Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad - Disposiciones generales (BOJA nº 2023-208)

Orden de 24 de octubre de 2023, de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se da publicidad al incremento de crédito disponible para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a la Línea 1 subvenciones individuales y Línea 14 subvenciones institucionales en el ámbito privado para programas y mantenimiento de las personas mayores en la esfera de las competencias de esta Consejería para el ejercicio 2023.

Mediante Orden de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad de 20 de junio de 2023 (BOJA núm. 123, de 29 de junio de 2023), se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de personas mayores, personas con discapacidad, comunidad gitana, personas migrantes, personas sin hogar, solidaridad y garantía alimentaria de Andalucía, igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI, acción social, voluntariado, participación ciudadana, investigación e innovación social, en el ámbito de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, para el ejercicio 2023, para las Líneas de subvenciones que en la misma se detallan, entre ellas la Línea 1: Subvenciones individuales para personas mayores y la Línea 14: Subvenciones institucionales para Programas y Mantenimiento en el ámbito de las personas mayores.

Para la Línea 1 y la Línea 14 se destina el importe que a continuación se especifica, y con cargo a los créditos presupuestarios que asimismo se indican:

DENOMINACIÓN DE LA LÍNEA PARTIDAS PRESUPUESTARIAS CUANTÍA MÁXIMA
(en euros)
Línea 1. Subvenciones individuales para personas mayores 1800010000 G/31R/48804/00 01 444.615,60
Línea 14. Subvenciones institucionales para Programas y Mantenimiento en el ámbito de las personas mayores 1800010000 G/31R/48803/00 01 233.469,22
191.158,12
Total: 424.627,34

El dispositivo «Decimonoveno. Créditos Adicionales» establece que la presente convocatoria podrá ser ampliada con una cuantía adicional máxima de 33.000 euros en la Línea 1 y 9.000 euros en la Línea 14, respectivamente, cuya aplicación a la concesión de subvenciones no requerirá de una nueva convocatoria. La efectividad de esta cuantía adicional queda condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito, previa aprobación de la modificación presupuestaria que proceda en un momento anterior, en cualquier caso, a la resolución de concesión de la subvención. La declaración de créditos disponibles, que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, no implicará la apertura de un plazo para la presentación de nuevas solicitudes, ni el inicio de un nuevo cómputo del plazo para adoptar y notificar la resolución.

Una vez aprobado el crédito definitivo correspondiente a la convocatoria de esta línea de subvenciones, con carácter previo a la emisión de las respectivas propuestas provisionales de resolución, procede la declaración del nuevo crédito disponible con objeto de incrementar la dotación presupuestaria destinada a las solicitudes que reúnan los requisitos exigidos en la normativa aplicable.

En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 161/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, en el artículo 10.d) del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, en el dispositivo Decimonoveno de la Orden de 20 de junio de 2023 y en el artículo 58.5 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio,

DISPONGO

Primero. Dar publicidad, con carácter previo a la resolución de concesión de las ayudas y en los mismos medios que la convocatoria, al incremento de crédito disponible por una cuantía adicional de 32.467,04 euros en la Línea 1 y 8.412,57 euros en la Línea 14, en los importes que a continuación se detallan, imputándose el gasto exclusivamente al ejercicio presupuestario 2023, sin que tal publicidad lleve aparejada la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes, ni el inicio de un nuevo cómputo del plazo para adoptar y notificar la resolución.

DENOMINACIÓN DE LA LÍNEA PARTIDAS PRESUPUESTARIAS INCREMENTO DE CRÉDITO (en euros)
Línea 1. Subvenciones individuales para personas mayores 1800010000 G/31R/48804/00 01 32.467,04
Línea 14. Subvenciones institucionales para Programas y Mantenimiento en el ámbito de las personas mayores 1800010000 G/31R/48803/00 01 3.338,63
5.073,94
Total: 8.412,57

Quedando de esta forma destinada una cuantía máxima de la siguiente forma:

DENOMINACIÓN DE LA LÍNEA PARTIDAS PRESUPUESTARIAS CUANTÍA MÁXIMA
(en euros)
Línea 1. Subvenciones individuales para personas mayores 1800010000 G/31R/48804/00 01 477.082,64
Línea 14.Subvenciones institucionales para Programas y Mantenimiento en el ámbito de las personas mayores 1800010000 G/31R/48803/00 01 433.039,91

Segundo. Quedando distribuido territorialmente, el incremento de crédito disponible por una cuantía adicional de 32.467,04 euros en la Línea 1, en los importes que a continuación se detallan:

