El gerente del centro presentó solicitud de renovación de autorización sanitaria para extracción de órganos de donantes fallecidos para el centro Hospital de Dénia con fecha 12 de junio de 2024.
El director del Programa de Trasplantes de la Comunitat Valenciana informa favorablemente la renovación de la autorización sanitaria.
Fundamentos jurídicos
- Orden de 26 de febrero de 2008, del conseller de Sanidad, sobre autorización sanitaria de centros sanitarios de la Comunitat Valenciana para la práctica de actividades de extracción y trasplante de órganos, tejidos y células.
- Real decreto 1723/2012, de 28 de diciembre, por el que se regulan las actividades de obtención, utilización clínica y coordinación territorial de los órganos humanos destinados al trasplante y se establecen requisitos de calidad y seguridad.
- Real decreto ley 9/2014, de 4 de julio, por el que se establecen las normas de calidad y seguridad para la donación, la obtención, la evaluación, el procesamiento, la preservación, el almacenamiento y la distribución de células y tejidos humanos y se aprueban las normas de coordinación y funcionamiento para su uso en humanos.
- Decreto 157/2014, de 3 de octubre, del Consell, por el que se establecen las autorizaciones sanitarias y se actualizan, crean y organizan los registros de ordenación sanitaria de la Conselleria de Sanidad.
- Orden 7/2017, de 28 de agosto, de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública por la que se desarrolla el Decreto 157/2014, de 3 de octubre, por el que se establecen las autorizaciones sanitarias y se actualizan, crean y organizan los registros de ordenación sanitaria de la Conselleria de Sanidad.
- Orden 4/2023, de 13 de octubre, de la Conselleria de Sanidad, por la que se desarrolla el Decreto 135/2023, de 10 de agosto del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Sanidad.
Visto el expediente instruido al efecto, los preceptos legales citados y los demás de pertinente aplicación,
RESUELVO
Renovar al centro Hospital de Dénia, la autorización sanitaria para:
Extracción de órganos de donantes fallecidos válida por un periodo de 5 años, cuyo responsable técnico es Clara Dosset Izaguirre.
Cualquier modificación sustancial en las condiciones o requisitos que motivaron la concesión de la autorización deberá ser notificada a esta subsecretaría, y podrá dar lugar a su revisión o incluso a la revocación de la autorización si las modificaciones suponen una alteración sustancial de las circunstancias que justificaron la concesión. A los efectos de la actividad que se autoriza, el centro queda sometido a la inspección y el control de esta conselleria.
Esta resolución se notifica a los interesados con la advertencia de que no agota la vía administrativa y que, contra la misma, pueden interponer recurso de alzada ante el conseller de Sanidad, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la fecha de notificación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
València, 17 de julio de 2024
Álvaro Cuadrado González
Subsecretario de la Conselleria de Sanidad