Resolución de la Delegación del Gobierno en Andalucía por la que se declara el inicio del procedimiento expropiatorio y el nombramiento de representantes en el mismo, correspondiente a la declaración de utilidad pública de la infraestructura de evacuación de la planta solar fotovoltaica "La Herradura" de 100 MW de potencia instalada, en los términos municipales de Jimena de la Frontera y Castellar de la Frontera, en la provincia de Cádiz, y se convoca el levantamiento de las actas previas de ocupación de determinadas fincas afectadas por su construcción.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Aprobación del proyecto. Autorización al beneficiario.

Por Acuerdo de Consejo de Ministros de fecha 23 de julio de 2024, publicado mediante resolución de la Secretaría de Estado de la Energía de fecha 5 de agosto de 2024 (Boletín Oficial del Estado número 208, de 28 de agosto de 2024), se otorgó a MITRA ALFA, S.L.U., autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción para la planta solar fotovoltaica "La Herradura", de 100 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Jimena de la Frontera y Castellar de la Frontera, en la provincia de Cádiz, y se declaró, en concreto, su utilidad pública.

Segundo.- Solicitud de incoación del procedimiento expropiatorio y nombramiento de representantes.

Con fecha 13 de septiembre de 2024, la beneficiaria de la expropiación, MITRA ALFA, S.L.U., solicitó al Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Sevilla que se procediese al inicio del correspondiente procedimiento expropiatorio de diversas fincas afectadas, a efectos del levantamiento del acta previa de ocupación, una vez realizadas las notificaciones a los interesados afectados de conformidad con lo dispuesto por el apartado 2 del artículo 52 en relación con los artículos 3.º y 4.º de la antecitada Ley de Expropiación Forzosa.

A efectos de la necesaria representación en el procedimiento expropiatorio, la entidad beneficiaria ha venido a solicitar que se tengan por designadas a las siguientes personas:

A) La representación de la beneficiaria será ostentada por las siguientes personas:

· Borja Gómez Rey.

· Jesús Arribas Matesanz.

· Gerónimo de Angulo Hidalgo.

B) Se designan peritos a las siguientes personas:

· D.ª Ana Arroyo Martínez, Ingeniera Agrónoma.

· D. Pedro Pablo García Santos, Ingeniero Técnico Agrícola.

· D. Germán Meleno Mayo, Ingeniero Agrónomo.

· D. Paulino Freire Mogín, Ingeniero Agrónomo.

· D.ª Carmen Eugenia Luna Cabañero, Ingeniera Técnica Agrícola.

Asimismo, la beneficiaria de la expropiación forzosa solicita que se proceda a la designación de los representantes de la Administración expropiante en dicho procedimiento.

Tercero.- Solicitud de convocatoria de Actas Previas a la ocupación.

Con fecha 15 de noviembre de 2024, la beneficiaria de la expropiación, MITRA ALFA, S.L.U., solicitó al Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Sevilla que se procediese al levantamiento del acta previa de ocupación que establece el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- Competencia.

Esta Delegación del Gobierno de España en Andalucía resulta competente para el dictado de la presente Resolución en aplicación del apartado 2 del artículo 73 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, mediante la atribución expresa del ejercicio de la potestad expropiatoria.

Segundo.- Declaración de utilidad pública, necesidad de ocupación y procedimiento de urgencia.

En consideración a lo dispuesto por el artículo 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, la declaración de utilidad pública incluida en la autorización administrativa citada en los antecedentes de hecho lleva implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la urgente ocupación a los efectos previstos por el artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa.

Esa declaración de urgencia deriva en la necesidad de entender cumplido el trámite de declaración de necesidad de ocupación de los bienes que hayan de ser expropiados, según el proyecto y replanteos aprobados y los reformados posteriormente, dando derecho a su ocupación inmediata en virtud de lo dispuesto por el artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 56.2 del Reglamento de Expropiación Forzosa, en los casos de expropiación urgente no será procedente recurso alguno, pero los interesados, una vez publicada la relación y hasta el momento del levantamiento del acta previa, podrán formular por escrito ante el Organismo expropiante alegaciones a los solos efectos de subsanar posibles errores que se hayan padecido al relacionar los bienes afectados por la urgente ocupación.

