Vista la Orden 5/2024, de 2 de mayo, de la Conselleria de Agricultura, Ganadería y Pesca.
Vista la Resolución de 29 de julio de 2024, del director de la Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria (DOGV 9907, 02.08.2024), por la que se convocan dichas ayudas para la anualidad 2024, así como el importe máximo a conceder en virtud de la misma.
Visto que se han desarrollado las actividades de instrucción por el órgano competente y se ha efectuado la valoración de las solicitudes por el órgano colegiado previsto en la base octava del anexo de la Orden 5/2024, de 2 de mayo, habiéndose observado en todos sus trámites el procedimiento establecido, y de acuerdo con el informe emitido por dicha Comisión de Valoración de fecha 18 de octubre de 2024.
Vista la propuesta de resolución formulada por el órgano colegiado que evalúa las solicitudes conforme a la Base Sexta del anexo de la citada orden.
RESUELVO
Primero. Concesión de las ayudas
1. Conceder las ayudas a las actividades de información y promoción de regímenes de calidad agroalimentaria, llevadas a término por grupos de personas productoras, en el marco del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 y correspondientes a la convocatoria 2024, a las entidades y por los importes relacionados en el anexo I «Solicitudes con importe de la ayuda concedida» de la presente propuesta de resolución de concesión, con indicación de los motivos de las minoraciones del importe de la inversión.
2. No conceder las ayudas a las actividades de información y promoción de regímenes de calidad agroalimentaria, llevadas a término por grupos de personas productoras, en el marco del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 y correspondientes a la convocatoria 2024, a las entidades relacionadas en el anexo II «Solicitudes denegadas» de la presente propuesta de resolución de concesión, con indicación de las causas de denegación.
3. Estas ayudas tienen como objeto subvencionar las actividades de promoción y de publicidad, la información y difusión de los requisitos técnicos y científicos sobre los productos, las elaboraciones de planes estratégicos, estudios técnicos, estudios de mercado, estudios de concepción y creación de productos dentro del marco definido en el pliego de condiciones como producto amparado, la elaboración del material divulgativo y de promoción y las actividades dirigidas a organización, patrocinio y/o participación de foros, intercambio de conocimiento entre empresas, concursos, exhibiciones, exposiciones, ferias, visitas educativas y otros eventos.
4. Las presentes ayudas están cofinanciadas por las siguientes administraciones públicas y en los siguientes porcentajes: 60% Unión Europea (FEADER), 16,24% Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), y 23,76% Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca.
5. La dotación presupuestaria es con cargo al capítulo IV de la Sección G0112, Entidad 082, del presupuesto de gastos de la Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria, línea S1436, del ejercicio 2024, por un importe de 580.000 €.
6. La presentación de las correspondientes solicitudes de pago y justificación de las actividades desarrolladas deberá realizarse hasta el 15 de noviembre de 2024.
7. Los beneficiarios de las ayudas deberán cumplir con las obligaciones establecidas en el anexo de la Orden 5/2024, de 2 de mayo, y en el resto de normativa de aplicación.
Segundo. Recursos
La presente resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma puede interponerse potestativamente recurso de reposición ante el director de la Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación o notificación, o directamente recurso contencioso administrativo ante los juzgados de lo contencioso administrativo de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y 46.1 de la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. Todo ello sin perjuicio de que la persona interesada pueda interponer cualquier otro recurso que considere oportuno.
