Resolución de 23 de noviembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación al Convenio entre la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas, la Mutualidad General Judicial y el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades.

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La Directora General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Secretario General Gerente del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, la Gerente de la Mutualidad General Judicial y el Director Gerente del Servicio de Salud de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha han suscrito una adenda de prórroga y cuarta de modificación al convenio para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la referida adenda como anejo a la presente resolución.

Madrid, 23 de noviembre de 2024.-El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.

ANEJO
Adenda de prórroga y cuarta de modificación al Convenio entre la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas, la Mutualidad General Judicial y el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades

29 de octubre de 2024.

REUNIDOS

De una parte,

Doña Myriam Pallarés Cortón, Directora General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), nombrada por Real Decreto 190/2020, de 29 de enero, en virtud de las facultades que le confiere el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y actuando en nombre y representación de MUFACE, en uso de las facultades que le confiere el artículo 11.2.k) del Real Decreto 577/1997, de 18 de abril, por el que se establece la estructura de los órganos de gobierno, administración y representación de MUFACE.

Don José Javier Rodrigo de Azpiazu, Secretario General Gerente del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS), nombrado por Resolución 430/38216/2022, de 31 de mayo, en virtud de las facultades que le confiere el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y actuando en nombre y representación de ISFAS, en uso de las facultades que le confiere el artículo 18 del Reglamento General de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto 1726/2007, de 21 de diciembre.

Y doña Juana María Gómez Valle, Gerente de la Mutualidad General Judicial (MUGEJU), nombrada por acuerdo de la Directora General de Servicios, por delegación del Secretario de Estado de Justicia, de fecha 5 de febrero de 2024, en virtud de las facultades que le confiere el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y actuando en nombre y representación de MUGEJU, en uso de las facultades que le confiere el artículo 12 del Real Decreto 96/2019, de 1 de marzo, de reordenación y actualización de la estructura orgánica de la Mutualidad General Judicial.

De otra, don Alberto Jara Sánchez, Director Gerente del Servicio de Salud de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, en función de su cargo, según nombramiento por Decreto 190/2023, de 25 de julio (DOCM n.º 144, de 28 de julio de 2023), y el Decreto 106/2023, de 25 de julio, de estructura orgánica y funciones del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (DOCM n.º 144, de 28 de julio).

Reconociéndose las partes plena capacidad jurídica de actuar en la representación legal que ostentan para suscribir la presente adenda de prórroga y modificación y, a tal fin,

EXPONEN

Primero.

El convenio entre la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas, la Mutualidad General Judicial y el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades (en adelante, Convenio) fue suscrito el 26 de enero de 2021 y publicado en el BOE n.º 39 de 15 de febrero de 2021. Su vigencia se extiende hasta el 31 de diciembre de 2024.

Al amparo de lo previsto en la cláusula novena del Convenio, y manteniéndose las mismas circunstancias que dieron lugar a su suscripción, todas las partes entienden que debe prorrogarse el mismo para los cuatro años siguientes.

Segundo.

El Convenio mencionado en el expositorio primero contiene cuatro anexos numerados como I, II, III y IV.

En los anexos I y II se relacionan los municipios de hasta 20.000 habitantes, desglosados en función del contenido de los servicios sanitarios a dispensar de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula segunda del Convenio. Por su parte, en los anexos III y IV, se detalla el coste mensual para el 2021 calculado por el número de mutualistas y beneficiarios residentes en cada tipo de municipio y por grupo, a fecha de 1 de mayo del 2020, de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula cuarta del Convenio, y desglosado por cada Mutualidad y a su vez por entidades concertadas de adscripción.

Tercero.

La cláusula décima del Convenio establece que, los anexos I y II podrán ser actualizados para el año 2022 y siguientes y que los anexos III y IV serán actualizados para 2022 y siguientes con el número de personas adscritas y la contraprestación económica mensual correspondiente a los anexos I y II, cuantificándose por cada Mutualidad en función del respectivo colectivo a 1 de mayo del año anterior. Los anexos I, II ya fueron modificados mediante adenda para los años 2022 y los anexos III y IV para 2022, 2023 y 2024.

Para el año 2025 procede actualizar los anexos III y IV, y respecto a los anexos I y II se mantienen las mismas localidades que en los vigentes en el año 2024.

Cuarto.

Por su parte, la cláusula undécima permite la modificación del contenido del Convenio por acuerdo unánime de las partes.

Por lo expuesto anteriormente, las partes suscriben la presente adenda de prórroga y cuarta de modificación con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Prórroga del Convenio.

Las partes acuerdan prorrogar desde el 1 de enero de 2025, y una vez cumplido el requisito para la eficacia de la adenda contemplado en la cláusula quinta, el Convenio entre la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas, la Mutualidad General Judicial y el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades. Su vigencia se extiende hasta el 31 de diciembre de 2028.

Segunda. Actualización de anexos.

Se modifican para 2025 el punto 5 de la cláusula segunda y los anexos III y IV del Convenio entre la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas, la Mutualidad General Judicial y el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades. El resto del Convenio permanecerá con el mismo contenido.

Tercera. Modificación del punto 5 de la cláusula segunda.

Se modifica el punto 5 de la cláusula segunda, que queda redactado de la siguiente manera:

«5. Queda expresamente excluido del presente Convenio:

- La prestación farmacéutica de las respectivas recetas oficiales ambulatorias a través de las oficinas de farmacia, que continuará estando a cargo de las Mutualidades.

- El traslado en ambulancia.

- La realización de pruebas diagnósticas, salvo las que correspondan a procedimientos diagnósticos básicos de atención primaria conforme a la normativa de cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud.

- La toma de muestras, salvo la toma de muestra de cribado neonatal de repetición.

- Pruebas de laboratorio.

- Técnicas de diagnóstico por imagen, radiología general simple y ecografía.

- Seguimiento de los tratamientos con anticoagulantes orales, salvo la determinación de INR (razón normalizada internacional) capilar.

- Rehabilitación básica.

- Atención paliativa a enfermos terminales por los equipos de cuidados paliativos.

- Atención a la salud mental.

- Atención a la salud bucodental.»

Cuarta. Anexos.

