicio 2023, con cargo a la partida presupuestaria 1800010000 G/31E/46504/00, por una cuantía total de 3.569.998 €.

Por otro lado, se ha aprobado el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, de 12 de mayo de 2023, por el que se fijan los criterios de distribución territorial y las cuantías resultantes entre comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla, del crédito destinado a la financiación en 2023 del Programa de Protección a la Familia y Atención a la Pobreza Infantil. De acuerdo con la distribución resultante, para el ejercicio 2023, la cuantía para el Programa de Ayudas Económicas Familiares asciende a la cantidad de 11.283.000 €, en la partida presupuestaria 1800180000 G/31E/46401/00 S0656.

En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Infancia, Adolescencia y Juventud, en el ejercicio de las facultades atribuidas por la legislación vigente y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma,

DISPONGO

Primero. Ordenar para el ejercicio 2023 la distribución de los créditos complementarios que deben satisfacerse por la Comunidad Autónoma de Andalucía a las Diputaciones Provinciales y Ayuntamientos de municipios andaluces con población superior a veinte mil habitantes y las transferencias a los mismos, con crédito procedente del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, conforme se establece en el Anexo único, en virtud de lo dispuesto en el Decreto 203/2002, de 16 de julio, y en la Orden de 6 de noviembre de 2023, por la que se regula el procedimiento y la gestión de las ayudas económicas familiares en cooperación con las entidades locales.

Segundo. Para proceder a las transferencias de los fondos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 15.5 de la Orden de 6 de noviembre de 2023, las entidades locales deberán tener presentada en la Dirección General de Infancia, Adolescencia y Juventud la ficha de evaluación del ejercicio anterior y la certificación emitida por la Intervención de la respectiva entidad local de que los fondos recibidos en concepto de financiación de las ayudas económicas familiares para el mencionado ejercicio, y los aportados por la entidad local en su caso, han sido destinados a la finalidad prevista.

Tercero. La presente orden tendrá efectividad el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 27 de noviembre de 2023

MARÍA DOLORES LÓPEZ GABARRO
Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias 
e Igualdad

