Antecedentes de hecho Primero. La Diputación Provincial de Castellón solicita la modificación de la autorización del centro público integrado Excelentísima Diputación, código de centro 12001381, por variación en sus instalaciones y en las enseñanzas autorizadas.
Segundo. La Dirección General de Centros Docentes emitió informe favorable, el 17 de diciembre de 2024, sobre la adecuación de las instalaciones propuestas en cuanto a espacios educativos, en base a la legislación aplicable.
Tercero. En fecha 20 de diciembre de 2024, la Dirección Territorial competente de esta conselleria en Castellón emite propuesta favorable que incluye el informe de la Unidad Técnica de Construcciones, de fecha 20 de diciembre de 2024, respecto a las instalaciones, y el informe de la Inspección Territorial, de fecha 20 de diciembre de 2024, relativo al profesorado y sus titulaciones respectivas, de conformidad con la legislación aplicable.
Fundamentos de derecho
Primero. El órgano competente para dictar la presente resolución es la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo, según el artículo 4 del Decreto 166/2024, de 12 de noviembre, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo. Mediante la Resolución de 13 de abril de 2022, se delega dicha competencia en la Secretaría Autonómica de Educación.
Segundo. Vista la normativa aplicable a los centros educativos privados y de conformidad con ésta.
Vistos los antecedentes de hecho y considerados los fundamentos de derecho,
RESUELVO
Primero
Modificar la autorización del centro que a continuación se indica, atendidas las características, enseñanzas y capacidad máxima que se señalan:
Código de centro: 12001381.
Denominación genérica del centro: centro público de Educación Primaria y Secundaria.
Denominación específica del centro: Excelentísima Diputación.
Titularidad: Diputación Provincial de Castellón.
Domicilio: Partida Penyeta Roja, s/n.
Localidad: Castelló de la Plana.
Provincia: Castellón.
Modificación que se autoriza:
Modificación de sus instalaciones y de las enseñanzas autorizadas, de manera que el centro queda configurado, en su totalidad, con la siguiente composición:
4 unidades de Educación Primaria, distribuidas así:
2 unidades de 5º curso y 2 unidades de 6º curso, con 25 puestos escolares cada una.
8 unidades de Educación Secundaria Obligatoria, con 30 puestos escolares cada una.
Segundo
La presente resolución tendrá sus efectos académicos al inicio del próximo curso escolar 2025-2026.
Esta autorización dará lugar a las correspondientes inscripciones en el Registro de centros docentes de la Comunitat Valenciana.
De conformidad con lo que establecen los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y los artículos 10, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer un recurso potestativo de reposición o plantear directamente un recurso contencioso administrativo en los plazos y ante los órganos que se indican a continuación:
a) El recurso de reposición deberá interponerse ante el órgano que ha dictado el acto, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su notificación.
b) El recurso contencioso-administrativo deberá plantearse ante el Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su notificación.
Para las personas interesadas que no sean objeto de notificación, los plazos comenzarán a contar desde el día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
València, 15 de enero de 2025
(p. d. Resolución 13.04.2022; DOGV 9328, 29.04.2022)
Daniel McEvoy Bravo
Secretario autonómico de Educación