Los anexos III y IV actualizados para 2025 son los que se anexan a este documento y contienen el coste mensual para el año 2025, calculado en base al número de mutualistas y beneficiarios de cada grupo residentes en cada tipo de municipio a fecha 1 de mayo de 2024. Aunque los anexos I y II no han sufrido ninguna modificación, se incluyen en esta adenda en aras de facilitar la difusión del contenido de los mismos para facilitar su aplicación.

Quinta. Validez y eficacia.

La presente adenda se perfecciona por la prestación del consentimiento de las partes, y adquirirá eficacia el 1 de enero de 2025, una vez inscrita en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal de conformidad con lo establecido en el artículo 48.8 y en la disposición adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público Estatal. Asimismo, será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

Sexta. Información.

Los firmantes se comprometen a informar adecuadamente a sus representados del acuerdo alcanzado para facilitar la aplicación del mismo.

Y, en prueba de conformidad con el contenido de la presente adenda, las partes la firman electrónicamente, en el lugar donde se encuentran sus respectivas sedes, entendiéndose que el día de su firma es aquel en que la misma sea suscrita por el último de los firmantes.-La Directora General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, Myriam Pallarés Cortón.-El Secretario General Gerente del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, José Javier Rodrigo de Azpiazu.-La Gerente de la Mutualidad General Judicial, Juana María Gómez Valle.-El Director Gerente del Servicio de Salud de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, Alberto Jara Sánchez.

ANEXO I

Listado de municipios Castilla-La Mancha

Albacete

Municipios Zona básica de salud
Alborea. Casas Ibáñez.
Ayna. Alcadozo.
Balsa de Ves. Casas Ibáñez.
Bienservida. Alcaraz.
Bogarra. Bogarra.
Casas de Ves. Casas Ibáñez.
Cotillas. Riópar.
Férez. Socovos.
Golosalvo. Casas Ibáñez.
Jorquera. Casas de Juan Núñez.
Letur. Socovos.
Masegoso. Balazote.
Molinicos. Elche de la Sierra.
Montalvos. La Roda.
Nerpio. Nerpio.
Paterna del Madera. Bogarra.
Peñascosa. Alcaraz.
Povedilla. Alcaraz.
Recueja (La). Casas de Juan Núñez.
Riópar. Riópar.
Salobre. Alcaraz.
Socovos. Socovos.
Vianos. Alcaraz.
Villa de Ves. Casas Ibáñez.
Villapalacios. Alcaraz.
Villatoya. Casas Ibáñez.
Villaverde del Guadalimar. Riópar.
Viveros. Alcaraz.
Yeste. Yeste.

Ciudad Real

Municipios Zona básica de salud
Almodóvar del Campo. Almodóvar del Campo.
Argamasilla de Alba. Argamasilla de Alba.
Argamasilla de Calatrava. Argamasilla de Calatrava.
Herencia. Herencia.
Membrilla. Manzanares-2.
Moral de Calatrava. Moral de Calatrava.
Pedro Muñoz. Pedro Muñoz.

