Resolución de la Autoridad Portuaria de Valencia por la que se otorga una concesión administrativa a Smart Visual Data, S.L., en la Marina del puerto de Valencia.
El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Valencia, en la sesión celebrada el 26 de septiembre de 2024, a propuesta de la Dirección General, acordó otorgar una concesión administrativa para la ocupación de bienes de dominio público portuario a favor de la mercantil Smart Visual Data, S.L., en la Marina del puerto de Valencia.
Objeto: ocupación de bienes de dominio público portuario para la rehabilitación y explotación de dos edificios (antiguas bases de Iberdrola) como centro empresarial de tecnología e innovación destinado a oficinas y eventos en la Marina del puerto de Valencia.
Superficie: 2.274,00 m² (1.436,00 m²de ocupación en planta del primer edificio, 821,00 m² respecto del edificio segundo y 17,00 m² de pasarela) en la Dársena de la Marina de Valencia, en el Muelle de Nazaret y en el Muelle de la Estación.
Plazo: veinte (20) años.
Tasa de ocupación (TO):
A. En componente derivada de la ocupación de terrenos:
Cuota íntegra de la Tasa de ocupación de terrenos:
Cuota íntegra unitaria Ocupación de Terreno = 21,00675 €/m² y año.
B. En componente derivada de la ocupación de obras e instalaciones (Nave EFO-21; Nave EFO-17):
Cuota íntegra de la Tasa de ocupación de obras e instalaciones Nave EFO-21:
Cuota íntegra anual Tasa de ocupación Nave EFO-21 = 76.270,03 €/año.
Cuota íntegra de la Tasa de ocupación de obras e instalaciones Nave EFO-17:
Cuota íntegra anual Tasa de ocupación Nave EFO-17 = 73.098, 16 €/año.
Tasa de actividad (TA)
- De conformidad con lo dispuesto por los artículos 187, 188 y 189 del TRLPEMM, se establece como criterio para la fijación de la base imponible de la tasa de actividad la del volumen de negocio o facturación desarrollada en las actividades explotadas al amparo de la concesión. El tipo gravamen que se aplicará a dicha base será el 4% del volumen de negocio anual realizado por el concesionario.
o Prestación de servicios a empresas del sector
o Celebración de eventos y actividades empresariales
o Celebración de reuniones y sesiones de formación especializada
- Por la cesión de uso de cualquier elemento de la concesión en el caso de cesionarios de locales destinados a oficinas, salas de coworking, restauración, tales como superficies, instalaciones o equipamientos, el tipo de gravamen será del 2% del volumen de facturación.
Lo que se publica para general conocimiento, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 85.7 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.
Valencia, 25 de noviembre de 2024.- Presidenta de la Autoridad Portuaria de Valencia, Mar Chao López.