Consulta pública previa sobre la elaboración de un proyecto de Orden Foral para la modificación de la Orden Foral 37/2020, de 8 de abril, del Consejero de Educación, por la que se aprueban las normas de gestión de las relaciones de aspirantes al desempeño, mediante contratación temporal, de puestos de trabajo docentes al servicio del Departamento de Educación
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Acerca de este proceso
Este proceso pertenece a Participación en normativa
El Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos de funcionarios docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su anexo I determina el baremo que se ha de aplicar para el ingreso en la función pública docente. El apartado 2.5 de dicho baremo regula la valoración del dominio de idiomas extranjeros, introducido por el Real Decreto 800/2022, de 4 de octubre.
Por su parte, la Orden Foral 37/2020, de 8 de abril, del Consejero de Educación, por la que se aprueban las normas de gestión de las relaciones de aspirantes al desempeño, mediante contratación temporal, de puestos de trabajo docentes al servicio del Departamento de Educación, regula en su Anexo II el baremo de méritos para la constitución y reordenación de la lista general, cuyos apartados reproducen los méritos recogidos en el baremo de ingreso si bien no se incluye un apartado 2.5 que contemple la valoración del dominio de idiomas extranjeros.
Resulta lógico y coherente mantener la homogeneidad entre ambos baremos, dado que se puede acceder al desempeño de la función docente tanto por la vía del ingreso a los cuerpos de funcionarios docentes, como por la vía de contratación temporal procedente de las listas generales, por lo que se considera necesario homogeneizar el baremo de las dos vías de acceso.
La propuesta normativa responde a la necesidad de mantener la homogeneización de la baremación de las listas generales de aspirantes a la contratación temporal docente, vinculada a la baremación para el ingreso en los cuerpos de funcionarios docentes.
Proceder a la modificación de la regulación del anexo II que regula el baremo de méritos para la constitución y reordenación de la lista general para la contratación temporal de puestos de trabajo docentes al servicio del Departamento de Educación, establecido en la Orden Foral 37/2020, de 8 de abril, del Consejero de Educación.
No se consideran posibles soluciones alternativas para la resolución de los problemas expuestos y para satisfacer las necesidades aludidas. Dado que la norma que se modifica es una orden foral, se considera congruente y adecuado con el ordenamiento jurídico que su futura modificación se realice por medio de una norma del mismo rango.
Periodos de participación
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