Cuenca

Municipios Zona básica de salud
Abia de la Obispalía. Torrejoncillo del Rey.
Acebrón (El). Tarancón.
Alarcón. Motilla del Palancar.
Albaladejo del Cuende. Valverde del Júcar.
Albalate de las Nogueras. Cañaveras.
Albendea. Priego.
Alberca de záncara (La). San Clemente.
Alcalá de la Vega. Cañete.
Alcantud. Priego.
Alcázar del Rey. Carrascosa del Campo.
Alcohujate. Villalba del Rey.
Alconchel de la Estrella. Villares del Saz.
Algarra. Landete.
Aliaguilla. Talayuelas.
Almarcha (La). Honrubia.
Almendros. Tarancón.
Almodóvar del Pinar. Motilla del Palancar.
Almonacid del Marquesado. Montalbo.
Altarejos. San Lorenzo de la Parrilla.
Arandilla del Arroyo. Priego.
Arcas. Cuenca-3.
Arcos de la Sierra. Villalba de la Sierra.
Arguisuelas. Carboneras de Guadazaón.
Arrancacepas. Cañaveras.
Atalaya de Cañavate. Honrubia.
Barajas de Melo. Tarancón.
Barchín del Hoyo. Motilla del Palancar.
Bascuñana de San Pedro. Cuenca-1.
Beamud. Tragacete.
Belinchón. Tarancón.
Belmonte. Belmonte.
Belmontejo. San Lorenzo de la Parrilla.
Beteta. Beteta.
Boniches. Cañete.
Buciegas. Cañaveras.
Buenache de Alarcón. Valverde del Júcar.
Buenache de la Sierra. Cuenca-3.
Buendía. Sacedón (Guadalajara).
Campillo de Altobuey. Motilla del Palancar.
Campillos-Paravientos. Landete.
Campillos-Sierra. Cañete.
Campos del Paraíso. Carrascosa del Campo.
Canalejas del Arroyo. Cañaveras.
Cañada del Hoyo. Carboneras de Guadazaón.
Cañada Juncosa. Honrubia.
Cañamares. Priego.
Cañaveras. Cañaveras.
Cañaveruelas. Villalba del Rey.
Cañavete (El). Honrubia.
Cañete. Cañete.
Cañizares. Beteta.
Carboneras de Guadazaón. Carboneras de Guadazaón.
Cardenete. Cardenete.
Carrascosa. Beteta.
Carrascosa de Haro. Belmonte.
Casas de Garcimolina. Landete.
Casas de Guijarro. Sisante.
Castejón. Cañaveras.
Castillejo de Iniesta. Motilla del Palancar.
Castillejo-Sierra. Villalba de la Sierra.
Castillo de Garcimuñoz. Honrubia.
Castillo-Albaráñez. Cañaveras.
Cervera del Llano. Villares del Saz.
Cierva (La). Carboneras de Guadazaón.
Cueva del Hierro. Beteta.
Chillarón de Cuenca. Cuenca-1.
Chumillas. Motilla del Palancar.
Enguídanos. Motilla del Palancar.
Fresneda de Altarejos. San Lorenzo de la Parrilla.
Fresneda de la Sierra. Villalba de la Sierra.
Frontera (La). Priego.
Fuente de Pedro Naharro. Tarancón.
Fuentelespino de Haro. Belmonte.
Fuentelespino de Moya. Landete.
Fuentenava de Jábaga. Cuenca-1.
Fuentes. Cuenca-3.
Fuertescusa. Priego.
Gabaldón. Mortilla del Palancar.
Garaballa. Talayuelas.
Gascueña. Villalba del Rey.
Graja de Campalbo. Talayuelas.
Henarejos. Landete.
Herrumblar (El). Casas Ibáñez (Albacete).
Hinojosa (La). Villares del Saz.
Hinojosos (Los). Mota del Cuervo.
Hito (El). Montalbo.
Honrubia. Honrubia.
Hontanaya. Villamayor de Santiago.
Hontecillas. Valverde del Júcar.
Horcajo de Santiago. Villamayor de Santiago.
Huélamo. tragacete.
Huelves. Carrascosa del Campo.
Huérguina. Cañete.
Huerta de la Obispalía. Torrejoncillo del Rey.
Huerta del Marquesado. Cañete.
Huete. Huete.
Laguna del Marquesado. Cañete.
Lagunaseca. Beteta.
Landete. Landete.
Leganiel. Tarancón.
Majadas (Las). Villalba de la Sierra.
Mariana. Cuenca-1.
Masegosa. Beteta.
Mesas (Las). Mesas (Las).
Mira. Mira.
Monreal del Llano. Belmonte.
Montalbanejo. Villares de Saz.
Montalbo. Montalbo.
Monteagudo de las Salinas. Carboneras de Guadazaón.
Motilla del Palancar. Motilla del Palancar.
Mota de Altarejos. San Lorenzo de la Parrilla.
Mota del Cuervo. Mota del Cuervo.
Moya. Landete.
Narboneta. Cardenete.
Olivares de Júcar. San Lorenzo de la Parrilla.
Olmeda de la Cuesta. Cañaveras.
Olmeda del Rey. Valverde del júcar.
Olmedilla de Alarcón. Motilla del Palancar.
Olmedilla de Eliz. Cañaveras.
Osa de la Vega. Belmonte.
Pajarón. Carboneras de Guadazaón.
Pajaroncillo. Carboneras de Guadazaón.
Palomares del Campo. Torrejoncillo del Rey.
Palomera. Cuenca-3.
Paracuellos. Motilla del Palancar.
Paredes. Carrascosa del Campo.
Parra de las Vegas (La). Valverde del Júcar.
Pedernoso (El). Mota del Cuervo.
Peral (El). Motilla del Palancar.
Peraleja (La). Villas de la Ventosa.
Pesquera (La). Minglanilla.
Pinarejo. Honrubia.
Pineda de Gigüela. Torrejoncillo del Rey.
Piqueras del Castillo. Valverde del Júcar.
Portalrubio de Guadamejud. Villalba del Rey.
Portilla. Villalba de la Sierra.
Poyatos. Beteta.
Pozoamargo. Sisante.
Pozorrubielos de la Mancha. Casasimarro.
Pozorrubio de Santiago. Villamayor de Santiago.
Pozuelo (el). Priego.
Priego. Priego.
Puebla de Almenara. Villamayor de Santiago.
Valle de Altomira (El). Huete.
Puebla del Salvador. Minglanilla.
Quintanar del Rey. Quintanar del Rey.
Rada de Haro. Belmonte.
Reíllo. Carboneras de Guadazaón.
Rozalén del Monte. Carrascosa del Campo.
Saceda-Trasierra. Tarancón.
Saelices. Montalbo.
Salinas del Manzano. Cañete.
Salmeroncillos. Priego.
Salvacañete. Cañete.
San Clemente. San Clemente.
San Lorenzo de la Parrilla. San Lorenzo de la Parrilla.
San Martín de Boniches. Cardenete.
San Pedro Palmiches. Priego.
Santa Cruz de Moya. Landete.
Santa María de los Llanos. Mota del Cuervo.
Santa María del Campo Rus. San Clemente.
Santa María del Val. Beteta.
Solera de Gabaldón. Motilla del Palancar.
Sotorribas. Cuenca-1.
Talayuelas. Talayuelas.
Tébar. Sisante.
Tejadillos. Cañete.
Tinajas. Villalba del Rey.
Torralba. Cañaveras.
Torrejoncillo del Rey. Torrejoncillo del Rey.
Torrubia del Campo. Tarancón.
Torrubia del Castillo. Honrubia.
Tragacete. Tragacete.
Tresjuncos. Belmonte.
Tribaldos. Carrascosa del Campo.
Uclés. Carrascosa del Campo.
Uña. Villalba de la Sierra.
Valdecolmenas (Los). huete.
Valdemeca. Tragacete.
Valdemorillo de la Sierra. Carboneras de Guadazaón.
Valdemoro-Sierra. Cañete.
Valdeolivas. Priego.
Valdetórtola. Cuenca-2.
Valeras (Las). Valverde del Júcar.
Valhermoso de la Fuente. Motilla del Palancar.
Valsalobre. Beteta.
Valverde del Júcar. Valverde del Júcar.
Valverdejo. Motilla del Palancar.
Vega del Codorno. Tragacete.
Vellisca. Huete.
Villaconejos de Trabaque. Cañaveras.
Villaescusa de Haro. Belmonte.
Villalba de la Sierra. Villalba de la Sierra.
Villalba del Rey. Villalba del Rey.
Villalgordo del Marquesado. Belmonte.
Villamayor de Santiago. Villamayor de Santiago.
Villanueva de Guadamejud. Villas de la Ventosa.
Villar de Cañas. Villares del Saz.
Villar de Domingo García. Villas de la Ventosa.
Villar de la Encina. Belmonte.
Villar de Olalla. Cuenca-2.
Villar del Humo. Cardenete.
Villar del Infantado. Cañaveras.
Villar y Velasco. Villas de la Ventosa.
Villarejo de Fuentes. Montalbo.
Villarejo de la Peñuela. Huete.
Villarejo-Periesteban. San Lorenzo de la Parrilla.
Villares del Saz. Villares del Saz.
Villarrubio. Tarancón.
Villas de la Ventosa. Villas de la Ventosa.
Villaverde y Pasaconsol. Valverde del Júcar.
Víllora. Cardenete.
Vindel. Priego.
Yémeda. Cardenete.
Zafra de Záncara. Villares del Saz.
Zafrilla. Cañete.
Zarza de Tajo. Tarancón.
Zarzuela. Villalba de la Sierra.

