Consejería de Turismo, Cultura y Deporte - Otras disposiciones (BOJA nº 2023-183)

Decreto 238/ 2023, de 19 de septiembre, por el que se inscribe en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Monumento, el inmueble denominado Ermita de Nuestra Señora de las Angustias, en Nerja (Málaga).

I. En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 de la Constitución Española, el Estatuto de Autonomía para Andalucía establece en su artículo 10.3.3.º que la Comunidad Autónoma ejercerá sus poderes con el objetivo básico del afianzamiento de la conciencia de identidad y cultura andaluza a través del conocimiento, investigación y difusión del patrimonio histórico, antropológico y lingüístico. Para ello, el artículo 37.1.18.º preceptúa que se orientarán las políticas públicas a garantizar y asegurar dicho objetivo básico mediante la aplicación efectiva, como principio rector, de la conservación y puesta en valor del patrimonio cultural, histórico y artístico de Andalucía; estableciendo a su vez el artículo 68.3.1.º que la Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva sobre protección del patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 149.1.28.ª de la Constitución.

En ejercicio de la competencia atribuida estatutariamente, el Parlamento de Andalucía aprobó la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, en la que, entre otros mecanismos de protección, en el artículo 6 se constituye el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como instrumento para la salvaguarda de los bienes en él inscritos, su consulta y divulgación, atribuyéndose a la Consejería competente en materia de patrimonio histórico la formación, conservación y difusión del mismo. Asimismo, en el artículo 9 se regula la tramitación de los procedimientos de inscripción en el citado Catálogo, incluyéndose en el artículo 25 entre las tipologías de los inmuebles que serán objeto de inscripción la de los Monumentos, definidos en el artículo 26 de la misma norma como los edificios y estructuras de relevante interés histórico, arqueológico, paleontológico, artístico, etnológico, industrial, científico, social o técnico, con inclusión de los muebles, instalaciones y accesorios que expresamente se señalen.

Por su parte, el artículo 2 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por el Decreto 4/1993, de 26 de enero, y declarado vigente por la disposición derogatoria única de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, atribuye a la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de bienes culturales referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz, correspondiendo a la Consejería, de acuerdo con el artículo 3.3 del citado Reglamento, proponer al Consejo de Gobierno la declaración de Bienes de Interés Cultural, y competiendo, según el artículo 1.1 del Reglamento, a este último dicha declaración. El artículo 7.2 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, dispone la forma de inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, indicando que se podrá realizar de manera individual o colectiva.

El artículo 9 de dicha ley regula el procedimiento de inscripción, correspondiendo la resolución del procedimiento al Consejo de Gobierno, y añadiendo el artículo 11 que la inscripción de un Bien de Interés Cultural en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz podrá llevar aparejado el establecimiento de instrucciones particulares.

II. La Ermita de Nuestra Señora de las Angustias, construida en estilo barroco durante la segunda década del siglo XVIII, presenta destacados y diversos valores de orden arquitectónico, histórico, artístico y etnológico. En el edificio confluye un amplio espectro de técnicas pertenecientes a diversos estilos arquitectónicos fruto de las sucesivas modificaciones que también han afectado al entorno, inicialmente rural y que ha evolucionado, con el tiempo, a urbano.

Por otro lado, la ermita alberga en su interior un programa pictórico barroco de gran calidad realizado por autores pertenecientes a la escuela granadina, conformada por el influjo de Alonso de Cano. La serie de bienes muebles vinculados aportan relevancia al inmueble, destacando el grupo escultórico de la Virgen de las Angustias, atribuido a José Navas-Parejo y Aurelio López Azaustre; además del retablo, trazado por Fernando Prini Betés. Igualmente son relevantes las piezas de orfebrería del siglo XIX labradas por el platero malagueño Miguel Orfila y por la Real Fábrica de Platería Martínez, de Madrid. La citada imagen de la Virgen de Las Angustias, al ser patrona de Nerja y poseer un enraizado culto popular, añade y presenta significativos valores etnológicos, como símbolo identitario y devocional de la población.