Tercero.- Nombramiento de representantes y convocatoria de actas previas a la ocupación.

En aplicación de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 52 de la citada Ley de Expropiación Forzosa, se ha de proceder a la notificación de los interesados afectados, según los artículos tercero y cuarto de dicha Ley, el día y hora en que ha de levantarse el acta previa a la ocupación, así como a la publicación edictal a efectos del levantamiento de las actas previas de ocupación.

En cumplimiento de lo establecido por el apartado 3 del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, y en orden a la consecución del levantamiento del acta previa de ocupación, así como de la concurrencia a otros actos administrativos en el desarrollo del procedimiento expropiatorio, se ha de proceder al nombramiento de un representante de la Administración expropiante.

Sobre la base a los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho expuestos, esta Delegación del Gobierno en Andalucía,

RESUELVE

Primero.- Declarar el inicio del procedimiento expropiatorio derivado del Acuerdo de Consejo de Ministros de fecha 23 de julio de 2024 publicado mediante resolución de la Secretaría de Estado de la Energía de fecha 5 de agosto de 2024 (Boletín Oficial del Estado número 208, de 28 de agosto de 2024) se otorgó a MITRA ALFA, S.L.U., autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción para la planta solar fotovoltaica "La Herradura", de 100 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Jimena de la Frontera y Castellar de la Frontera, en la provincia de Cádiz, y se declaró, en concreto, su utilidad pública, así como declarar la urgente ocupación la las diversas fincas afectadas, de conformidad con el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Segundo.- Nombrar representante de la Administración, al objeto de practicar cuantas actuaciones sean precisas en el expediente de expropiación, a:

· Don José Manuel Almendros Ulibarri, Director del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Sevilla.

· Don Carmelo Manuel Barroso Serna, Jefe de Servicio del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Sevilla.

Tercero.- Aceptar la designación de los representantes y peritos propuestos por el promotor y beneficiaria de la expropiación, que han sido expuestos en el segundo de los antecedentes de hecho de la presente Resolución.

Cuarto.- Publicar la relación de interesados, bienes y derechos en el tablón de anuncios de los Ayuntamientos de Jimena de la Frontera y de Castellar de la Frontera, en cuyo municipio radican las fincas afectadas, así como señalamiento dando cuenta a los interesados mediante citación individual y a través de la inserción del correspondiente anuncio en los Diarios Provinciales, Boletín Oficial de la Provincia y Boletín Oficial del Estado, que servirán en todo caso como notificación a los posibles interesados no identificados, a los titulares de bienes y derechos afectados que sean desconocidos y a aquellos de los que se ignore su paradero, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Quinto.- Convocar a los propietarios que figuran en dicha relación para que asistan al levantamiento de las Actas Previas de Ocupación que tendrá lugar en las dependencias de los citados Ayuntamientos el día y hora que se especifica en el anexo al final de la presente Resolución.

A dicho acto deberán comparecer los titulares de los bienes y derechos que se expropian, así como otros posibles interesados, personalmente con la necesaria identificación o representados por persona provista de poder debidamente autorizado, aportando los documentos acreditativos de su titularidad (Nota Simple o Escritura pública) así como el último recibo del Impuesto sobre bienes Inmuebles, pudiendo hacer acompañar -a su costa- de Peritos y Notario, si así lo estiman oportuno.