Guadalajara

Municipios Zona básica de salud
Abánades. Alcolea del Pinar.
Ablanque. Maranchón-Centro de Salud.
Adobes. El Pobo de Dueñas.
Alaminos. Cifuentes.
Alarilla. Yunquera de Henares-Centro Salud.
Albalate de Zorita. Pastrana-Centro de Salud.
Albares. Mondéjar.
Albendiego. Galve de Sorbe.
Alcocer. Sacedón.
Alcolea de las Peñas. Atienza.
Alcolea del Pinar. Alcolea del Pinar.
Alcoroches. Checa.
Aldeanueva de Guadalajara. Guadalajara-Periférico.
Algar de Mesa. Maranchón-Centro de Salud.
Algora. Alcolea del Pinar.
Alhóndiga. Sacedón.
Alique. Sacedón.
Almadrones. Sigüenza.
Almoguera. Mondéjar.
Almonacid de Zorita. Pastrana.
Alocén. Sacedón.
Alovera. Azuqueca de Henares.
Alustante. Checa.
Angón. Jadraque.
Anguita. Alcolea del Pinar.
Anquela del Ducado. Maranchón-Centro de Salud.
Anquela del pedregal. Molina de Aragón.
Aranzueque. Horche.
Arbancón. Cogolludo.
Arbeteta. Villanueva de Alcorón.
Argecilla. Brihuega.
Armallones. Villanueva de Alcorón.
Armuña de Tajuña. Horche.
Arroyo de las Fraguas. Cogolludo.
Atanzón. Guadalajara-Periférico.
Atienza. Atienza.
Auñón. Sacedón.
Baides. Siguenza.
Baños de Tajo. Molina de Aragón.
Bañuelos. Atienza.
Barriopedro. Brihuega.
Berninches. Sacedón.
Bodera (La). Atienza.
Brihuega. Brihuega.
Budia. Sacedón.
Bujalaro. Jadraque.
Bustares. Hiendelaencina.
Cabanillas del Campo. La Campiña-Centro de Salud.
Campillo de Dueñas. El Pobo de Dueñas.
Campillo de Ranas. Cogolludo.
Campisábalos. Galve de Sorbe.
Canredondo. Cifuentes.
Cantalojas. Galve de Sorbe.
Cañizar. Yunquera de Henares.
Cardoso de la Sierra (El). Buitrago (Madrid).
Casa de Uceda. El Casar.
Casar (El). El Casar.
Casas de San Galindo. Jadraque.
Caspueñas. Brihuega.
Castejón de Henares. Sigüenza.
Castellar de la Muela. Molina de Aragón.
Castilforte. Sacedón.
Castilnuevo. Molina de Aragón.
Cendejas de Enmedio. Jadraque.
Cendejas de la Torre. Jadraque.
Centenera. Guadalajara-Periférico.
Cifuentes. Cifuentes.
Cincovillas. Atienza.
Ciruelas. Yunquera de Henares-Centro Salud.
Ciruelos del Pinar. Maranchón-Centro de Salud.
Cobeta. Maranchón-Centro de Salud.
Cogollor. Cifuentes.
Cogolludo. Cogolludo.
Condemios de Abajo. Galve de Sorbe.
Condemios de Arriba. Galve de Sorbe.
Congostrina. Jadraque.
Copernal. Yunquera de Henares-Centro Salud.
Corduente. Molina de Aragón.
Cubillo de Uceda (El). El Casar.
Checa. Checa.
Chequilla. Checa.
Chilarón del Rey. Sacedón.
Chiloeches. Guadalajara-periférico.
Driebes. Mondéjar.
Durón. Sacedón.
Embid. Molina de Aragón.
Escamilla. Sacedón.
Escariche. Pastrana-Centro de Salud.
Escopete. Pastrana-Centro de Salud.
Espinosa de Henares. Cogolludo.
Esplegares. Cifuentes.
Establés. Maranchón-Centro de Salud.
Estriégana. Alcolea del Pinar.
Fontanar. Yunquera de Henares-Centro Salud.
Fuembellida. Molina de Aragón.
Fuencemillán. Cogolludo.
Fuentelahiguera de Albatages. Yunquera de Henares-Centro Salud.
Fuentelencina. Pastrana-Centro de Salud.
Fuentelsaz. Molina de Aragón.
Fuentelviejo. Horche.
Fuentenovilla. Mondéjar.
Gajanejos. Brihuega.
Galápagos. El Casar.
Galve de Sorbe. Galve de Sorbe.
Gascueña de Bornova. Hiendelaencina.
Henche. Cifuentes.
Heras de Ayuso. Yunquera de Henares-Centro Salud.
Herrería. Molina de Aragón.
Hiendelaencina. Hiendelaencina.
Hijes. Atienza.
Hita. Yunquera de Henares-Centro Salud.
Hombrados. El Pobo de Dueñas.
Hontoba. Pastrana-Centro de Salud.
Horche. Horche.
Hortezuela de Océn. Alcolea del Pinar.
Huerce (La). Galve de Sorbe.
Huérmeces del Cerro. Sigüenza.
Huertahernando. Alcolea del Pinar.
Hueva. Pastrana-Centro de Salud.
Humanes. Yunquera de henares-Centro Salud.
Illana. Tarancón (Cuenca).
Iniéstola. Alcolea del Pinar.
Inviernas (Las). Cifuentes.
Irueste. Sacedón.
Jadraque. Jadraque.
Jirueque. Jadraque.
Ledanca. Brihuega.
Loranca de Tajuña. Mondéjar.
Lupiana. Horche.
Luzaga. Alcolea del Pinar.
Luzón. Maranchón-Centro de Salud.
Majaelrayo. Cogolludo.
Málaga del Fresno. Yunquera de Henares-Centro Salud.
Malaguilla. Yunquera de Henares-Centro Salud.
Mandayona. Sigüenza.
Mantiel. Sacedón.
Maranchón. Maranchón-Centro de Salud.
Marchamalo. La Campiña-Centro de Salud.
Masegoso de Tajuña. Cifuentes.
Matarrubia. Yunquera de Henares-Centro Salud.
Matillas. Jadraque.
Mazarete. Maranchón-Centro de Salud.
Mazuecos. Mondéjar.
Medranda. Jadraque.
