Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad - Disposiciones generales (BOJA nº 2023-192)

Resolución de 2 de octubre 2023, de la Secretaría General de Familias, Igualdad, Violencia de Género y Diversidad, por la que se da publicidad al incremento de crédito disponible para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a formación, estudios y publicaciones en materia de violencia de género.

Mediante Orden de 31 de mayo de 2022 (BOJA núm. 106, de 6.6.2022), de la entonces Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a formación, estudios y publicaciones en materia de violencia de género.

La disposición adicional única de la citada orden dispone que se delega en la persona titular del órgano directivo competente en materia de violencia de género la competencia para convocar, mediante resolución, las subvenciones reguladas en la presente orden, aprobar los sucesivos formularios de solicitud así como otros trámites a realizar por las personas solicitantes. Asimismo, el Decreto 161/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, establece en su artículo 6.4 que corresponde a la persona titular de la Secretaría General de Familias, Igualdad, Violencia de Género y Diversidad, entre otras funciones, el impulso, fomento de la colaboración y seguimiento de las actuaciones de formación general e investigación en materia relacionada con la violencia de género en el ámbito competencial de esta Consejería.

Con fecha 11 de julio de 2023, mediante Resolución de la Secretaría General de Familias, Igualdad, Violencia de Género y Diversidad (BOJA Número 138, de 20 de julio de 2023), se convoca para el ejercicio 2023, la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva,destinadas a formación y a estudios y publicaciones en materia de violencia de género, con la cuantía de 200.000 € con cargo a créditos provenientes de la Administración General del Estado a través del Pacto de Estado contra la Violencia de Género:

LÍNEA PARTIDA PRESUPUESTARIA CUANTÍA MÁXIMA
Línea 1. Formación. 1800180000G/31T/48002/00 S0689 150.000
Línea 2. Estudios y publicaciones. 1800180000G/31T/48002/00 S0689 50.000

De conformidad con lo establecido en el artículo 10.d) del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de concesión de subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, en el apartado segundo de la Resolución de convocatoria, «Créditos Adicionales», se establece la posibilidad de ampliar la presente convocatoria con las siguientes cuantías adicionales máximas:

LÍNEA CUANTÍA ADICIONAL MÁXIMA
Línea 1. Formación. 350.000
Línea 2. Estudios y publicaciones. 100.000

Quedando condicionada la efectividad de estas cuantías adicionales a la declaración de disponibilidad de crédito, previa aprobación de la modificación presupuestaria que proceda en un momento anterior, en cualquier caso, a la resolución de concesión de la subvención.

Habiéndose realizado la correspondiente modificación presupuestaria, se dispone de crédito por un importe de 450.000 €, con el objetivo de ampliar los créditos destinados a la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a formación y a estudios y publicaciones en materia de violencia de género, aprobada por Resolución del 11 de julio de 2023, con cargo a la partida presupuestaria de gastos: 1800180000 G/31T/48002/00 S0689.

Visto lo expuesto, y de conformidad con el artículo 6.4 del Decreto 161/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, con el artículo 10.d) del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de concesión de subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía y el artículo 5.4 de la Orden de 20 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía, para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva. Todo ello para el conocimiento y justificación de la competencia en virtud de la que se adoptará, esta resolución

RESUELVE

Único. Dar publicidad, con carácter previo a la resolución de concesión de las ayudas y en los mismos medios que la convocatoria, al incremento de crédito disponible por una cuantía adicional de 450.000 euros para la financiación de las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a formación y a estudios y publicaciones en materia de violencia de género, aprobada por Resolución del 11 de julio de 2023.

Dicha cuantía se ejecutará con cargo a la partida presupuestaria 1800180000 G/31T/48002/00 S0689 con la siguiente distribución funcional, imputándose el gasto exclusivamente al ejercicio presupuestario 2023. Y sin que tal publicidad lleve aparejada la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes, ni de publicación de la resolución correspondiente.

LÍNEA CUANTÍA ADICIONAL MÁXIMA
Línea 1. Formación. 350.000
Línea 2. Estudios y publicaciones. 100.000
TOTAL 450.000

La presente resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 2 de octubre de 2023.- La Secretaria General, María Concepción Cardesa Cabrera.

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