De conformidad con lo establecido por el apartado 2 del artículo 56 del vigente Reglamento de Expropiación Forzosa, una vez publicada la presente Resolución y hasta el momento en que se proceda al levantamiento de las citadas Actas Previas de Ocupación, los interesados y titulares de derechos o intereses legítimos afectados, a los solos efectos de subsanar posibles errores que se hayan podido producir al elaborar la relación de bienes y derechos afectados, podrán formular escrito de alegaciones:

a) Mediante la personación en el Área de Industria y Energía de esta Delegación del Gobierno en Andalucía, con domicilio en Plaza de España, Torre Sur, segunda planta (41013 - Sevilla), aportando los documentos citados.

b) A través del Registro General de la Administración General del Estado (https://reg.redsara.es/), seleccionando como Organismo de destino EA0040241-Subdelegación del Gobierno en Sevilla-Área Funcional de Industria y Energía, haciendo referencia al Expediente PFOT 465.

ANEXO

LAT 220 kV SET Herradura-SET Guadaranque.

T.M. Jimena de la Frontera, día 30 de enero de 2025. Ayuntamiento Jimena de la Frontera: C/ Sevilla, 61, Jimena de la Frontera, 11330 (Cádiz).

Parcela Proyecto

Polígono

Parcela

Propietario

Longitud traza (m)

Servidumbre de la Canalización (m2)

Ocupación Permanente Canalización (m2)

Ocupación Temporal Canalización (m2)

Perforación dirigida (m)

Ocupación Temporal de la Perforación Dirigida (m2)

Cámara Empalme (ud.)

Ocupación Permanente Cámara Empalme (m2)

Ocupación Temporal Cámara Empalme (m2)

Ocupación Temporal Obra (m2)

Naturaleza

Hora

4

13

84

Agropecuaria Barrida, S.L.

762,53

610,03

610,03

3.050,09

52,00

300,00

CE-01

48,24

168,48

3518,57

Labor secano

10,00

6

13

79

Agropecuaria Barrida, S.L.

2002,26

1601,82

1601,81

8.013,91

4,58

150,00

CE-02, 03, 04

144,72

505,44

8669,35

Labor secano

10,00

8

13

112

Ayuntamiento de Jimena de la Frontera

17,94

14,35

14,35

71,83

71,83

Camino

10,30

T.M. Castellar de la Frontera, día 30 de enero de 2025. Ayuntamiento Castellar de la Frontera: Pl. Andalucia, 20, 11350 Castellar de la Frontera (Cádiz).

Parcela Proyecto

Polígono

Parcela

Propietario

Longitud traza (m)

Servidumbre de la Canalización (m2)

Ocupación Permanente Canalización (m2)

Ocupación Temporal Canalización (m2)

Perforación dirigida (m)

Ocupación Temporal de la Perforación Dirigida (m2)

Cámara Empalme (ud.)

Ocupación Permanente Cámara Empalme (m2)

Ocupación Temporal Cámara Empalme (m2)

Ocupación Temporal Obra (m2)

Naturaleza

Hora

21

3

44

Luis Manuel Sánchez Huertas

183,49

148,92

146,89

718,36

718,36

Aguacates

12,00

22

3

40

Hros de Catalina Corrales Vallecillo; Juan y Jesús Jimenez Corrales

364,73

291,78

291,78

1.445,20

CE-11

48,24

168,48

1613,68

Aguacates

12,45

24

3

36

José María Sanchez Ortiz Maria Yolanda Clavijo González

24,67

19,74

19,74

134,05

134,05

Aguacates

13,30

SET Guadarranque 220/400 kV.

N° Parcela Según Proyecto

Poligono

Parcela

Titular

Superficie Interior Vallada (m2)

Subestación incluida plataforma (m2)

Edificio subestación (m2)

Camino de acceso (m2)

Naturaleza

Hora

1

3

36

Propiedad: José María Sanchez Ortiz Maria Yolanda Clavijo González Derecho de Servidumbre: Comunidad de Regantes Arenillas

6634,07

7099,85

217,80

935,98

Aguacates

13,30

Sevilla, 18 de diciembre de 2024.- El Delegado del Gobierno en Andalucía, Pedro Fernández Peñalver.

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