Megina. Checa.
Membrillera. Jadraque.
Miedes de Atienza. Atienza.
Mierla (La). Cogolludo.
Milmarcos. Molina de Aragón.
Millana. Sacedón.
Miñosa (La). Atienza.
Mirabueno. Sigüenza.
Miralrío. Jadraque.
Mochales. Maranchón-Centro de Salud.
Mohernando. Yunquera de Henares-Centro Salud.
Molina de Aragón. Molina de Aragón.
Monasterio. Cogolludo.
Mondéjar. Mondéjar.
Montarrón. Cogolludo.
Moratilla de los Meleros. Pastrana-Centro de Salud.
Morenilla. El Pobo de Dueñas.
Muduex. Brihuega.
Navas de Jadraque (Las). Hiendelaencina.
Negredo. Jadraque.
Ocentejo. Cifuentes.
Olivar (El). Sacedón.
Olmeda de Cobeta. Maranchón-Centro de Salud.
Olmeda de Jadraque (La). Sigüenza.
Ordial (El). Cogolludo.
Orea. Checa.
Pálmaces de Jadraque. Jadraque.
Pardos. Molina de Aragón.
Paredes de Sigüenza. Atienza.
Pareja. Sacedón.
Pastrana. Pastrana-Centro de Salud.
Pedregal (El). El Pobo de Dueñas.
Peñalén. Villanueva de Alcorón.
Peñalver. Sacedón.
Peralejos de las Truchas. Beteta (Cuenca).
Peralveche. Villanueva de Alcorón.
Pinilla de Jadraque. Jadraque.
Pinilla de Molina. Molina de Aragón.
Pioz. Guadalajara-Periférico.
Piqueras. El Pobo de Dueñas.
Pobo de Dueñas (El). El Pobo de Dueñas.
Poveda de la Sierra. Villanueva de Alcorón.
Pozo de Almoguera. Mondéjar.
Prádena de Atienza. Hiendelaencina.
Prados Redondos. Molina de Aragón.
Puebla de Beleña. Yunquera de Henares-Centro Salud.
Puebla de Valles. Cogolludo.
Quer. Azuqueca de Henares.
Rebollosa de Jadraque. Atienza.
Recuenco (El). Villanueva de Alcorón.
Renera. Pastrana-Centro de Salud.
Retiendas. Cogolludo.
Riba de Saélices. Alcolea del Pinar.
Rillo de Gallo. Molina de Aragón.
Riofrío del Llano. Atienza.
Robledillo de Mohernando. Yunquera de Henares-Centro Salud.
Robledo de Corpes. Hiendelaencina.
Romanillos de Atienza. Atienza.
Romanones. Horche.
Rueda de la Sierra. Molina de Aragón.
Sacecorbo. Cifuentes.
Sacedón. Sacedón.
Saelices de la Sal. Alcolea del Pinar.
Salmerón. Sacedón.
San andrés del Congosto. Cogolludo.
San andrés del Rey. Sacedón.
Santiuste. Sigüenza.
Saúca. Alcolea del Pinar.
Sayatón. Pastrana-Centro de Salud.
Selas. Maranchón-Centro de Salud.
Semillas. Cogolludo.
Setiles. El pobo de Dueñas.
Sienes. Eigüenza.
Sigüenza. Sigüenza.
Solanillos del Extremo. Cifuentes.
Somolinos. Galve de Sorbe.
Sotillo (el). Cifuentes.
Sotodosos. Alcolea del Pinar.
Tamajón. Cogolludo.
Taragudo. Yunquera de Henares-Centro Salud.
Taravilla. Molina de Aragón.
Tartanedo. Molina de Aragón.
Tendilla. Horche.
Terzaga. Molina de Aragón.
Tierzo. Molina de Aragón.
Toba (La). Jadraque.
Tordelrábano. Atienza.
Tordellego. El Pobo de Dueñas.
Tordesilos. El Pobo de Dueñas.
Torija. Guadalajara-Periférico.
Torre del Burgo. Yunquera de Henares-Centro Salud.
Torrecuadrada de Molina. Molina de Aragón.
Torrecuadradilla. Cifuentes.
Torrejón del Rey. El Casar.
Torremocha de Jadraque. Jadraque.
Torremocha del Campo. Alcolea del Pinar.
Torremocha del Pinar. Molina de Aragón.
Torremochuela. Molina de Aragón.
Torrubia. Molina de Aragón.
Tórtola de Henares. Guadalajara-Periférico.
Tortuera. Molina de Aragón.
Tortuero. El Casar.
Traíd. Checa.
Trijueque. Brihuega.
Trillo. Cifuentes.
Uceda. El Casar.
Ujados. Atienza.
Utande. Brihuega.
Valdarachas. Horche.
Valdearenas. Brihuega.
Valdeavellano. Brihuega.
Valdeaveruelo. El casar.
Valdeconcha. Pastrana-Centro de Salud.
Valdegrudas. Guadalajara-Periférico.
Valdelcubo. Sigüenza.
Valdenuño Fernández. El Casar.
Valdepeñas de la Sierra. El Casar.
Valderrebollo. Brihuega.
Valdesotos. Cogolludo.
Valfermoso de Tajuña. Horche.
Valhermoso. Molina de Aragón.
Valtablado del Río. Villanueva de Alcorón.
Valverde de los Arroyos. Cogolludo.
Viana de Jadraque. Sigüenza.
Villanueva de Alcorón. Villanueva de Alcorón.
Villanueva de Argecilla. Jadraque.
Villanueva de la Torre. Azuqueca de Henares.
Villares de Jadraque. Hiendelaencina.
Villaseca de Henares. Sigüenza.
Villaseca de Uceda. El Casar.
Villel de Mesa. Maranchón-Centro de Salud.
Viñuelas. El Casar.
Yebes. Horche.
Yebra. Pastrana-Centro de Salud.
Yélamos de Abajo. Sacedón.
Yélamos de Arriba. Sacedón.
Yunquera de Henares. Yunquera de Henares-Centro Salud.
Yunta (La). El Pobo de Dueñas.
Zaorejas. Villanueva de Alcorón.
Zarzuela de Jadraque. Cogolludo.
Zorita de los Canes. Pastrana-Centro de Salud.

