RESOLUCIÓN de 29 de agosto de 2024, de la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, por la que se renueva la homologación a la entidad Maria Belen Fornies Bello, para la prestación de asistencia técnica en materia de igualdad de mujeres y hombres a empresas y entidades.
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RESOLUCIÓN de 29 de agosto de 2024, de la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, por la que se renueva la homologación a la entidad Maria Belen Fornies Bello, para la prestación de asistencia técnica en materia de igualdad de mujeres y hombres a empresas y entidades.
Mediante Decreto 105/2004, de 8 de junio, (BOPV n.º 123, de 30 de junio de 2004), se reguló la homologación de entidades consultoras para la prestación de asistencia técnica en materia de igualdad de mujeres y hombres a empresas y entidades, con el fin de promover a través de los agentes sociales el desarrollo de medidas de acción positiva en las empresas tendentes a lograr la igualdad entre mujeres y hombres y de garantizar la calidad, eficacia y profesionalidad de los servicios de consultoría. Este decreto fue objeto de modificación por Decreto 348/2010, de 28 de diciembre, (BOPV n.º 8 de 13 de enero de 2011).
El artículo 9 del Decreto 105/2004 establece una vigencia quinquenal para las homologaciones que han de ser renovadas mediante una nueva Resolución de homologación.
En aplicación del artículo 10 del Decreto 105/2004, de 8 de junio, las entidades ya homologadas son objeto de seguimiento anual por parte de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer.
En base a todo lo anterior, y revisada la documentación correspondiente presentada por la entidad ante este Instituto se comprueba que la entidad Maria Belen Fornies Bello, sigue cumpliendo los requisitos exigidos por la normativa de aplicación.
En su virtud,
RESUELVO:
Primero.- Renovar la homologación a la entidad Maria Belen Fornies Bello, para la prestación de asistencia técnica en materia de igualdad de mujeres y hombres a empresas y entidades por un periodo de cinco años desde la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco, en los términos y condiciones establecidas en el Decreto 105/2004, de 8 de junio.
Segundo.- Inscribir la renovación de la homologación en el Registro de Entidades Consultoras Homologadas, adscrito a Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer.
Tercero.- Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación en el mismo Boletín.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
La presente Resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 29 de agosto de 2024.
La Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer,
MIREN ELGARRESTA LARRABIDE.