Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional - Otras disposiciones (BOJA nº 2023-187)

Orden de 8 de septiembre de 2023, por la que se concede la autorización para impartir enseñanzas deportivas de régimen especial en la modalidad semipresencial al Centro Autorizado de enseñanzas deportivas Técnicos Deportivos «Al-Ándalus». (PP. 2786/2023).

Visto el expediente tramitado a instancia de don Antonio Gallardo Martínez en calidad de administrador único del Centro de Técnicos Deportivos «Al-Ándalus», con código 21006956, con domicilio en Plaza de la Seguirilla, núm. 20, 5.º A, C.P. 21006 de Huelva, solicitando autorización para impartir enseñanzas deportivas de régimen especial del bloque común de Técnico Deportivo Grado Medio (LOE) de las modalidades deportivas de Atletismo, Baloncesto, Judo y Defensa Personal y Salvamento y Socorrismo, las enseñanzas del bloque específico de Técnico Deportivo de Grado Medio de Baloncesto, así como de las enseñanzas del bloque complementario de Técnico Deportivo de Grado Medio de Fútbol y del bloque complementario de Técnico Deportivo de Grado Superior de Fútbol Sala, en la modalidad semipresencial, conforme a lo dispuesto en la disposición transitoria única del Decreto 539/2022, de 2 de noviembre, por el que se deroga el Decreto 359/2011, de 7 de diciembre, por el que se regulan las modalidades semipresencial y a distancia de las enseñanzas de Formación Profesional Inicial, de Educación Permanente de Personas Adultas, especializadas de Idiomas y Deportivas, se crea el Instituto de Enseñanzas a Distancia de Andalucía y se establece su estructura orgánica y funcional, a través de la cual se regula transitoriamente el Capítulo VI del Decreto 359/2011, de 7 de diciembre.

Vistos la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre, por el que se configuran como enseñanzas de régimen especial las conducentes a la obtención de titulaciones de técnicos deportivos, se aprueban las directrices generales de los títulos y de las correspondientes enseñanzas mínimas; el Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial; el Decreto 55/2012, de 6 de marzo, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial en Andalucía; la Orden de 5 de septiembre de 2012, por la que se desarrolla el currículo del bloque común de las enseñanzas deportivas de régimen especial en Andalucía; Real Decreto 878/2011, de 24 de junio, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Salvamento y Socorrismo y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso; Real Decreto 980/2015, de 30 de octubre, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Baloncesto y se fijan su currículo básico y los requisitos de acceso, y se modifica el Real Decreto 669/2013, de 6 de septiembre, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Atletismo y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso; Real Decreto 980/2015 de 30 de octubre, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Baloncesto; Real Decreto 706/2011, de 20 de mayo, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Judo y Defensa Personal y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso; Real Decreto 320/2000, de 3 de marzo, por el que se establecen los títulos de Técnico Deportivo y Técnico Deportivo Superior en las especialidades de Fútbol y Fútbol Sala, se aprueban las correspondientes enseñanzas mínimas y se regulan las pruebas y los requisitos de acceso a estas enseñanza; Decreto 539/2022, de 2 de noviembre, por el que se deroga el Decreto 359/2011, de 7 de diciembre, por el que se regulan las modalidades semipresencial y a distancia de las enseñanzas de Formación Profesional Inicial, de Educación Permanente de Personas Adultas, especializadas de Idiomas y Deportivas, se crea el Instituto de Enseñanzas a Distancia de Andalucía y se establece su estructura orgánica y funcional y demás normas de vigente aplicación, a propuesta de la Dirección General de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación Educativa, y en virtud de las facultades establecidas en la disposición transitoria única del Decreto 539/2022, de 2 de noviembre, que regula transitoriamente el artículo 30.2 del Decreto 359/2011, de 7 de diciembre.

Resultando que el expediente de autorización ha sido instruido de conformidad con lo establecido en la disposición transitoria única del Decreto 539/2022, de 2 de noviembre, a través de la cual se regula transitoriamente el artículo 29 del Decreto 359/2011, de 7 de diciembre, en virtud del cual se emitió informe favorable, preceptivo y vinculante, de la Dirección General de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación Educativa de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de la Junta de Andalucía respecto de los requisitos establecidos en la Disposición transitoria única del Decreto 539/2022, de 2 de noviembre, que regula transitoriamente, los artículos 26 y 27 del mencionado Decreto 359/2011, de 7 de diciembre, así como respecto de los requisitos descritos en la Disposición adicional tercera de la Orden de 21 de junio de 2012, por la que se regula la organización y el funcionamiento del Instituto de Enseñanzas a Distancia de Andalucía, el horario del profesorado y la admisión y matriculación del alumnado.