Toledo

Municipios Zona básica de salud
Albarreal de Tajo. La puebla de Montalbán.
Alcabon. Torrijos.
Alcañizo. Oropesa.
Alcaudete de la Jara. Belvís de la Jara.
Alcolea de Tajo. El puente del Arzobispo.
Aldea en Cabo. Escalona.
Aldeanueva de Barbarroya. Belvís de la Jara.
Aldeanueva de San Bartolomé. Aldeanueva de San Bartolomé.
Almendral de la Cañada. Navamorcuende.
Almorox. Escalona.
Añover de Tajo. Añover de Tajo.
Arcicollar. Camarena.
Azután. El puente del Arzobispo.
Barcience. Torrijos.
Belvís de la Jara. Belvís de la Jara.
Borox. Esquivias.
Buenaventura. Navamorcuende.
Burujón. La puebla de Montalbán.
Cabezamesada. Corral de Almaguer.
Calera y Chozas. Velada.
Caleruela. Oropesa.
Calzada de Oropesa. Oropesa.
Camarena. Camarena.
Camarenilla. Camarena.
Campillo de la Jara (El). Aldeanueva de San Bartolomé.
Cardiel de los Montes. Castillo de Bayuela.
Carmena. Torrijos.
Carpio de Tajo (El). Puebla de Montalban (La).
Carriches. Santa Olalla.
Casar de escalona (El). Santa Olalla.
Casasbuenas. Polán.
Castillo de Bayuela. Castillo de Bayuela.
Cazalegas. Cebolla.
Cebolla. Cebolla.
Cerralbos (Los). Cebolla.
Cervera de los Montes. Talavera de la Reina.
Cuerva. Menasalbas.
Chozas de Canales. Camarena.
Chueca. Sonseca.
Domingo Pérez. Santa Olalla.
Erustes. Santa Olalla.
Escalona. Escalona.
Escalonilla. La Puebla de Montalbán.
Espinoso del Rey. Los Navalmorales.
Estrella (La). Aldeanueva de San Bartolomé.
Gálvez. Menasalbas.
Garciotum. Castillo de Bayuela.
Gerindote. Torrijos.
Guardia (La). Tembleque.
Herencias (Las). Talavera de la Reina.
Herreruela de Oropesa. Oropesa.
Hinojosa de San Vicente. Castillo de Bayuela.
Hontanar. Navahermosa.
Hormigos. Escalona.
Huecas. Fuensalida.
Huerta de Valdecarabanos. Yepes.
Iglesuela del Tiétar (La). Navamorcuende.
Illán de Vacas. Cebolla.
La Mata. Torrijos.
Lagartera. Oropesa.
Lillo. Corral de Almaguer.
Lucillos. Cebolla.
Malpica de Tajo. Cebolla.
Manzaneque. Mora.
Maqueda. Santa Olalla.
Marjaliza. Los Yébenes.
Marrupe. Navamorcuende.
Mascaraque. Mora.
Mejorada. Talavera II.
Menasalbas. Menasalbas.
Méntrida. Valmojado.
Mesegar de Tajo. Santa Olalla.
Miguel Esteban. Quintanar de la Orden.
Mohedas de la Jara. Aldeanueva de San Bartolomé.
Montearagón. Cebolla.
Montesclaros. Talavera II.
Nava de Ricomalillo (La). La Nava de Ricomalillo.
Navahermosa. Navahermosa.
Navalcán. Velada.
Navalmoralejo. El Puente del Arzobispo.
Navalmorales (Los). Los Navalmorales.
Navalucillos (Los). Los Navalucillos.
Navamorcuende. Navamorcuende.
Noez. Polán.
Nombela. Escalona.
Novés. Torrijos.
Nuño Gómez. Castillo de Bayuela.
Oropesa. Oropesa.
Otero. Santa Olalla.
Palomeque. Illescas.
Paredes de Escalona. Escalona.
Parrillas. Talavera de la Reina.
Pelahustán. Castillo de Bayuela.
Pepino. Talavera II.
Portillo de Toledo. Fuensalida.
Puebla de Almoradiel (La). Quintanar de la Orden.
Puebla de Montalban (La). Puebla de Montalban (La).
Pueblanueva (La). La Pueblanueva.
Puente del Alzobispo (El). El Puente del Arzobispo.
Puerto de San Vicente. Aldeanueva de San Bartolomé.
Pulgar. Polán.
Quero. Villafranca de los Caballeros.
Quintanar de la Orden. Quintanar de la Orden.
Quismondo. Santa Olalla.
Real de San Vicente (El). Castillo de Bayuela.
Recas. Villaluenga de la Sagra.
Retamoso de la Jara. Los Navalmorales.
Rielves. Torrijos.
Robledo del Mazo. La Nava de Ricomalillo.
Romeral (El). Tembleque.
San Bartolomé de las Abiertas. Pueblanueva.
San Martín de Montalbán. Navahermosa.
San Martín de Pusa. Los Navalmorales.
San Pablo de los Montes. Menasalbas.
San Román de los Montes. Castillo de Bayuela.
Santa Ana de Pusa. Los Navalmorales.
Santa Cruz de la Zarza. Santa Cruz de la Zarza.
Santa Olalla. Santa Olalla.
Santo Domingo-Caudilla. Torrijos.
Sartajada. Navamorcuende.
Segurilla. Talavera II.
Sevilleja de la Jara. La Nava de Ricomalillo.
Sotillo de las Palomas. Navamorcuende.
Toboso (El). Quintanar de la Orden.
Torralba de Oropesa. Oropesa.
Torre de Esteban Hambrán (La). Valmojado.
Torrecilla de la Jara. Los Navalmorales.
Torrico. Puente del Arzobispo.
Totanés. Menasalbas.
Valdeverdeja. El Puente del Arzobispo.
Velada. Velada.
Ventas con Peña Aguilera (Las). Menasalbas.
Ventas de San Julián (Las). Oropesa.
Villa de Don Fadrique. Villacañas.
Villamiel de Toledo. Fuensalida.
Villaminaya. Mora.
Villamuelas. Yepes.
Villanueva de Alcardete. Quintanar de la Orden.
Villanueva de Bogas. Mora.
Villarejo de Montalbán. Los Navalmorales.
Villasequilla de Yepes. Yepes.
Villatobas. Noblejas.
Yébenes (Los). Yébenes (Los).
Yunclillos. Villaluenga de la Sagra.
ANEXO II
Listado de municipios Castilla-La Mancha

Provincia: Albacete

Abengibre.

