Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo - Otras disposiciones (BOJA nº 2023-216)

Resolución de 7 de noviembre de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se acuerda la apertura del trámite de información pública del proyecto de orden por la que se modifica la Orden de 24 de febrero de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas regladas, en régimen de concurrencia no competitiva, para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional para el Empleo que incluyan compromiso de contratación dirigidos a personas trabajadoras desempleadas.

Con fecha 25 de octubre de 2023, la persona titular de la Viceconsejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo acordó el inicio de la tramitación del proyecto de orden por la que se modifica la Orden de 24 de febrero de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas regladas, en régimen de concurrencia no competitiva, para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional para el Empleo que incluyan compromiso de contratación dirigidos a personas trabajadoras desempleadas (BOJA núm. 42, de 3 de marzo de 2023).

La tramitación del referido proyecto de orden ha sido declarada de urgencia.

En su virtud, de conformidad con lo previsto en el artículo 45.1.d) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como en el artículo 7.2.d) del Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo,

RESUELVO

Primero. Someter a información pública el proyecto de orden por la que se modifica la Orden de 24 de febrero de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas regladas, en régimen de concurrencia no competitiva, para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional para el Empleo que incluyan compromiso de contratación dirigidos a personas trabajadoras desempleadas, durante un plazo de siete días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Segundo. Durante dicho plazo, el texto del proyecto de orden quedará expuesto para su general conocimiento:

a) En formato electrónico, a través del Portal de la Junta de Andalucía, en el siguiente enlace:

http://www.juntadeandalucia.es/servicios/participacion/normativa/audiencia-informacion.html

b) En formato papel, en la sede de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, sita en la Avda. Albert Einstein núm. 4, Isla de la Cartuja, 41092 Sevilla, en horario de 9:00 a 14:00 horas, con las excepciones previstas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Tercero. Las alegaciones que se deseen formular al proyecto de orden deberán dirigirse a la persona titular de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, y se podrán realizar en formato electrónico a través de la dirección de correo

sv.progempleo.ceeta@juntadeandalucia.es

así como en formato papel, presentándose preferentemente en la oficina de asistencia en materia de registros de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, adjuntándose a las mismas, en el supuesto de organismos, entidades y colectivos interesados, la acreditación de la constitución y representación.

Sevilla, 7 de noviembre de 2023.- La Secretaria General Técnica, María Elena Lobillo Chacón.

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