Orden de 28 de diciembre de 2023, de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo, por la que se resuelve la convocatoria de ayudas al alumnado de enseñanzas de formación profesional para el desarrollo de ciclos en modalidad dual y para la movilidad por la realización del módulo profesional de formación en centros de trabajo durante el curso 2022-2023.

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I. Comunidad Autónoma

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo

365 Orden de 28 de diciembre de 2023, de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo, por la que se resuelve la convocatoria de ayudas al alumnado de enseñanzas de formación profesional para el desarrollo de ciclos en modalidad dual y para la movilidad por la realización del módulo profesional de formación en centros de trabajo durante el curso 2022-2023.

La Orden de 15 de abril de 2019, de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, establece las bases reguladoras para la concesión de ayudas al alumnado de enseñanzas de formación profesional para el desarrollo de ciclos en modalidad dual y para la movilidad por la realización del módulo profesional de formación en centros de trabajo, (BORM n.º 93, de 24 de abril de 2019).

Para el curso 2022-2023 se han convocado las referidas ayudas, por Orden de 27 de junio de 2023, de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo (BORM n.º 155, de 7 de julio de 2023).

El artículo 2 de la citada Orden de 27 de junio de 2023, establece que estas ayudas se concederán hasta un importe máximo de 197.306,54 €, que se financiarán con cargo a la partida 15.05.00.422H.483.50, proyecto 46826, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2023.

Asimismo, el artículo 4 de esa misma Orden, fija las cuantías máximas para las ayudas económicas en las siguientes cantidades: para la modalidad A, 150 euros para el alumnado de los programas formativos profesionales y de ciclos de Formación Profesional Básica, 400 euros para el alumnado de ciclos formativos de grado medio y grado superior, 700 euros si el centro de trabajo está situado fuera de España; para la modalidad B, 500 euros para alumnado de ciclos en modalidad dual. Conviene señalar, que el artículo 3 de la orden de convocatoria prevé que, cuando el centro de trabajo en el que realiza las prácticas el alumno esté situado fuera de España y la realización del módulo de FCT en el extranjero sea parcial, el alumno no tendrá derecho a recibir la ayuda correspondiente por estar el centro de trabajo situado fuera de España, la ayuda que corresponda se calculará en proporción a la duración de la FCT dentro de España.

Además, tal y como establece el artículo 2.3 de la Orden de 27 de junio de 2023 citada, ha sido necesario prorratear el crédito disponible entre todos los beneficiarios pues la suma total de las ayudas a conceder supera dicho crédito.

Vista la propuesta de ayudas al alumnado de enseñanzas de Formación Profesional para el desarrollo de ciclos en modalidad dual y para la movilidad por la realización del módulo de formación en centros de trabajo durante el curso 2022-2023, formulada por el órgano instructor del procedimiento, visto el informe de adjudicación de ayudas y de propuesta de pago a los alumnos beneficiarios, emitido por ese mismo órgano, fiscalizada de conformidad por la Intervención Delegada de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo,

Dispongo:

Primero. Conceder a los beneficiarios detallados en los Anexos I, II y III las cantidades especificadas en el mismo.

Segundo. Denegar a los solicitantes relacionados en el Anexo IV las ayudas por las causas indicadas en el mismo.

Tercero. Comprometer el gasto, reconocer la obligación y proponer el pago que comporta la citada subvención, con un importe total (gasto elegible) de ciento noventa y siete mil trescientos cuatro euros con cinco céntimos (197.304,05 €) a razón de 53,58 € para cada alumno de Programas Formativos Profesionales y Formación Profesional Básica; 142,87 € para cada alumno de Grado Medio y Grado Superior; 250,03 € para alumnos que realizan la Formación en Centros de Trabajo fuera de España y 178,59 € para cada alumno de Formación Profesional Dual, relacionados en el Anexo I, por importe de 66.399,01 €, en el Anexo II, por importe de 65.434,63 € y Anexo III por importe de 65.470,41 € con cargo a la partida presupuestaria, 15.05.00.422H.483.50, proyecto de gasto 46826, (subproyecto 04682623AFYD) de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia del 2023.

La presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación el Boletín Oficial de la Región de Murcia, o ser impugnada mediante recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de? Justicia, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación.

Murcia, 28 de diciembre de 2023. El Consejero de Educación, Formación Profesional y Empleo, P.D. la Secretaria General (Orden de 29 de septiembre de 2023, BORM n.º 229 de 3/10/23), Carmen María Zamora Párraga.

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