Resolución de 17 de septiembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización operativa sobre la gestión de las prestaciones económicas y sociales reconocidas por el Instituto Social de las Fuerzas Armadas, ejercicio 2019.
La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del dÃa 17 de septiembre de 2024, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización operativa sobre la gestión de las prestaciones económicas y sociales reconocidas por el Instituto Social de las Fuerzas Armadas, ejercicio 2019, acuerda:
1. Asumir el contenido y las conclusiones comprendidas del Informe de fiscalización operativa sobre la gestión de las prestaciones económicas y sociales reconocidas por el Instituto Social de las Fuerzas Armadas, ejercicio 2019.
2. Aprobar el Informe de fiscalización operativa fiscalización operativa sobre la gestión de las prestaciones económicas y sociales reconocidas por el Instituto Social de las Fuerzas Armadas, ejercido 2019, tomando nota de las deficiencias señaladas por el Tribunal de Cuentas.
3. Instar al Gobierno a:
- Dar cumplimiento, a través del Ministerio de Defensa, a las recomendaciones contenidas en el apartado IV.1 del Informe de fiscalización y, en particular, la relativa a establecer un mayor control sobre la custodia y el registro de los dictámenes emitidos por los órganos médico periciales de la sanidad militar, iniciando un proceso de centralización e intercomunicación entre las Juntas médico-periciales, de manera que exista un registro único que permita la integración de la totalidad de la información existente para una mejor identificación y seguimiento de los dictámenes, asà como tomar las medidas oportunas para iniciar el proceso de extinción del Fondo Especial del Instituto Social de las Fuerza Armadas integrado por la Asociación Mutua Benéfico del Ejército de Aire y la Asociación Mutua Benéfica del Ejército de Tierra.
- Dar cumplimiento a la recomendación dirigida al Ministerio de Defensa relativa a analizar la conveniencia de iniciar el proceso de extinción definitiva del Fondo Especial del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, dada la escasa cuantÃa de las prestaciones que concede, sin que ni siquiera se haya iniciado actuación alguna tendente a cumplir esta recomendación.
- Dar cumplimiento a las recomendaciones incorporadas al apartado IV.2 del Informe de fiscalización.
- Efectuar un seguimiento de las medidas que se adopten para solventar las deficiencias que se han puesto de manifiesto en el Informe de fiscalización del Tribunal de Cuentas, y un estudio que incluya los datos derivados del seguimiento y evaluación, que deberá ser remitido al Tribunal de Cuentas y a la Comisión Mixta de Relaciones con el Tribunal de Cuentas.
- Que el Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS), a través de su aplicación Informática para la tramitación de las prestaciones económicas y sociales, denominada Sistema de Información de Afiliados al ISFAS (SIGAISFAS):
a) Siga desarrollando un proceso de mejora de las aplicaciones informáticas y solvente todas las deficiencias que ralentizan y dificultan el proceso de alta y gestión de los expedientes de estas prestaciones, instando al Ministerio de Defensa para que concluya un proceso de mejora de las aplicaciones informáticas de gestión de las prestaciones económicas y sociales, mejorando la interconectividad entre las aplicaciones.
b) Establezca mecanismos de control automatizado con avisos temporales sobre los expedientes pendientes de resolver por falta de documentación acreditativa.
c) Implante interconectividad entre SIGAISFAS y el módulo Sistema Informático de Administración y Dirección Económica, a través del que se gestiona el pago de las prestaciones centralizadas.
d) Archive las actas que recogen los dictámenes emitidos para la determinación del grado de discapacidad de los beneficiarios por las distintas Juntas Ordinarias Territoriales con documentación integrada telemáticamente en ninguna plataforma, estableciendo un control centralizado de las mismas, con una interconectividad entre las citadas juntas y las Juntas Médico-Periciales Superior y Psiquiátrica.
- Que el Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS), en defecto de una supresión de su Fondo Especial, gestione su administración:
a) Adoptando las medidas precisas al objeto de establecer, mecanismos de coordinación adecuados para el control de las incompatibilidades existentes entre el pago de las prestaciones económicas y sociales concedidas y la percepción de otras ayudas, de manera que se establezcan sistemas de detección y verificación previos a la concesión de las prestaciones que permitan evitar posibles duplicidades y pagos indebidos.
b) Determinando que, tanto del coeficiente de imputación de gastos de carácter general, como el criterio de distribución de la totalidad de gastos indirectos según su naturaleza, sean actualizadas y sometidas a revisión.
c) Tomando las medidas oportunas para evitar que continúen existiendo resultados deficitarios derivados del propio sistema de capitalización de las pensiones.
d) Tomando las medidas oportunas para evitar que continúen existiendo resultados deficitarios derivados del reducido importe de las cuotas que pagan los socios.
e) Tomando las medidas oportunas para evitar que continúen existiendo resultados deficitarios derivados del descenso en el número de socios y beneficiarios.
f) Adaptando los mecanismos adecuados para que en la Asociación Mutua Benéfica del Ejército de Tierra (AMBE) y en la Asociación Mutua Benéfica del Ejército del Aire (AMBA) se produzca la comunicación al interesado de la resolución de concesión de las prestaciones y que, además, existan expedientes en los que conste la autorización para consultar los datos necesarios para la concesión de las prestaciones por parte del ISFAS.
- Que el Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS) incluya en su página web, su organigrama, planes y programas anuales y plurianuales en los que se fijen objetivos concretos, asà como las actividades, medios y tiempo previsto para su consecución.
- Que el Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS) publique las directrices, instrucciones, acuerdos, circulares o respuestas a consultas planteadas por los particulares u otros organismos.
4. Instar al Instituto Social de las Fuerzas Armadas a:
- Seguir desarrollando un proceso de mejora de las aplicaciones informáticas de gestión de las prestaciones económicas y sociales, para corregir las deficiencias derivadas de su obsolescencia, asà como la mejora en la interconectividad entre aplicaciones.
5. Instar al Tribunal de Cuentas a:
- Programar el análisis, evaluación y fiscalización del nivel de cumplimiento de las recomendaciones contenidas en el Informe de fiscalización, al objeto de verificar el Ãndice de adopción y consecución de los objetivos dirigidos a mejorar.
Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de septiembre de 2024.-El Presidente de la Comisión, Juan Francisco Serrano MartÃnez.-El Secretario Primero de la Comisión, Salvador de Foronda Vaquero.
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