Desde el punto de vista histórico el edificio está relacionado con la producción de azúcar, de gran relevancia en Nerja desde el siglo XVI y que propicia, al inicio del siglo XVIII, la construcción del inmueble, ostentando el patronato y capellanía la familia López Enríquez de Alcántara y Alférez y Velasco, propietaria de un importante ingenio situado en las cercanías de la futura ermita, dedicada a la advocación de las Angustias, de origen granadino, como sus mecenas.

III. La Delegación Territorial de Cultura y Patrimonio Histórico en Málaga, mediante Resolución de 14 de junio de 2022 (publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, número 196, de 11 de octubre de 2022), incoó procedimiento para la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, tipología Monumento, del inmueble denominado Ermita de Nuestra Señora de las Angustias, en Nerja (Málaga), siguiendo la tramitación establecida en la Ley 14/2007, de 26 de noviembre.

La Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Málaga emitió informe favorable a la inscripción del referido bien en su sesión de 21 de octubre de 2022, cumpliendo así con lo previsto en el artículo 9.6 de la citada ley.

De acuerdo con la legislación aplicable se cumplimentaron los trámites preceptivos de información pública, mediante Resolución de 14 de junio de 2022 de la Delegación Territorial de Cultura y Patrimonio Histórico en Málaga, por la que quedó incoado el procedimiento, y de audiencia al Ayuntamiento de Nerja, habiéndose presentado escrito de alegación que fue contestado por la Delegación Territorial de la Consejería en Málaga, siendo estimado, según consta en el expediente y en el presente decreto.

Terminada la instrucción del procedimiento, de conformidad con el artículo 9 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, procede inscribir en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, tipología Monumento, el inmueble denominado Ermita de Nuestra Señora de las Angustias, en Nerja (Málaga), que se describe en el anexo al presente decreto.

En relación a lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía, procede instar el asiento de este inmueble en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados, creado por Decreto 2/2004, de 7 de enero. Así mismo, de acuerdo con el artículo 12 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, procede el asiento gratuito de la inscripción en el Registro de la Propiedad correspondiente.

En virtud de lo expuesto y de acuerdo con lo establecido en los artículos 3 y 9.7.a) de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, en relación con el artículo 1.1 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía y el Decreto 159/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, a propuesta del Consejero de Turismo, Cultura y Deporte y previa deliberación, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 19 de septiembre de 2023,

ACUERDA

Primero. Inscribir en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, tipología Monumento, el inmueble denominado Ermita de Nuestra Señora de las Angustias, en Nerja (Málaga), cuya descripción figura en el anexo al presente decreto.

Segundo. Inscribir en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz el entorno del bien, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 27 y 28 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre. Dicho entorno abarca los espacios públicos y privados, las parcelas, inmuebles y elementos urbanos comprendidos dentro de la delimitación que figura en el anexo y, gráficamente, en el plano de delimitación del bien y su entorno.

Tercero. Inscribir en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bienes de Interés Cultural, por su vinculación con el inmueble, cada uno de los bienes muebles que se describen y relacionan en el anexo al presente decreto.

Cuarto. Instar la inscripción en el Registro de la Propiedad correspondiente y en el Registro Autonómico de Instrumentos de planeamiento, de convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados, a través de su inclusión en el catálogo urbanístico del municipio afectado.

Quinto. Hacer saber a los propietarios, titulares de derechos y simples poseedores de los bienes que tienen el deber de conservarlos, mantenerlos y custodiarlos, de manera que se garantice la salvaguarda de sus valores. Asimismo, deberán permitir su inspección por las personas y órganos competentes de la Junta de Andalucía, así como su estudio por las personas investigadoras acreditadas por la misma.

Sexto. Dar traslado a la Administración General del Estado para su constancia en el registro correspondiente.

Séptimo. Ordenar que el presente decreto se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, desde el día siguiente al de su publicación, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dicta en el plazo de un mes, conforme a los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en los artículos 10.1.a), 14.1. regla primera y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 19 de septiembre de 2023

JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
CARLOS ARTURO BERNAL BERGUA
Consejero de Turismo, Cultura y Deporte

ANEXO

I. Denominación.

Ermita de Nuestra Señora de las Angustias.