PROVINCIA PARTIDAS PRESUPUESTARIAS DISTRIBUCIÓN TERRITORIAL DEL INCREMENTO DE CRÉDITO CUANTIÁ MÁXIMA TOTAL DISTRIBUIDA TRAS EL INCREMENTO DE CRÉDITO ANUALIDAD
ALMERÍA 1800010000 G/31R/48804/00 01 4.058,38 € 35.711,75 € 2023
CÁDIZ 1800010000 G/31R/48804/00 01 4.058,38 € 68.166,84 € 2023
CÓRDOBA 1800010000 G/31R/48804/00 01 4.058,38 € 49.033,52 € 2023
GRANADA 1800010000 G/31R/48804/00 01 4.058,38 € 54.157,40 € 2023
HUELVA 1800010000 G/31R/48804/00 01 4.058,38€ 28.713,92 € 2023
JAÉN 1800010000 G/31R/48804/00 01 4.058,38 € 39.237,58 € 2023
MÁLAGA 1800010000 G/31R/48804/00 01 4.058,38 € 96.407,79 € 2023
SEVILLA 1800010000 G/31R/48804/00 01 4.058,38 € 105.653,84 € 2023
TOTAL 32.467,04 € 477.082,64 €

Quedando distribuido territorialmente, el incremento de crédito disponible por una cuantía adicional de 8.412,57 euros en la Línea 14, en los importes que a continuación se detallan:

PROVINCIA PARTIDAS PRESUPUESTARIAS DISTRIBUCIÓN TERRITORIAL DEL INCREMENTO DE CRÉDITO CUANTIÁ MÁXIMA TOTAL DISTRIBUIDA TRAS EL INCREMENTO DE CRÉDITO ANUALIDAD
ALMERÍA 1800010000 G/31R/48803/00 01 Mantenimiento: 431,88
Programas: 619,69
TOTAL: 1051,57 €
18.105,92 € 2023
CÁDIZ 1800010000 G/31R/48803/00 01 Mantenimiento: 431,88
Programas: 619,70 TOTAL: 1051,58 €
34.560,72 € 2023
CÓRDOBA 1800010000 G/31R/48803/00 01 Mantenimiento: 315,47
Programas: 736,10
TOTAL: 1051,57 €
24.860,08 € 2023
GRANADA 1800010000 G/31R/48803/00 01 Mantenimiento: 431,88
Programas: 619,69
TOTAL: 1051,57 €
27.457,90 € 2023
HUELVA 1800010000 G/31R/48803/00 01 Mantenimiento: 431,88
Programas: 619,69
TOTAL: 1051,57 €
14.558,02 € 2023
JAÉN 1800010000 G/31R/48803/00 01 Mantenimiento: 431,88
Programas: 619,69
TOTAL: 1051,57 €
19.893,53 € 2023
MÁLAGA 1800010000 G/31R/48803/00 01 Mantenimiento: 431,88
Programas: 619,69
TOTAL: 1051,57 €
48.878,93 € 2023
SEVILLA 1800010000 G/31R/48803/00 01 Mantenimiento: 431,88
Programas: 619,69
TOTAL: 1051,57 €
53.566,69 € 2023
TOTAL 8.412,57 € 241.881,79 €

Tercero. La presente orden surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 24 de octubre de 2023

MARÍA DOLORES LÓPEZ GABARRO
Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias 
e Igualdad
Descargar PDF

Ficheros adjuntos

Documentos descargables
"" https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php Lista creada! La lista ha sido creada y la noticia añadida correctamente. Lista modificada! El título de la lista ha sido modificada correctamente. Eliminar lista: @text@ ¿Estás seguro de que quieres eliminar esta lista? Todas las noticias que contiene serán desmarcadas. Lista eliminada! La lista ha sido eliminada correctamente. Error! Error al eliminar la lista. Aceptar Cancelar https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde.
15734 {"title":"Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad - Disposiciones generales (BOJA nº 2023-208)","published_date":"2023-10-30","region":"andalucia","region_text":"Andalucía","category":"boa","category_text":"Boletin Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-andalucia","id":"15734"} andalucia BOJA,BOJA 2023 nº 208,Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad,Disposiciones generales https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php https://govclipping.com/modules/controller/ReferencesController.php Resaltar Quitar resaltado https://govclipping.com/es/andalucia/boa/2023-10-30/15734-consejeria-inclusion-social-juventud-familias-e-igualdad-disposiciones-generales-boja-n-2023-208 https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.