Alatoz.

Albatana.

Alcadozo.

Alcalá de Júcar.

Alcaraz.

Alpera.

Balazote.

Ballestero (El).

Barrax.

Bonete.

Bonillo (El).

Carcelén.

Casas de Juan Núñez.

Casas de Lázaro.

Casas-Ibáñez.

Caudete.

Cenizate.

Corral-Rubio.

Chinchilla de Monte-Aragón.

Elche de la Sierra.

Fuensanta.

Fuente-Álamo.

Fuentealbilla.

Gineta (La).

Herrera (La).

Higueruela.

Hoya-Gonzalo.

Lezuza.

Liétor.

Madrigueras.

Mahora.

Minaya.

Montealegre del Castillo.

Motilleja.

Munera.

Navas de Jorquera.

Ontur.

Ossa de Montiel.

Peñas de San Pedro.

Pétrola.

Pozo Cañada.

Pozo-Lorente.

Pozohondo.

Pozuelo.

Robledo.

Roda (La).

San Pedro.

Tarazona de la Mancha.

Tobarra.

Valdeganga.

Villalgordo del Júcar.

Villamalea.

Villavaliente.

Provincia: Ciudad Real

Abenójar.

Agudo.

Alamillo.

Albaladejo.

Alcoba.

Alcolea de Calatrava.

Alcubillas.

Alhambra.

Aldea del Rey.

Almadén.

Almadenejos.

Almagro.

Almedina.

Almuradiel.

Anchuras.

Arenales de San Gregorio.

Arenas de San Juan.

Arroba de los Montes.

Ballesteros de Calatrava.

Bolaños de Calatrava.

Brazatortas.

Cabezarados.

Cabezarrubias del Puerto.

Calzada de Calatrava.

Campo de Criptana.

Cañada de Calatrava.

Caracuel de Calatrava.

Carrión de Calatrava.

Carrizosa.

Castellar de Santiago.

Chillón.

Corral de Calatrava.

Cózar.

Daimiel.

Fernán Caballero.

Fontanarejo.

Fuencaliente.

Fuenllana.

Fuente el Fresno.

Granátula de Calatrava.

Guadalmez.

Hinojosas de Calatrava.

Horcajo de los Montes.

Labores, Las.

Llanos del Caudillo.

Los Cortijos.

Luciana.

Malagón.

Manzanares.

Mestanza.

Miguelturra.

Montiel.

Navalpino.

Navas de Estena.

Picón.

Piedrabuena.

Poblete.

Porzuna.

Pozuelo de Calatrava.

Pozuelos de Calatrava, Los.

Robledo, El.

Puebla de Don Rodrigo.

Puebla del Príncipe.

Puerto Lápice.

Retuerta del Bullaque.

Ruidera.

Saceruela.

San Carlos del Valle.

San Lorenzo de Calatrava.

Santa Cruz de los Cáñamos.

Santa Cruz de Mudela.

Socuéllamos.

Solana (La).

Solana del Pino.

Terrinches.

Torralba de Calatrava.

Torre de Juan Abad.

Torrenueva.

Valdemanco de Esteras.

Valenzuela de Calatrava.

Villahermosa.

Villamanrique.

Villamayor de Calatrava.

Villanueva de la Fuente.

Villanueva de los Infantes.

Villar del Pozo.

Villarrubia de los Ojos.

Villarta de san Juan.

Villanueva de San Carlos.

Viso del Marqués.

Provincia: Cuenca

Casas de Benítez.

Casas de Fernando Alonso.

Casas de Haro.

Casas de los Pinos.

Casasimarro.

Graja de Iniesta.

Iniesta.

Ledaña.

Minglanilla.

Pedroñeras (Las).

Picazo (El).

Provencio (El).

Sisante.

Tarancón.

Vara de Rey.

Villagarcía del Llano.

Villalpardo.

Villanueva de la Jara.

Villarta.

Provincia: Toledo

Ajofrín.

Alameda de la Sagra.

Almonacid de Toledo.

Argés.

Bargas.

Burguillos de Toledo.

Cabañas de la Sagra.

Cabañas de Yepes.

Camuñas.

Carranque.

Casarrubios del Monte.

Cedillo del Condado.

Ciruelos.

Cobeja.

Cobisa.

Consuegra.

Corral de Almaguer.

Dosbarrios.

Esquivias.

Fuensalida.

Guadamur.

Layos.

Lominchar.

Madridejos.

Magán.

Mazarambroz.

Mocejón.

Mora.

Nambroca.

Noblejas.

Numancia de la Sagra.

Ocaña.

Olías del Rey.

Ontígola.

Orgaz.

Pantoja.

Polán.

Santa Cruz del Retamar.

Sonseca.

Tembleque.

Torrijos.

Turleque.

Ugena.

Urda.

Valmojado.

Ventas de Retamosa (Las).

Villacañas.

Villafranca de los Caballeros.

Villarrubia de Santiago.

Villaluenga de la Sagra.

Villaseca de la Sagra.

Viso de San Juan (El).

Yeles.

Yepes.

Yuncler.

Yuncos.

ANEXO III
Personas de cada mutualidad que, adscritas a cada entidad, residen en los municipios recogidos en el anexo I y cantidades económicas que deben abonarse mensualmente por cada uno de los colectivos (a 1 de mayo de 2024), a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha

Precio por persona < 2 y =>65: 17,07 euros/mes.

Precio por persona =>2 y <65 años: 14,29 euros/mes.

