Delegación de competencias del Alcalde en la Concejala titular del Área de Alcaldía, Gobernanza, Igualdad y Portavocía
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De conformidad con lo establecido en el artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del sector público, y 39.4. del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Ayuntamiento de Logroño, se publica, para general conocimiento, la Resolución de Alcaldía 5747/2024, de fecha 24 de julio de 2024, de Delegación de funciones de la Alcaldía del Ayuntamiento de Logroño con el siguiente tenor literal:
Delegación de competencias del Alcalde en la Concejala titular del Área de Alcaldía, Gobernanza, Igualdad y Portavocía.
Esta Alcaldía teniendo en cuenta lo establecido en los articulo 124.4 y 5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, facultando al Alcalde para delegar determinadas competencias en los miembros de la Junta de Gobierno Local,
RESUELVE
Primero. Delegar en la Concejala titular del Área de Alcaldía, Gobernanza, Igualdad y Portavocía Celia Sanz Ezquerro, miembro de la Junta de Gobierno Local, y dentro de los sectores de actividad de su competencia, las siguientes funciones y facultades que corresponden a esta Alcaldía en materia de personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Logroño:
- Nombramiento y cese de funcionarios/as y personal laboral.
- Autorizaciones para la realización de cursos de formación interna y externa.
- Autorizaciones de salidas Profesionales, liquidaciones de dietas y viajes.
- Reconocimientos de servicios prestados.
- Concesión de licencias , permisos y reducciones de jornada.
- Situaciones administrativas.
- El reconocimiento de la productividad mensual.
- Todos los actos de desarrollo de los procesos de selección una vez aprobadas las bases de las convocatorias por la Junta de Gobierno Local.
Segundo. En los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a la Concejala titular del Área Gobernanza, Igualdad y Portavocía el ejercicio de las atribuciones aquí delegadas, estas las ejercerá la Alcaldía.
Tercero. La presente delegación surtirá efecto desde el momento de la adopción de la presente resolución, sin perjuicio de la preceptiva publicación en el Boletín Oficial de La Rioja y en la web municipal. Si bien, delegación aquí atribuida respecto al ejercicio de todos los actos de desarrollo de los procesos selectivos, desplegará su eficacia para aquellos procesos de selección que se convoquen a partir de la adopción de esta resolución, no afectando a los procesos selectivos en tramitación al día de la fecha de esta resolución, cuya competencia hasta su finalización, sigue reservada a esta Alcaldía.
Cuarto. Las resoluciones dictadas en el ejercicio de las funciones aquí delegadas indicarán expresamente dicha circunstancia mediante la mención de la Resolución y de su fecha.
Quinto. De esta delegación se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre.
Logroño a 24 de julio de 2024.- El Alcalde, Conrado Escobar Las Heras.