Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos - Otras disposiciones (BOJA nº 2023-144)
Decreto 195/2023, de 25 de julio, por el que se acepta la cesión gratuita de uso a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía, acordada por el Ayuntamiento de Vícar (Almería), del inmueble de titularidad municipal denominado «Ciudad de Vícar», sito en calle Jaspe esquina Camino Real de Vícar, en la barriada de La Gangosa de dicha localidad, como extensión del IES «La Puebla», de dicha localidad, por un plazo de 30 años, y se adscribe a la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.
El Ayuntamiento de Vícar (Almería) ha acordado ceder a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía el uso gratuito del inmueble de titularidad municipal denominado «Ciudad de Vícar», sito en calle Jaspe esquina Camino Real de Vícar, en la barriada de La Gangosa de dicha localidad, como extensión del IES «La Puebla», de dicha localidad, por un plazo de 30 años.
La Consejería competente en materia de educación ha mostrado su conformidad con la referida cesión de uso en los términos que se establecen en el presente decreto.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión celebrada el día 25 de julio de 2023,
DISPONGO
Primero. De conformidad con lo previsto en los artículos 80 y concordantes de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la cesión gratuita de uso acordada por el Ayuntamiento de Vícar del inmueble denominado «Ciudad de Vícar», sito en calle Jaspe esquina Camino Real de Vícar, en la barriada de La Gangosa de dicha localidad, como extensión del IES «La Puebla», de dicha localidad, por un plazo de 30 años.
El inmueble forma parte de la finca inscrita en el Registro de la Propiedad núm. 3 de Roquetas de Mar (Almería), al tomo 1.992, libro 158, folio 11, finca registral número 13.260 y referencia catastral: 3736301WF3733N0001WL.
Segundo. La cesión de uso se formalizará en documento administrativo, según lo dispuesto en el artículo 80 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, aprobado por Decreto 18/2006, de 24 de enero.
Tercero. De acuerdo con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la cesión gratuita de uso del inmueble descrito en el apartado primero, que se adscribe a la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.
Cuarto. Por la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente decreto.
Sevilla, 25 de julio de 2023
JUAN MANUEL MORENO BONILLA | |
Presidente de la Junta de Andalucía | |
CAROLINA ESPAÑA REINA | |
Consejera de Economía, Hacienda y Fondos Europeos |