Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública - Otras disposiciones (BOJA nº 2023-221)

Resolución de 9 de noviembre de 2023, de la Secretaría General de Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales de los símbolos gráficos (logotipos) del municipio de Mengíbar (Jaén).

El artículo 4 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía, establece que estas pueden dotarse de los símbolos representativos que estimen oportunos, siempre que dichos símbolos y el procedimiento de adopción, modificación o rehabilitación de los mismos se ajuste a las prescripciones de la mencionada ley. A tal efecto, el Excmo. Ayuntamiento de Mengíbar ha realizado los trámites tendentes a la adopción de sus símbolos gráficos (logotipos) municipales de acuerdo con lo establecido en el capítulo segundo de la mencionada ley.

Con fecha 28 de septiembre de 2023, el Pleno del Ayuntamiento de Mengíbar acordó, con el quorum establecido en el artículo 14 de la mencionada ley, la aprobación definitiva de los símbolos gráficos (logotipos) municipales con las siguientes descripciones:

«LOGOTIPOS: JUSTIFICACIÓN FORMA Y COLOR.

La forma se rescata del escudo de la ciudad, es reconocible y hace la transición más natural. Además es agradable y útil para la comunicación.

El color nos lo da el propio escudo. Todos los tonos están presentes, son los colores primarios, más el verde, siendo opuestos, combinan perfectamente.

JUSTIFICACIÓN LOGOTIPOS (Ayuntamiento de Mengíbar Ciudad).

La tipografía la hemos respetado, usando Candara, tanto en su versión italic como en su versión negrita. Hará que no pierda la identidad corporativa anterior.

El color rojo es el más identificador del escudo de Mengíbar, por ello, hemos creído conveniente utilizarlo para el perfil principal, que será la continuación del actual.

El icono es una simplificación de la Torre, estando también representado un edificio que se podría entender como una casa o el Ayuntamiento.

JUSTIFICACIÓN LOGOTIPOS (Ayuntamiento de Mengíbar Cultural).

La tipografía será la misma para la gráfica de cada comunicado, y no sólo para el diseño de los logotipos, como ya se hace desde el Ayuntamiento.

El color es un albero refinado, rescatado del escudo representa la piedra de la Torre, es el color por excelencia de los edificios monumentales. Lo hemos modernizado aunque da solemnidad.

El icono es un edificio que encaja con la monumentalidad y con la instrucción. Ideal para simbolizar, de un golpe, cultura, turismo y educación.

JUSTIFICACIÓN LOGOTIPOS (Ayuntamiento de Mengíbar Joven).

La tipografía sigue la línea, siendo italic en "Ayuntamiento de" y negrita para "Mengíbar" y los nombres de los perfiles.

El color azul, dado por el escudo, y también uno de los principales en nuestra bandera, es el color del cielo, de la vida al aire libre, ideal para la gente joven y para los festejos. Asimismo tiene connotaciones deportivas.

El icono encarna la participación, la actividad, la fiesta... Una mano abierta es joven, está dispuesta a ayudar, está disponible, quiere compartir.

JUSTIFICACIÓN LOGOTIPOS (Ayuntamiento de Mengíbar Social).

La tipografía pone en relieve, da más importancia, al nombre del perfil, ayudando a saber en qué sector estás.

El color verde, representado en el escudo tanto en el olivo como en la corona, también está en la bandera. Es el color perfecto para representar el medio ambiente y el medio rural. Tiene positivas connotaciones que indican un avance.

El icono personifica la salud, también el amor por los mayores y las causas comprometidas. Ideal parar representar valores sociales que requieren alma.»

Mediante escrito con entrada en el Registro de esta Consejería el día 2 de noviembre de 2023, se solicitó por esa Entidad Local la inscripción de sus símbolos gráficos (logotipos) municipales en el Registro Andaluz de Entidades Locales, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 17 y de conformidad con el artículo 18 ambos de la expresada ley, en base a los cuales el uso de los símbolos de las Entidades Locales es privativo de las mismas, no pudiéndose utilizar hasta que no estén inscritos en el referido Registro.

Esta Secretaría General, a tenor de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, en el artículo 18.6 de la Orden de 17 de septiembre de 2010, por la que se desarrolla la organización y el funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Locales, y en el artículo 7.1.e) del Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública,

RESUELVE

Primero. Admitir la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales de los símbolos gráficos (logotipos) del municipio de Mengíbar (Jaén), con las descripciones indicadas y con las imágenes que obran en el expediente.

Segundo. Modificar, en consecuencia, la correspondiente inscripción registral del municipio de Mengíbar (Jaén) en el mencionado Registro, para incluir dichos símbolos municipales.

Tercero. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 9 de noviembre de 2023.- La Secretaria General, María Luisa Ceballos Casas.

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