II. Localización.

Provincia: Málaga.

Municipio: Nerja.

Dirección: Plaza de la Ermita, núm. 11.

III. Descripción.

La Ermita de Nuestra Señora de las Angustias es un edificio de gran sencillez y airosas proporciones, construido en mampostería y ladrillo, carece de cimentación, estando levantado directamente sobre el suelo de tablazo en que se asienta. Los muros están realizados con mampuestos dispuestos entre machos de ladrillo, trabados con la tierra roja que colmata las oquedades (cucones en la terminología local) del conglomerado calcáreo y, para reforzarlos y hacer más resistente la obra, se intercalan cada cierta altura verdugos formados por tres hileras de ladrillo; toda la mampostería está revocada con mezcla de cal y arena, mientras que los ladrillos quedan vistos, sin ningún tipo de recubrimiento. Sobre los muros se alzan armaduras de madera, ocultas para el espectador, que exteriormente están cerradas con tejados de tejas a una, tres o cuatro aguas, según la zona; a estas armaduras se adhieren las guarniciones que permiten el montaje de las bóvedas fingidas de medio cañón o semiesférica con que se cubre interiormente la ermita.

En sus inicios el edificio estaba conformado por una nave de planta rectangular con dependencias anejas. Posteriormente se añade un camarín-cripta por su lado noreste; se da más altura a la capilla mayor, cuyo volumen sobresale exteriormente; se oculta la armadura de la nave con bóveda fingida de cañón con lunetos; se cubre la capilla mayor con bóveda fingida semiesférica sobre pechinas y se añade el arco triunfal sobre pilastras, separando la nave y la capilla mayor. La solería, originalmente de baldosas de barro cocido, fue sustituida alrededor de 1905 por otra de mármol blanco y negro, formando una trama de ajedrezado en disposición romboidal, que se mantiene en el presente, con la salvedad de la reposición de piezas dañadas.

El aspecto exterior del inmueble se transforma mediante la construcción de un pórtico a mediados del siglo XIX, de aire neoclásico. Igualmente en dicha época se encalaron tanto el exterior de la ermita como algunas partes del interior, permaneciendo de este modo los muros hasta las intervenciones realizadas entre 2004 y 2019.

Cuando la ermita se bendijo, en 1720, se alzaba solitaria en un solar cerca del ingenio azucarero, a mitad de camino entre el río y el núcleo urbano de la Nerja actual. Posteriormente, el Ayuntamiento de Vélez-Málaga, bajo cuya jurisdicción se encontraba entonces Nerja, concedería autorización para labrar algunas casas en el entorno de la ermita que darían lugar a la configuración de un espacio urbano, conocido desde la segunda mitad del siglo XVIII, con el nombre de Plaza de las Angustias o Plazuela de la Ermita y que experimentaría un crecimiento más acusado desde mediados del siglo XIX.

La nave es de planta rectangular, cubierta con falsa bóveda de medio cañón, con dos lunetos y se accede a ella por una puerta con arco de medio punto sobre el que existe una ventana cuadrada con vidriera emplomada representando una cruz con sudario con una rosa inscrita en una corona de espinas, símbolo de Jesucristo, y un corazón llameante atravesado por siete puñales, símbolo de la cofradía de la Virgen de las Angustias. Bajo el luneto del muro sudoriental hay una ventana que se abrió en sustitución de un pequeño óculo o ventanal redondo, con vidriera emplomada, en la que se representa la Anunciación, fechada en Málaga en 1998. El luneto opuesto está ciego y bajo el mismo existió una puerta, hoy tapiada, que comunicaba la nave con la vivienda del ermitaño. El arco triunfal que da acceso a la capilla mayor es de medio punto y apea sobre sendas pilastras toscanas, coronadas por una cornisa que se prolonga recorriendo el muro por la base de la bóveda, y marca el arranque de la misma, diferenciándola claramente de los muros.

