Orden de la Consejería de Fomento e Infraestructuras de declaración de crédito disponible para las ayudas destinadas a la mejora de la accesibilidad en viviendas PEAV 2022/25) convocadas mediante Orden de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, de 29 de diciembre de 2022.
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I. Comunidad Autónoma
3. Otras disposiciones
Consejería de Fomento e Infraestructuras
2867 | Orden de la Consejería de Fomento e Infraestructuras de declaración de crédito disponible para las ayudas destinadas a la mejora de la accesibilidad en viviendas PEAV 2022/25) convocadas mediante Orden de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, de 29 de diciembre de 2022. |
El Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, regulador del plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025 (en adelante PEAV 2022-2025), recoge los programas de ayuda destinados al acceso a la vivienda, entre los que se cuenta, el relativo a la mejora de la accesibilidad en y a las viviendas (programa 11).
La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana suscribieron, el 2 de noviembre de 2022, un convenio para la ejecución del PEAV 2022-2025 en la Región de Murcia.
En este marco se publicaron las Órdenes de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, de 18 de noviembre de 2022, reguladora de las bases para la concesión de estas ayudas y, de 29 de diciembre de 2022, de convocatoria de las ayudas destinadas a la mejora de la accesibilidad en viviendas, extracto publicado en el suplemento del Boletín Oficial de la Región de Murcia, de 30 de diciembre de 2022 (BORM n.º 300, suplemento n.º 13).
El artículo 2 de la citada Orden de convocatoria autorizó un gasto plurianual total para la concesión y pago de las ayudas de 6.918.171,00 euros, previendo en su número 3 la posibilidad de ampliarlo si, antes de la resolución de la convocatoria de ayudas, existieran créditos disponibles en el estado de gastos del presupuesto en cuantía superior a la estimada inicialmente por cualquiera de las causas previstas en el artículo 58 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Mediante Orden de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, de fecha 25 de abril de 2023, publicada en el BORM n.º 103, de 6 de mayo de 2023, se dispuso declarar ampliado en 308.972,00 euros la cuantía del crédito disponible correspondiente a la Orden, de 29 de diciembre de 2022, de la Consejería de Fomento e Infraestructuras por la que se convocan las ayudas destinadas a la mejora de la accesibilidad en viviendas (PEAV 2022-2025), y adicionarlo a los 6.918.171,00 euros, convocados, resultando una cuantía total de crédito disponible de 7.227.143,00 euros.
En consonancia con lo anterior, visto lo establecido en el artículo 58.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y en el marco de la financiación establecida en el Convenio para la ejecución del PEAV 2022-2025, de 2 de noviembre de 2022, la Directora General de Vivienda y Arquitectura, por delegación del Consejero de Fomento e Infraestructuras, con fecha 29 de mayo de 2024, ha dictado orden de ampliación del gasto autorizado, por importe de 2.818.131,00 euros, contabilizados con fecha 30 de mayo de 2024.
Por delegación del Consejero de Fomento e Infraestructuras, en virtud de la Orden de 03/10/2023 (BORM n.º 230, de 04/10/2023), es competencia del titular de la Dirección General de Vivienda y Arquitectura.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 58.5 del Real Decreto 887/2006,
Dispongo:
Primero. Declarar ampliado en 2.818.131,00 euros la cuantía del crédito disponible correspondiente a la Orden de 29 de diciembre de 2022 de la Consejería de Fomento e Infraestructuras por la que se convocan las ayudas destinadas a la mejora de la accesibilidad en viviendas (PEAV 2022-2025).
El importe de la ampliación se adicionará a los 7.227.143,00 € ya autorizados, resultando un crédito disponible de 10.045.274,00 euros para la concesión y pago de las correspondientes ayudas, conforme a la siguiente distribución del gasto por anualidades:
Partida Presupuestaria | Proyecto / Subproyecto | Financ. | Anualidades | Total gasto plurianual | ||||
2023 (€) | 2024 (€) | 2025 (€) | 2026 (€) | 2027 (€) | ||||
140200.431A.766.99 | 50025 050025220001 | Estado | 0,00 | 150.000,00 | 150.000,00 | 140.000,00 | 60.000,00 | 500.000,00 |
50024 050024220001 | CARM | 0,00 | 69.571,40 | 65.285,70 | 61.500,00 | 26.357,00 | 222.714,10 | |
140200.431A.776.99 | 50027 050027220001 | Estado | 0,00 | 150.000,00 | 150.000,00 | 140.000,00 | 60.000,00 | 500.000,00 |
50026 050026220001 | CARM | 0,00 | 69.571,40 | 65.285,70 | 61.500,00 | 26.357,00 | 222.714,10 | |
140200.431A.786.61 | 50029 050029220001 | Estado | 0,00 | 1.700.000,00 | 2.000.000,00 | 1.920.000,00 | 1.198.131,00 | 6.818.131,00 |
50028 050028220001 | CARM | 117.415,24 | 556.571,20 | 522.285,60 | 409.810,00 | 175.632,76 | 1.781.714,80 | |
TOTAL: | 117.415,24 | 2.695.714,00 | 2.952.857,00 | 2.732.810,00 | 1.546.477,76 | 10.045.274,00 |
Segundo. La presente Orden surtirá efectos a partir del mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
En Murcia, a 3 de junio de 2024. El Consejero de Fomento e Infraestructuras, P.D., la Directora General de Vivienda y Arquitectura (Orden de 03/10/2023, BORM n.º 230, de 04/10/2023), María Dolores Gil García.