Personas adscritas

Entidad MUFACE ISFAS MUGEJU
< 2 años y =>65 años = >2 años y <65 años < 2 años y =>65 años = >2 años y <65 años < 2 años y =>65 años =>2 años y <65 años
SEGURCAIXA ADESLAS. 1.076 3.059 369 2.366 12 53
ASISA. 948 1.734 357 1.223 9 36
DKV SEGUROS. 71 339     0 11
MAPFRE.         9 26
NUEVA MUTUA.         0 6
SANITAS.         6 40
 TOTAL. 2.095 5.132 726 3.589 36 172

Cantidades económicas mensuales

Entidad MUFACE ISFAS MUGEJU

< 2 años y

=>65 años

=>2 años y

<65 años

Total

< 2 años y

=>65 años

=>2 años y

<65 años

Total

< 2 años y

=>65 años

=>2 años y

<65 años

Total
SEGURCAIXA ADESLAS. 18.367,32 43.713,11 62.080,43 6.298,83 33.810,14 40.108,97 204,84 757,37 962,21
ASISA. 16.182,36 24.778,86 40.961,22 6.093,99 17.476,67 23.570,66 153,63 514,44 668,07
DKV SEGUROS. 1.211,97 4.844,31 6.056,28       0,00 157,19 157,19
MAPFRE.             153,63 371,54 525,17
NUEVA MUTUA.             0,00 85,74 85,74
SANITAS.             102,42 571,60 674,02
 TOTAL. 35.761,65 73.336,28 109.097,93 12.392,82 51.286,81 63.679,63 614,52 2.457,88 3.072,40
ANEXO IV
Personas de cada mutualidad que, adscritas a cada entidad, residen en los municipios recogidos en el anexo II y cantidades económicas que deben abonarse mensualmente por cada uno de los colectivos (a 1 de mayo de 2024), a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha

Precio por persona < 2 y =>65 años: 1,50 euros/mes.

Precio por persona =>2 y <65 años: 1,22 euros/mes.

Personas adscritas

Entidad MUFACE ISFAS MUGEJU
< 2 años y =>65 años =>2 años y <65 años < 2 años y =>65 años = >2 años y <65 años < 2 años y =>65 años =>2 años y <65 años
SEGURCAIXA ADESLAS. 2.019 6.123 710 3.675 20 153
ASISA. 1.036 2.443 346 1.292 15 65
DKV SEGUROS. 80 568     1 13
MAPFRE.         11 55
NUEVA MUTUA.         0 1
SANITAS.         9 32
  TOTAL. 3.135 9.134 1.056 4.967 56 319

Cantidades económicas mensuales

Entidad MUFACE ISFAS MUGEJU

< 2 años y

=>65 años

=>2 años y

<65 años

Total

< 2 años y

=>65 años

=>2 años y

<65 años

Total

< 2 años y

=>65 años

=>2 años y

<65 años

Total
SEGURCAIXA ADESLAS. 3.028,50 7.470,06 10.498,56 1.065,00 4.483,50 5.548,50 30,00 186,66 216,66
ASISA. 1.554,00 2.980,46 4.534,46 519,00 1.576,24 2.095,24 22,50 79,30 101,80
DKV SEGUROS. 120,00 692,96 812,96       1,50 15,86 17,36
MAPFRE.             16,50 67,10 83,60
NUEVA MUTUA.             0,00 1,22 1,22
SANITAS.             13,50 39,04 52,54
 TOTAL. 4.702,50 11.143,48 15.845,98 1.584,00 6.059,74 7.643,74 84,00 389,18 473,18

https://govclipping.com/search "" https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php Error Ha habido un error: {error}. Inténtalo de nuevo más tarde. ¡Lista creada! La lista ha sido creada y la noticia añadida correctamente. Lista modificada! El título de la lista ha sido modificada correctamente. Eliminar lista: @text@ ¿Estás seguro de que quieres eliminar esta lista? Tanto la lista como todos los elementos guardados serán eliminados. ¡Lista eliminada! La lista ha sido eliminada correctamente. ¡Error! Error al eliminar la lista. Vaciar lista: @text@ ¿Estás seguro de que quieres vaciar esta lista? Todas las noticias que contiene esta lista serán desmarcadas. ¡Lista vaciada! La lista ha sido vaciada correctamente. ¡Error! Error al vaciar la lista. Aceptar Cancelar No se han encontrado artículos adicionales. https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde. Error No se ha podido enviar la alerta de prueba a tu correo electrónico {email}. Inténtalo de nuevo más tarde. Alerta de prueba enviada Se ha enviado una alerta de prueba únicamente a tu email {email}. Revisa tu carpeta de Spam y añade @govclipping.com a tu lista de contactos. Enviar email de prueba Se enviará un email de prueba únicamente al correo electrónico de esta cuenta. Si no lo recibes, revisa tu carpeta de Spam. Enviar a todos los destinatarios Se enviará el correo electrónico a todos los destinatarios. Si no lo reciben, revisen su carpeta de Spam. Error No se ha podido enviar el correo electrónico a todos o algunos de los destinatarios. Inténtalo de nuevo más tarde. Correo electrónico enviado Se ha enviado el correo electrónico a todos los destinatarios. Revisen su carpeta de Spam y añadan @govclipping.com a su lista de contactos.
704928 {"title":"Resolución de 23 de noviembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación al Convenio entre la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas, la Mutualidad General Judicial y el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades.","published_date":"2024-11-30","region":"government","region_text":"Presidencia del Gobierno","category":"boe","category_text":"Boletín Oficial del Estado","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets_v1\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-government","id":"704928"} government Comunidad de Castilla y León. Convenio,MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES,Otras disposiciones https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php https://govclipping.com/modules/controller/ReferencesController.php Resaltar Quitar resaltado false https://govclipping.com/es/government/boe/2024-11-30/704928-resolucion-23-noviembre-2024-subsecretaria-se-publica-adenda-prorroga-modificacion-convenio-mutualidad-general-funcionarios-civiles-estado-instituto-social-fuerzas-armadas-mutualidad-general-judicial-servicio-salud-castilla-mancha-prestacion-zonas-rurales-determinados-servicios-sanitarios-mutualistas-demas-beneficiarios-adscritos-entidades-seguro-asistencia-sanitaria-concertada-dichas-mutualidades https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.