València, 18 de octubre de 2024
(p. d. Acuerdo de 26 de abril de 2012; DOGV 6809, 03.07.2012)
Sabina Goretti Galindo Benito
Directora general del Agua y Desarrollo Rural
ANEXO I
SOLICITUDES CON IMPORTE DE LA AYUDA CONCEDIDA
Expediente | Beneficiario | NIF | Importe total solicitado | Importe inversión auxiliable | Ayuda concedida (70%) |
AGPROM/2024/001 | CRIGP JIJONA Y TURRÓN DE ALICANTE | Q0300538F | 83.600,00 € | 83.597,85 € (2) | 58.518,50 € |
AGPROM/2024/002 | CRDOP ALICANTE | Q5350001C | 81.000,00 € | 81.000,00 € | 56.700,00 € |
AGPROM/2024/004 | CRDOP ARROZ DE VALENCIA | Q9655804D | 60.847,55 € | 60.554,26 € (2) | 42.387,98 € |
AGPROM/2024/006 | CRDOP GRANADA MOLLAR DE ELCHE | S0300143E | 13.854,50 € | 13.854,50 € | 9.698,15 € |
AGPROM/2024/007 | CRDOP VALENCIA | Q9655135C | 140.000,00 € | 140.000,00 € | 98.000,00 € |
AGPROM/2024/008 | CRDOP KAKI RIBERA DEL XÚQUER | Q9650033E | 180.913,63 € | 142.857,14 € (1) | 100.000,00 € |
AGPROM/2024/009 | CRDOP UVA DE MESA EMBOLSADA | V03464799 | 25.575,00 € | 25.575,00 € | 17.902,50 € |
AGPROM/2024/010 | CRDOP UTIEL-REQUENA | Q4621001I | 144.011,06 € | 142.857,14 € (1) | 100.000,00 € |
AGPROM/2024/011 | CRDOP NÍSPEROS CALLOSA D'EN SARRIÀ | V03791530 | 15.036,67 € | 15.036,67 € | 10.525,67 € |
AGPROM/2024/012 | ASSOCIACIÓ VITIVINÍCOLA DE CASTELLÓ | G12561767 | 15.141,00 € | 14.791,00 € (2) | 10.353,70 € |
AGPROM/2024/013 | CRDOP CHUFA DE VALENCIA | Q9655133H | 91.965,50 € | 58.717,67 € (2) | 41.102,37 € |
AGPROM/2024/014 | COMITÉ AGRICULTURA ECOLÓGICA DE LA CV | Q9655775F | 35.700,00 € | 25.696,11 € (2) | 17.987,28 € |
| | TOTAL | 887.644,91 € | 804.537,35 € | 563.176,14 € |
(1) Importe máximo subvencionable = 142.857,14 €
(2) Disminución por moderación de costes
ANEXO II
SOLICITUDES DENEGADAS
Expediente | Beneficiario | NIF | Total puntos | Estado del expediente |
AGPROM/2024/003 | ASOC. ELABORADORES DE CAVA DE REQUENA | G98529183 | 0 | DENEGADO (1) |
AGPROM/2024/005 | ASOPROA (ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES DE AGUACATES) | G40568818 | 10 | DENEGADO (2) |
(1) El solicitante no cumple el requisito de entidad beneficiaria según definición proporcionada por la base tercera del anexo de la Orden 5/2024 , de 2 de mayo, de la Conselleria de Agricultura, Ganadería y Pesca en su última redacción dada por la corrección de errores del 29 de mayo de 2024 al no estar constituido como órgano de gestión de figura de calidad de producto agroalimentario.
(2) El solicitante:
- No cumple resuelvo quinto de la convocatoria de las ayudas por el que se establece la obligatoriedad de presentar moderación de costes para cada uno de los gastos asociados a cada actuación o justificación de no aporte o selección de la oferta económicamente menos ventajosa.
- No se detallan los costes asociados a las actividades presupuestadas en el apartado «otros gastos» de presupuesto estimado.
- No cumple con el apartado d del punto 4 de la base séptima de la Orden que regula esta ayuda, donde se detalla que deberá incluirse una evaluación económica de las ventajas que suponen las actividades a desarrollar.
- No cumple con el apartado d del punto 4 de la base séptima de la Orden que regula esta ayuda, donde se detalla que se deberá incluirse una relación de efectivos humanos y medios materiales de que se dispone para la ejecución de la actividades a desarrolla.