La capilla mayor es de planta es cuadrada, cubierta con bóveda semiesférica sobre pechinas orientadas a los cuatro puntos cardinales; en ella, sobre una plataforma elevada, se encuentra el altar. En el muro sudoriental se abre un ventanal cuadrado con vidriera emplomada representando al Arcángel San Miguel, de la misma fecha de realización que la citada para la nave.

El tercer espacio que conforma la ermita es el camarín, bajo el que hay una cripta que fue posiblemente concebida para sepultura de los miembros de la familia fundadora. En 1786, Carlos III prohibió los enterramientos en el interior de las iglesias, salvo los de quienes en ese momento poseyeran sepultura propia y obligó construir cementerios en las afueras de las poblaciones; como consecuencia, hacia 1797, se construyó un cementerio en un solar cercano a la ermita. No obstante, la actividad en la cripta de la ermita debió continuar, pues ya en 1848 el obispo de Málaga advertía al Ayuntamiento de Nerja que no se extrajeran «los restos de los cadáveres sepultados en su bóveda», ni se enterraran otros nuevos.

El camarín propiamente dicho es un espacio elevado, tras el altar que alberga la imagen de la Virgen de Las las Angustias, propiciando la idea de una aparición. De planta cuadrada y cubierto bóveda de ocho paños, corresponde con el tipo de camarín denominado camarín-torre, accediéndose a él de forma indirecta por una escalera, pues se eleva unos 2 metros sobre el suelo de la capilla mayor. Hace varias décadas se colocó en su interior una construcción de carpintería con aplicaciones de roleos dorados -constituyendo, en realidad, un nuevo camarín dentro del anterior-, con espejos y ángeles niños de porcelana de Alcora. La boca del camarín es amplia y tiene, también, arco de medio punto. Las ventanas laterales están cerradas por vidrieras emplomadas, representándose la Asunción de la Virgen en la del muro noroccidental y la Visitación de la Virgen a su prima Santa Isabel en la del muro nororiental.

En la última y reciente intervención se ha recuperado el primitivo pórtico decimonónico, reconstruyéndolo a partir de la documentación gráfica existente.

El edifico anexo cuenta interiormente con dos zonas diferenciadas. En la planta baja, con entrada desde el exterior, se encuentra el cuarto tradicionalmente dedicado a vivienda del ermitaño que estuvo conectado con la nave de la ermita por medio de una puerta cegada en la década de 1970. A continuación, la sacristía, que hace las veces de antecamarín, comunicada con la capilla mayor por medio de una puerta, de la que parten sendas escaleras que conducen a la cripta y al camarín. Esta sacristía estaba decorada con pinturas murales que han quedado al descubierto, aunque muy deterioradas. En la planta superior, a la que se accede por medio de unas escaleras, hay dos estancias que debieron estar reservadas para los patronos de la ermita, pues una de ellas disponía de tribuna abierta a la capilla mayor hasta la década de 1960 y a partir de entonces está cegada.

