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Extracto de la Resolución de 20 de diciembre de 2024, del gerente de la Agencia para el Empleo, por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones de la Agencia para el Empleo de Madrid dirigida a empresas para la financiación de actividades de mentoring de personas contratadas con especiales dificultades de inserción laboral. Tramitación anticipada. Anualidad 2025.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index): código: 804625 ).
Primero. Beneficiarios/as.—Serán beneficiarias las empresas cuyo domicilio social o centro de trabajo esté ubicado en la Comunidad de Madrid, que reúnan los requisitos que se determinan en la convocatoria y que contraten a personas pertenecientes a alguno de los colectivos de destinatarios según se define en la convocatoria.
Segundo. Objeto.—La presente convocatoria tiene por objeto impulsar un programa especial de ayudas, a favor de empresas, de apoyo a la contratación indefinida de personas pertenecientes a colectivos con especiales dificultades de acceso a un empleo, con residencia en la ciudad de Madrid, que facilite su incorporación efectiva al mercado laboral, así como el mantenimiento del empleo, mediante la mentorización de la persona contratada.
Tercero. Bases reguladoras.—Las bases reguladoras de estas subvenciones se establecen mediante la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos aprobada por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 30 de octubre de 2013, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 278, de 22 de noviembre de 2013.
Cuarto. Cuantía.—El importe total destinado a esta convocatoria se imputará a la aplicación presupuestaria 503/140/241.09/470.00 "Subvenciones a empresas privadas para fomento del empleo". Se destinará un crédito total de 1.000.000 euros para el año 2025, supeditado a la aprobación definitiva del presupuesto de esta anualidad.
La concesión de la subvención quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de la concesión.
Las solicitudes presentadas en base a las nuevas contrataciones realizadas resultarán subvencionables con las siguientes cuantías máximas en función de la modalidad de contratación:
a) Ayuda de 2.900 euros si la modalidad de la contratación es a jornada completa. Esta cuantía se verá incrementada en un 30 % cuando la contratación se realice con personas mayores de 52 años (3.770 euros).
b) Ayuda de 1.450 euros si la modalidad de la contratación es a jornada parcial, siempre que la misma sea igual o superior a 20 horas semanales. Esta cuantía se verá incrementada en un 30 % cuando la contratación se realice con personas mayores de 52 años (1.885 euros).
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes se abrirá al día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (BOCM) y permanecerá abierto hasta el 15 de noviembre de 2025 o hasta agotar el crédito existente.
Las solicitudes se deberán presentar a partir del día siguiente a la contratación y hasta el último día del mes siguiente a la misma. A estos efectos, únicamente serán consideradas las contrataciones efectuadas a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid" (BOAM).
Sexto. Otros datos.—La concesión de la subvención se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, estableciéndose como criterio de prelación la fecha y la hora de entrada que figure registrada en la solicitud de subvención, reuniendo la totalidad de requisitos y documentación requerida en la convocatoria.
Madrid, 20 de diciembre de 2024.—El gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid, José Aniorte Rueda.
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