SUBVENCIONES: Resolución de 14 de abril de 2025, de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja, por la que se aprueba la convocatoria 2025 de las subvenciones para la mejora de la competitividad de las empresas, en régimen de concesión directa (extracto)
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BDNS: 827117, 827118
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/es/index)
Primero. Beneficiarios.
a) Programa de ayudas a la inversión en favor de las PYME.
De acuerdo con lo dispuesto en el Apartado Primero, punto 2.8 de la convocatoria.
b) Programa de ayudas regionales a proyectos de inversión promovidos por PYME.
De acuerdo con lo dispuesto en el Apartado Primero, punto 3.8 de la convocatoria.
c) Programa de ayudas regionales a proyectos de inversión promovidos por grandes empresas.
De acuerdo con lo dispuesto en el Apartado Primero, punto 4.8 de la convocatoria.
Segundo. Objeto.
Fomentar proyectos de inversión para la mejora de la competitividad de las empresas.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden EIE/12/2024, de 19 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja a proyectos de inversión para la mejora de la competitividad de las empresas, en régimen de concesión directa (Boletín Oficial de La Rioja número 58, de 21 de marzo de 2024).
Cuarto. Cuantía.
Importe del crédito disponible: 10.000.000 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día de la publicación del extracto en el Boletín Oficial de La Rioja, a las 9:00 horas.
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 12 de diciembre de 2025, a las 14:00 horas.
Se admitirán dos solicitudes por empresa y convocatoria.
Una vez cerrado el plazo de presentación de solicitudes no se podrá incrementar el importe del presupuesto de inversión subvencionable.
Sexto. Tramitación.
Tramitación telemática de los expedientes de subvención (obligatoria), de acuerdo con la Orden 1/2017, de 7 de marzo, Consejería de Desarrollo Económico e Innovación, por la que se regula la tramitación electrónica en los procedimientos de concesión de subvenciones y concesión de préstamos de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (Boletín Oficial de La Rioja número 29/2017, de 10 de marzo).
- Presentación de solicitudes: De acuerdo con lo dispuesto en el apartado primero, punto 8, de la convocatoria.
- Medio de notificación: De acuerdo con lo dispuesto en el apartado primero, punto 10, de la convocatoria.
Séptimo. Otros datos de interés.
- Los interesados podrán acceder también al texto íntegro de la Resolución de convocatoria y a la Orden reguladora de las ayudas a través de la página web de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (www.ader.es)
- Procedimiento de concesión. La concesión de subvenciones se efectuará en régimen de concesión directa.
- Los códigos asignados por la BDNS corresponden a un mismo texto de convocatoria.
Logroño a 14 de abril de 2025.- El Gerente, Luis Pérez Echeguren.