Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad - Disposiciones generales (BOJA nº 2023-198)

Orden de 10 de octubre de 2023, de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se da publicidad al incremento de crédito disponible para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para programas para la promoción, sensibilización y formación del voluntariado y para la gestión de centros de recursos para el voluntariado y las asociaciones (Línea 12), reguladas en la Orden de 20 de julio de 2021, por la que se aprueban sus bases reguladoras, en el ámbito de las competencias de esta Consejería.

Mediante Orden de la Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, de 20 de junio de 2023 (BOJA núm. 123, de 29 de junio de 2023), se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de personas mayores, personas con discapacidad, comunidad gitana, personas migrantes, personas sin hogar, solidaridad y garantía alimentaria de Andalucía, igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI, acción social, voluntariado, participación ciudadana, investigación e innovación social, en el ámbito de la Consejería para el ejercicio 2023, para las líneas de subvenciones que en la misma se detallan, entre ellas la Línea 12 Subvenciones destinadas a programas para la promoción, sensibilización y formación del voluntariado y para la gestión de centros de recursos para el voluntariado y las asociaciones, con el importe que a continuación se especifica, y con cargo a los créditos presupuestarios que asimismo se indican:

Denominación de la Línea Partidas presupuestarias Cuantía máxima (euros)
Línea 12. Subvenciones destinadas a programas para la promoción, sensibilización y formación del voluntariado y para la gestión de centros de recursos para el voluntariado y las asociaciones. 1800020000 G/31H/48800/00 01
1800010000 G/31H/48800/00 01
276.819,29 €
365.000,00 €
Total: 641.819,29 €

No obstante, la referida Orden de 20 de junio de 2023, recoge en su dispositivo decimonoveno que la presente convocatoria podrá ser ampliada en una cuantía adicional de hasta 18.000,00 € en la Línea 12, cuya aplicación a la concesión de subvenciones no requerirá de una nueva convocatoria. La efectividad de esta cuantía adicional queda condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito, previa aprobación de la modificación presupuestaria que proceda en un momento anterior, en cualquier caso, a la resolución de concesión de la subvención. La declaración de créditos disponibles, que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, no implicará la apertura de un plazo para la presentación de nuevas solicitudes, ni el inicio de un nuevo cómputo del plazo para adoptar y notificar la resolución.

Una vez aprobado el crédito definitivo correspondiente a la convocatoria de esta línea de subvenciones, con carácter previo a la emisión de las respectivas propuestas provisionales de resolución, procede la declaración del nuevo crédito disponible con objeto de incrementar la dotación presupuestaria destinada a las solicitudes que reúnan los requisitos exigidos en la normativa aplicable.

En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.d) del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, en el dispositivo decimonoveno de la Orden de 20 de junio de 2023 y en el artículo 58.5 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio,

DISPONGO

Primero. Dar publicidad, con carácter previo a la resolución de concesión de las ayudas y en los mismos medios que la convocatoria, al incremento de crédito disponible por una cuantía adicional de 18.000,00 €, con cargo a la partida presupuestaria 1800010000 G/31H/48800/00/01, en la Línea 12 Subvenciones destinadas a programas para la promoción, sensibilización y formación del voluntariado y para la gestión de centros de recursos para el voluntariado y las asociaciones, en el importe y ámbito de competitividad que a continuación se detalla, sin que tal publicidad lleve aparejada la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes, ni de publicación de la resolución correspondiente:

Autonómico - Centro de recursos 18.000,00
TOTAL 18.000,00

(Cifra en euros)

Segundo. La dotación máxima de la Línea 12 ascenderá, por tanto, a la cuantía de 659.819,29 euros, con la siguiente distribución territorial y funcional, imputándose el gasto exclusivamente al ejercicio presupuestario 2023:

Almería 30.000,00
Cádiz 27.000,00
Córdoba 34.164,00
Granada 34.164,00
Huelva 34.164,00
Jaén 34.164,00
Málaga 34.164,00
Sevilla 48.999,29
Suma 276.819,29
Autonómico - Programas 215.000,00
Autonómico - Centro de recursos 168.000,00
TOTAL 659.819,29

(Cifra en euros)

Sevilla, 10 de octubre de 2023

MARÍA DOLORES LÓPEZ GABARRO
Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias 
e Igualdad
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