Una parte importante del interior de la ermita de Nuestra Señora de las Angustias está decorada con pinturas murales, siguiendo una práctica muy común durante el barroco, consistente en cubrir los muros y bóvedas, así como otros elementos arquitectónicos, con una combinación de escenas de carácter religioso y motivos ornamentales, conformando verdaderos conjuntos pictóricos. La capilla mayor tiene decoradas en su totalidad la cúpula, las pechinas y los muros, mientras que la nave cuenta con algunos restos de carácter ornamental; el arco triunfal que separa los dos espacios citados está completamente cubierto por pinturas donde se entremezclan lo iconográfico y lo ornamental. Estas pinturas fueron realizadas en distintos momentos del siglo XVIII, constituyendo conjuntos decorativos realizados por diferentes pintores. Las pilastras y el arco triunfal tienen capiteles pintados con el mismo motivo de las molduras que se distribuyen por la nave y la capilla mayor de la ermita, imitando mármoles. Los fustes muestran una decoración de roleos en grisalla sobre fondo verde, así como seis cartelas de forma ovalada que contienen las alegorías de otras tantas virtudes teologales y cardinales. En la pilastra del lado del Evangelio se representan las tres virtudes teologales con sus respectivos atributos: la Fe, con los ojos vendados, sostiene una cruz y porta un cáliz; la Esperanza, vestida de verde, sujeta un ancla, y la Caridad, que está representada como una matrona vestida de rojo con tres niños, a cuyos pies llamea un corazón. En la pilastra del lado de la Epístola se representan tres de las cuatro virtudes cardinales: la Justicia, con espada y balanza; la Fortaleza, con maza y columna, y la Templanza, escanciando una copa. Excepto la Justicia que está de pie, las demás figuras se encuentran sentadas sobre nubes, en una posición muy similar a la que presentan los cuatro evangelistas en las pechinas. El arco triunfal, que apea sobre las dos pilastras y da paso a la capilla mayor, está, asimismo, decorado con roleos en grisalla sobre fondo verde. En el intradós del arco vuelan ocho ángeles que portan los instrumentos de la Pasión. En la clave, dos ángeles sostienen una cartela en la que se han conservado restos de color que permiten intuir un corazón llameante, emblema de la advocación de las Angustias. El otro elemento es el escudo de los Enríquez, que se encuentra duplicado de manera especular a ambos lados de la parte frontal del arco. Delante del arco triunfal, en la bóveda que cubre la nave, hay una cartela en grisalla en la que reza la siguiente inscripción: «SE BENDIXO ESTA IGLESIA 1720». Esta cartela forma parte de la segunda decoración pictórica y, por lo tanto, se pintó varios años después de la fecha que contiene.

En la cúpula de la capilla mayor figura una escena de Pentecostés y en las pechinas están representados los cuatro evangelistas, mientras que las paredes laterales están recubiertas de una exuberante decoración de roleos en grisalla sobre fondo azul, de forma que toda la capilla semeja un exquisito joyero. La cúpula tiene una base con dos anillos de molduras pintadas imitando mármoles y, entre ambos, hay un friso decorado con grisallas de roleos y máscaras, un trampantojo con el que se pretende dar la impresión de que la cúpula descansa sobre un tambor. Sobre todo ello se asienta un pretil pintado, decorado también con roleos de jugosas hojas de acanto, dividido en siete paños unidos por ocho pedestales, en torno al que se organiza la escena de Pentecostés, mostrando una visión propia del Renacimiento y el Barroco. El pretil se interrumpe en una abertura tras la cual, sobre unos escalones, está sentada la Virgen María, con manto azul, la cabeza cubierta con toca y coronada por diez estrellas, las manos sobre el pecho y la mirada dirigida al cielo en señal de entrega; a sus pies hay dos ángeles niños, y a derecha e izquierda se disponen los apóstoles en diferentes posturas en dos grupos de seis, así como el resto de personajes participantes en la composición. Sobre todos ellos se abre el cielo lleno de nubes algodonosas donde vuelan ángeles y en lo alto, en la clave de la cúpula, se encuentra la paloma del Espíritu Santo, de la que descienden lenguas de fuego y haces de luz dorados; el número total de figuras representadas es de cuarenta. En las pechinas se representan los cuatro evangelistas: en la pechina norte, San Juan; en la sur, San Lucas; en la este, San Mateo y en la oeste, San Marcos. Cada uno de ellos está sentado sobre una nube que reposa en una ménsula pintada, acompañado de su símbolo, y sobre sus cabezas cuelgan unos cortinajes sujetos por argollas que enmarcan el espacio por la parte superior.

Posteriormente, a partir de 1853, cuando el ayuntamiento realizó reformas y obras de adecentamiento, tanto los roleos sobre fondo azul de las paredes laterales de la capilla mayor como las guirnaldas que se realizaron en la nave en el último cuarto del siglo XVIII, se encalaron de amarillo, y, sucesivamente, de gris, azul y blanco, dado el rechazo que el gusto decimonónico mostró por las decoraciones murales barrocas. Poco después se cubrieron las virtudes y roleos sobre fondo verde de las pilastras, y, en la segunda mitad del siglo XX, el arco triunfal, las molduras de la nave y la cartela con la fecha de bendición de la ermita.

