Resolución de la Delegación del Gobierno de la Región de Murcia por la que se convoca el levantamiento de actas previas a la ocupación de determinadas fincas afectadas por el proyecto "Instalación Fotovoltaica Pinatar, de 93,167 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación", en los términos municipales de Murcia, San Javier y San Pedro del Pinatar, en la provincia de Murcia. Expte. PFot-261.

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Por resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, de fecha 5 de octubre de 2023 (B.O.E. de 20/10/2023, nº 251 y B.O.R.M. 11/12/2023, nº 284), se otorgó a Fotovoltaica Zarafot 6, S.L., autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración, en concreto, de la utilidad pública para la Instalación fotovoltaica Pinatar, de 93,167 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Murcia, San Javier y San Pedro del Pinatar, en la provincia de Murcia.

Dicha Declaración, en concreto, de Utilidad Pública, en virtud de lo establecido en el artículo 54 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y en el artículo 150 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, lleva implícita, a los efectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para su establecimiento y de la imposición y ejercicio de servidumbres de paso, el inicio de las actuaciones expropiatorias, conforme con el procedimiento de urgencia establecido en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954.

A su vez dicho reconocimiento, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 56.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, lleva consigo la necesidad de ocupación de los bienes o adquisición de los derechos afectados por la obra proyectada, e implicará la urgente ocupación de los mismos a los efectos del art. 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, y de acuerdo con lo dispuesto en el art. 56.2, supone el derecho a que sea otorgada la oportuna autorización por los organismos a los que se ha solicitado el condicionado técnico procedente, para el establecimiento, paso u ocupación de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público, propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública.

Una vez cumplidas las formalidades exigidas en el citado artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y concordantes de su Reglamento, se procederá a llevar a efecto la ocupación y toma de posesión de la finca que se relaciona en el anexo que se acompaña al presente escrito.

En su virtud, y a petición de la empresa beneficiaria, Fotovoltaica Zarafot 6, esta Delegación del Gobierno, en cumplimiento y ejecución del citado artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, ha resuelto:

PRIMERO. - Fijar para el levantamiento de Actas Previas a la Ocupación de las fincas, según el orden que figura en el Anexo a la presente Resolución y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de San Pedro del Pinatar (Sala de Juntas DNI) el día 17 de febrero de 2025 a las 10:00 horas, en Plaza Luis Molina Nº 1, 30740 San Pedro del Pinatar (Murcia).

SEGUNDO. - Notificar individualmente a cada interesado en este expediente.

TERCERO. - Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, así como en dos diarios de los de mayor difusión y, además, comunicada a los Ayuntamientos en cuyos términos radiquen los bienes o derechos objeto de la expropiación, para su exposición en el tablón de anuncios, significándose que esta publicación se realiza, igualmente, a los efectos que determina el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para la notificación de la presente resolución en los casos de titular desconocido, domicilio ignorado o aquellos en los que intentada la notificación no haya podido practicarse.

Todos los interesados, así como las personas que sean titulares de cualquier clase de derechos o intereses sobre los bienes afectados, deberán acudir personalmente o representados por persona debidamente autorizada, aportando los documentos acreditativos de su propiedad o derecho, así como el último recibo del Impuesto Sobre Bienes Inmuebles, pudiéndose acompañar, a su costa, de sus Peritos y un Notario si lo estiman oportuno.

Asimismo, de acuerdo con el artículo 56 del vigente Reglamento de Expropiación Forzosa, los titulares y demás interesados podrán formular cuantas alegaciones estimen oportunas por los medios previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a los solos efectos de subsanar los posibles errores que se hayan podido padecer al relacionar los bienes afectados por la urgente ocupación. A continuación, se indica el enlace al registro electrónico común de la Administración General del Estado:

https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do

Contra esta Resolución, por ser un acto de trámite, no cabe interponer recurso administrativo. No obstante, los interesados podrán alegar cuanto estimen oportuno para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento.

ANEXO. RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS

LÍNEA ELÉCTRICA AÉREA-SUBTERRÁNEA DE ALTA TENSIÓN

DATOS CATASTRALES

OCUPACIONES AÉREO

OCUPACIONES SUBTERRÁNEO

LEVANTAMIENTO DE ACTAS PREVIAS

NRI

Pol.

Parc.

Ref. catastral

Propietario

Longitud (m)

Nº apoyo

Ocupación apoyo (m2)

Ocupación temporal (m2)

Servidumbre permanente de paso (m2)

Superficie de Afección (m2)

Camino de acceso (m2)

Zanja (m2)

Servidumbre Permanente de Paso (m2)

Superficie de Afección (m2)

Ocupación temporal (m2)

DIA

HORA

261-92

29

1

32

30036A00100032

DAMASO PEREZ MOYA

168,88

9

267,32

405,00

3.050,60

1.661,68

266,01

19,67

18,42

18,54

220,43

17/02/2025

10:00

Murcia, 7 de enero de 2025.- La Delegada del Gobierno de la Región de Murcia, María Dolores Guevara Cava.

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