ANEXO ÚNICO

PROVINCIA ENTIDAD LOCAL Ministerio 2023
ALMERÍA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA 318.939 €
ALMERÍA AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA 268.599 €
ALMERÍA AYUNTAMIENTO DE ADRA 33.456 €
ALMERÍA AYUNTAMIENTO DE EL EJIDO 116.268 €
ALMERÍA AYUNTAMIENTO DE NÍJAR 42.363 €
ALMERÍA AYUNTAMIENTO DE ROQUETAS DE MAR 138.276 €
ALMERÍA AYUNTAMIENTO DE VÍCAR 37.364 €
CÁDIZ DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ 266.202 €
CÁDIZ AYUNTAMIENTO DE CÁDIZ 141.891 €
CÁDIZ AYUNTAMIENTO DE ALGECIRAS 178.496 €
CÁDIZ AYUNTAMIENTO DE ARCOS DE LA FRONTERA 48.802 €
CÁDIZ AYUNTAMIENTO DE BARBATE 33.965 €
CÁDIZ AYUNTAMIENTO DE LOS BARRIOS 34.052 €
CÁDIZ AYUNTAMIENTO DE CHICLANA DE LA FRONTERA 126.054 €
CÁDIZ AYUNTAMIENTO DE CONIL DE LA FRONTERA 30.513 €
CÁDIZ AYUNTAMIENTO DE JEREZ DE LA FRONTERA 313.016 €
CÁDIZ AYUNTAMIENTO DE LA LÍNEA DE LA CONCEPCIÓN 98.211 €
CÁDIZ AYUNTAMIENTO DE EL PUERTO DE SANTA MARÍA 124.195 €
CÁDIZ AYUNTAMIENTO DE PUERTO REAL 59.784 €
CÁDIZ AYUNTAMIENTO DE ROTA 38.218 €
CÁDIZ AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO 131.412 €
CÁDIZ AYUNTAMIENTO DE SAN ROQUE 45.925 €
CÁDIZ AYUNTAMIENTO DE SANLÚCAR DE BARRAMEDA 105.580 €
CÓRDOBA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÓRDOBA 359.696 €
CÓRDOBA AYUNTAMIENTO DE CÓRDOBA 427.993 €
CÓRDOBA AYUNTAMIENTO DE BAENA 25.185 €
CÓRDOBA AYUNTAMIENTO DE CABRA 25.328 €
CÓRDOBA AYUNTAMIENTO DE LUCENA 59.287 €
CÓRDOBA AYUNTAMIENTO DE MONTILLA 27.579 €
CÓRDOBA AYUNTAMIENTO DE PALMA DEL RÍO 28.304 €
CÓRDOBA AYUNTAMIENTO DE PRIEGO DE CÓRDOBA 28.173 €
CÓRDOBA AYUNTAMIENTO DE PUENTE GENIL 42.148 €
GRANADA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GRANADA 629.761 €
GRANADA AYUNTAMIENTO DE GRANADA 290.021 €
GRANADA AYUNTAMIENTO DE ALMUÑÉCAR 32.423 €
GRANADA AYUNTAMIENTO DE ARMILLA 32.934 €
GRANADA AYUNTAMIENTO DE BAZA 24.873 €
GRANADA AYUNTAMIENTO DE LAS GABIAS 31.703 €
GRANADA AYUNTAMIENTO DE GUADIX 23.856 €
GRANADA AYUNTAMIENTO DE LOJA 27.386 €
GRANADA AYUNTAMIENTO DE MARACENA 29.999 €
GRANADA AYUNTAMIENTO DE MOTRIL 79.049 €
HUELVA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUELVA 287.296 €
HUELVA AYUNTAMIENTO DE HUELVA 193.888 €
HUELVA AYUNTAMIENTO DE ALJARAQUE 29.086 €
HUELVA AYUNTAMIENTO DE ALMONTE 36.054 €
HUELVA AYUNTAMIENTO DE AYAMONTE 25.944 €
HUELVA AYUNTAMIENTO DE CARTAYA 25.501 €
HUELVA AYUNTAMIENTO DE ISLA CRISTINA 29.802 €
HUELVA AYUNTAMIENTO DE LEPE 36.869 €
HUELVA AYUNTAMIENTO DE MOGUER 26.990 €
JAÉN DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE JAÉN 429.167 €
JAÉN AYUNTAMIENTO DE JAÉN 139.963 €
JAÉN AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ LA REAL 24.778 €
JAÉN AYUNTAMIENTO DE ANDÚJAR 49.716 €
JAÉN AYUNTAMIENTO DE LINARES 76.965 €
JAÉN AYUNTAMIENTO DE MARTOS 31.073 €
JAÉN AYUNTAMIENTO DE ÚBEDA 43.669 €
MÁLAGA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE MÁLAGA 308.344 €
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE MÁLAGA 755.683 €
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE ALHAURÍN DE LA TORRE 56.362 €
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE ALHAURÍN EL GRANDE 36.113 €
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE ANTEQUERA 52.260 €
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE BENALMÁDENA 89.057 €
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE CÁRTAMA 39.131 €
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE COÍN 33.028 €
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE ESTEPONA 88.742 €
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE FUENGIROLA 93.079 €
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE MARBELLA 176.347 €
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE MIJAS 113.763 €
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE NERJA 25.175 €
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE RINCÓN DE LA VICTORIA 64.597 €
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE RONDA 42.796 €
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE TORREMOLINOS 85.386 €
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE VÉLEZ-MÁLAGA 109.402 €
SEVILLA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEVILLA 840.155 €
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE SEVILLA 885.406 €
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE GUADAÍRA 109.927 €
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE BORMUJOS 31.655 €
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE CAMAS 40.169 €
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE CARMONA 39.373 €
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE CORIA DEL RÍO 44.086 €
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE DOS HERMANAS 193.754 €
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE ÉCIJA 56.673 €
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE LEBRIJA 39.692 €
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE MAIRENA DEL ALCOR 33.647 €
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE MAIRENA DEL ALJARAFE 61.626 €
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE MORÓN DE LA FRONTERA 36.930 €
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE LOS PALACIOS Y VILLAFRANCA 58.195 €
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE LA RINCONADA 56.152 €
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE SAN JUAN DE AZNALFARACHE 32.967 €
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE TOMARES 32.277 €
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE UTRERA 77.011 €
TOTAL 11.283.000 €

Descargar PDF

Ficheros adjuntos

Documentos descargables
"" https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php Lista creada! La lista ha sido creada y la noticia añadida correctamente. Lista modificada! El título de la lista ha sido modificada correctamente. Eliminar lista: @text@ ¿Estás seguro de que quieres eliminar esta lista? Todas las noticias que contiene serán desmarcadas. Lista eliminada! La lista ha sido eliminada correctamente. Error! Error al eliminar la lista. Aceptar Cancelar https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde.
17574 {"title":"Orden de 27 de noviembre de 2023, de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se establece la distribución complementaria de las cantidades a percibir por las entidades locales para la financiación de las ayudas económicas familiares correspondientes al ejercicio 2023, con crédito procedente del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.","published_date":"2023-12-01","region":"andalucia","region_text":"Andalucía","category":"boa","category_text":"Boletin Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-andalucia","id":"17574"} andalucia BOJA,BOJA 2023 nº 231,Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad,Disposiciones generales https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php Resaltar Quitar resaltado https://govclipping.com/es/andalucia/boa/2023-12-01/17574-orden-27-noviembre-2023-consejeria-inclusion-social-juventud-familias-e-igualdad-se-establece-distribucion-complementaria-cantidades-percibir-entidades-locales-financiacion-ayudas-economicas-familiares-correspondientes-ejercicio-2023-credito-procedente-ministerio-derechos-sociales-agenda-2030 https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.