El actual retablo de la ermita, situado en la capilla mayor, enmarcando la desembocadura del camarín de la Virgen de las Angustias, fue trazado por Fernando Prini Betés y realizado en 1986 en el taller sevillano del tallista Antonio Díaz, correspondiendo el dorado a Luis Sánchez. El retablo es de estilo neobarroco y se inspira parcialmente en el anterior; está realizado en madera tallada, dorada y policromada, y rematado por un ángel que porta un corazón con siete puñales, emblema de la Cofradía de las Angustias. En los nichos laterales se encuentran las imágenes de San Nicolás (lado del Evangelio) y Santa Teresa de Jesús (lado de la Epístola), reemplazando esta última a la de Santa Bárbara que se encontraba en el mismo lugar del retablo antiguo.

IV. Delimitación del Bien.

La delimitación de la Ermita de Nuestra Señora de las Angustias de Nerja comprende la parcela 01 de la manzana 17767. La referencia catastral de la mencionada parcela es 1776701VF2617N0001JE.

V. Delimitación del entorno.

El espacio afectado por el ámbito de delimitación del entorno de protección afecta exclusivamente al espacio público circundante del bien, según se muestra en el plano anexo de delimitación del bien y su entorno.

VI. Bienes muebles.

1. Denominación: Talla de la Virgen de las Angustias. Clasificación: escultura. Materia: madera. Técnica: tallado y policromado. Autor: atribuida a Aurelio López Azaustre. Dimensiones: 1,60 x 1,40 x 0,90 m. Cronología: segunda mitad del siglo XX. Localización: Retablo de Nuestra Señora de las Angustias. Camarín.

2. Denominación: Corona imperial de la Virgen de las Angustias. Clasificación: orfebrería. Materia: plata. Técnica: cincelada y repujada. Autor: Miguel Orfila. Dimensiones: 35 x 18 cm. (Dm). Cronología: 1853. Localización: Retablo de la Virgen de las Angustias. Virgen de las Angustias.

3. Denominación: Media luna de la Virgen de las Angustias. Clasificación: orfebrería. Materia: plata. Técnica: cincelada y repujada. Autor: Real Fábrica de Platería Martínez. Dimensiones: 44 x 55 cm. Cronología: 1862. Localización: Retablo de la Virgen de las Angustias. Virgen de las Angustias.

4. Denominación: Cruz de la Virgen de las Angustias. Clasificación: orfebrería. Materia: plata. Técnica: cincelada y repujada. Autor: Anónimo. Dimensiones: 1,95 x 1,10 m. Cronología: desconocida. Localización: Retablo de la Virgen de las Angustias. Camarín.

5. Denominación: Busto de la Virgen de las Angustias. Clasificación: escultura. Materia: madera. Autor: Taller de José Navas-Parejo (rostro) y Raúl Trillo (busto). Dimensiones 56 x 40 x 25 cm. Cronología: mediados del siglo XX (rostro) y 2005 (busto). Localización: Lado de la Epístola. Hornacina.

VII. Cartografía.

La cartografía base utilizada es la Cartografía Catastral. Servicio WMS. Sede Electrónica del Catastro, 2022. Callejero Digital de Andalucía Unificado (CDAU). Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía.

Descargar PDF

"" https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php Lista creada! La lista ha sido creada y la noticia añadida correctamente. Lista modificada! El título de la lista ha sido modificada correctamente. Eliminar lista: @text@ ¿Estás seguro de que quieres eliminar esta lista? Todas las noticias que contiene serán desmarcadas. Lista eliminada! La lista ha sido eliminada correctamente. Error! Error al eliminar la lista. Aceptar Cancelar https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde.
13916 {"title":"Consejería de Turismo, Cultura y Deporte - Otras disposiciones (BOJA nº 2023-183)","published_date":"2023-09-22","region":"andalucia","region_text":"Andalucía","category":"boa","category_text":"Boletin Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-andalucia","id":"13916"} andalucia BOJA,BOJA 2023 nº 183,Consejería de Turismo, Cultura y Deporte,Otras disposiciones https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php Resaltar Quitar resaltado https://govclipping.com/es/andalucia/boa/2023-09-22/13916-consejeria-turismo-cultura-deporte-otras-disposiciones-boja-n-2023-183 https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.