Resolución de 24 de octubre de 2024, de la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra, por la que se publica la Adenda de prórroga de Convenio con el Ayuntamiento de Marín, sobre uso ciudadano de determinados espacios portuarios.

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Con fecha 22 de octubre de 2024, y previa tramitación del oportuno procedimiento, según lo dispuesto en el artículo 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se firmó la prórroga de Convenio entre el Ayuntamiento de Marín y la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra sobre uso ciudadano de determinados espacios portuarios.

En cumplimiento de lo dispuesto en al apartado 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, se acuerda la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Marín, 24 de octubre de 2024.-El Presidente de la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra, José Benito Suárez Costa.

ANEXO
Adenda de prórroga de Convenio entre el Ayuntamiento de Marín y la Autoridad portuaria de Marín y Ría de Pontevedra sobre uso ciudadano de determinados espacios portuarios

Marín, 22 de octubre de 2024.

REUNIDOS

Por una parte, doña María Ramallo Vázquez, Alcaldesa-Presidenta del Ilmo. Ayuntamiento de Marín, actuando en nombre y representación de la citada entidad y en virtud de las facultades que a tal efecto le confiere el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

Por otra don José Benito Suárez Costa, Presidente de la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra por Orden de la Consellería do Mar de 25 de mayo de 2009, publicada en el «Diario Oficial de Galicia» n.º 103 de 28 de mayo de 2009, y la Orden FOM/1537/2009, de 29 de mayo, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» n.º 142, de 12 de junio de 2009, actuando en nombre y representación del citado organismo y en virtud de las facultades que a tal efecto le confiere el artículo 31.2.a) del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por lo que se aprueba el texto refundido da Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, con domicilio social en Marín (Pontevedra), Parque de Cantodarea, s/n.

MANIFIESTAN

I. Que en fecha 23 de octubre de 2020, previa tramitación del oportuno procedimiento, según lo dispuesto en el artículo 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se firmó un Convenio entre el Ayuntamiento de Marín y la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra sobre uso ciudadano de determinados espacios portuarios. El convenio se publicó en el BOE número 296, de 10 de noviembre de 2020, con una vigencia de cuatro años.

II. Que, según regula dicho convenio en su cláusula séptima, se establece la posibilidad de prorrogar su vigencia por un periodo de hasta cuatro años adicionales cumpliendo con lo previsto en el artículo 49.h de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

III. Que actualmente continúa siendo necesario mantener tanto las condiciones que en su momento propiciaron la firma del convenio sobre uso ciudadano de determinados espacios portuarios suscrito el 23 de octubre de 2020, así como el interés en dar continuidad a la política de consenso y armonización entre el Ilmo. Ayuntamiento de Marín y la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra.

CLÁUSULAS
Primera. Aprobación de la prórroga del convenio.

La Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra y el Ayuntamiento de Marín, acuerdan aprobar la prórroga del convenio por cuatro años. Se mantienen el resto de las cláusulas del convenio suscrito en fecha 23 de octubre de 2020.

Segunda. Eficacia de la adenda.

La presente adenda se perfecciona desde el momento de su firma por las partes, y será eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, siempre que el convenio esté vigente, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal. Asimismo, se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» en el plazo de diez días hábiles desde su formalización.

No obstante, lo anterior, su eficacia quedará demorada a la finalización del plazo inicial del convenio objeto de la presente prórroga.

Y en prueba de conformidad, firman el presente documento, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.-Por la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra, el Presidente, José Benito Suárez Costa.-Por el Ayuntamiento de Marín, la Alcaldesa-Presidenta, María Ramallo Vázquez.

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