A la vista de las valoraciones motivadas en el informe previamente mencionado, la Dirección General competente en la modalidad de enseñanza a distancia formuló propuesta de resolución favorable a la persona titular de la Consejería competente en materia de educación, previa cumplimentación del trámite de audiencia en virtud de lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

DISPONGO

Primero. Conceder la autorización al Centro Autorizado de Técnicos Deportivos «Al-Ándalus», con código 21006956, y domicilio en Plaza de la Seguirilla, núm. 20, 5.º A, C.P. 21006 de Huelva, para la impartición, en la modalidad semipresencial, de las enseñanzas deportivas de régimen especial de las siguientes titulaciones y modalidades deportivas y para las siguientes sedes.

TÉCNICO DEPORTIVO DE GRADO MEDIO DE ATLETISMO, BALONCESTO, JUDO Y DEFENSA PERSONAL Y SALVAMENTO Y SOCORRISMO (LOE)
(Bloque común)
Sede Modalidad Puestos escolares
Alhendín
(Granada)
Semipresencial 60 puestos escolares (2 unidades)
Aljaraque, Aracena, Huelva, Lepe, Moguer
y Valverde del Camino
(Huelva)
Semipresencial 60 puestos escolares (2 unidades)
Almonte
(Huelva)
Semipresencial 240 puestos escolares (8 unidades)
Jaén, Linares y Martos
(Jaén)
Semipresencial 60 puestos escolares (2 unidades)
Arahal, Cañada del Rosal, Pilas
(Sevilla)
Semipresencial 60 puestos escolares (2 unidades)
Sevilla Semipresencial 180 puestos escolares (6 unidades)
Utrera
(Sevilla)
Semipresencial 120 puestos escolares (6 unidades)
Puerto Real
(Cádiz)
Semipresencial 60 puestos escolares (2 unidades)
TÉCNICO DEPORTIVO DE GRADO MEDIO DE BALONCESTO (LOE)
(Bloque específico)
Sede Modalidad Puestos escolares
Alhendín
(Granada)
Semipresencial 60 puestos escolares (2 unidades)
Aljaraque, Almonte,Aracena, Huelva, Lepe, Moguer y Valverde del Camino
(Huelva)
Semipresencial 60 puestos escolares (2 unidades)
Jaén, Linares y Martos
(Jaén)
Semipresencial 60 puestos escolares (2 unidades)
Arahal, Cañada del Rosal, Pilas, Sevilla, Utrera
(Sevilla)
Semipresencial 60 puestos escolares (2 unidades)
Puerto Real
Cádiz)
Semipresencial 60 puestos escolares (2 unidades)

TÉCNICO DEPORTIVO DE GRADO MEDIO DE FÚTBOL (LOGSE)
(Bloque complementario)
Sede Modalidad Puestos escolares
Alhendín (Granada) Semipresencial 70 puestos escolares (2 unidades)
Aljaraque, Almonte,Aracena, Huelva, Moguer y Valverde del Camino
(Huelva)
Semipresencial 70 puestos escolares (2 unidades)
Lepe
(Huelva)
Semipresencial 140 puestos escolares (4 unidades)
Jaén, Linares y Martos
(Jaén)
Semipresencial 70 puestos escolares (2 unidades)
Arahal, Cañada del Rosal, Pilas, Utrera
(Sevilla)
Semipresencial 60 puestos escolares (2 unidades)
Sevilla Semipresencial 140 puestos escolares (4 unidades)
Puerto Real
(Cádiz)
Semipresencial 70 puestos escolares (2 unidades)

TÉCNICO DEPORTIVO DE GRADO SUPERIOR DE FÚTBOL SALA (LOGSE)
(Bloque complementario)
Sede Modalidad Puestos escolares
Alhendín
(Granada)
Semipresencial 35 puestos escolares (1 unidad)
Aljaraque, Almonte, Aracena, Huelva, Lepe, Moguer y Valverde del Camino
(Huelva)
Semipresencial 35 puestos escolares (1 unidad)
Jaén, Linares y Martos
(Jaén)
Semipresencial 35 puestos escolares (1 unidad)
Arahal, Cañada del Rosal, Pilas, Sevilla, Utrera (Sevilla) Semipresencial 35 puestos escolares (1 unidad)

Contra la presente orden, que agota la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y el artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 8 de septiembre de 2023

PATRICIA DEL POZO FERNÁNDEZ
Consejera de Desarrollo Educativo 
y Formación Profesional
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