Resolución 81/2024, de 7 de agosto, de la Consejería de Educación y Empleo, por la que se convocan ayudas individualizadas de transporte escolar, durante el curso 2024/2025 (extracto)
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BDNS: 782320
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones,
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/782320)
Primero. Personas beneficiarias.
Podrán beneficiarse de las subvenciones convocadas mediante la presente, el alumnado que cumpla los requisitos establecidos conforme al artículo 2 de la Orden 1/2016, de 29 de febrero.
Segundo. Objeto.
Colaborar en la financiación de los gastos corrientes de transporte ocasionados a alumnos residentes en la Comunidad Autónoma de La Rioja, que no puedan hacer uso de las rutas de transporte escolar gestionadas por la Consejería competente en materia de Educación, así como también en los gastos derivados de la residencia de determinados alumnos en centros educativos de Comunidades Autónomas limítrofes.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden 1/2016, de 29 de febrero, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por la que se regulan las bases de las ayudas individualizadas de transporte escolar.
Cuarto. Cuantía total de las subvenciones.
82.500,00 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Alumnado matriculado hasta el 1 de septiembre de 2024: 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de La Rioja del extracto de la resolución de convocatoria.
Alumnado matriculado en periodo extraordinario: plazo de 10 días hábiles a contar partir del día siguiente a la fecha de matriculación.
Sexto. Otros datos de interés.
- Solicitudes: se presentarán en el modelo normalizado, Anexo Solicitud, adjunto a la resolución. Podrán presentarse de forma telemática a través de la sede electrónica del Gobierno de La Rioja (www.larioja.org) en el apartado de Oficina Electrónica.
- Documentación: la prevista en el apartado sexto de la convocatoria.
- Forma de pago: conforme a lo establecido en el artículo 4 de la Orden.
- Justificación: mediante certificación del Centro escolar.
Logroño a 7 de agosto de 2024.- El Consejero de Educación y Empleo, Alberto Galiana García.