Resolución de 17 de septiembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las subvenciones de régimen general concedidas por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales en el área de atención a mayores, ejercicio 2020.
La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 17 de septiembre de 2024, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de las subvenciones de régimen general concedidas por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales en el área de atención a mayores, ejercicio 2020, acuerda:
1. Asumir el contenido y las conclusiones comprendidas del Informe de fiscalización operativa sobre las subvenciones de régimen general concedidas por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales en el área de atención a mayores, ejercicio 2020.
2. Aprobar el Informe de fiscalización operativa sobre las subvenciones de régimen general concedidas por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales en el área de atención a mayores, ejercicio 2020, tomando nota de las deficiencias señaladas por el Tribunal de Cuentas.
3. Instar al Gobierno a:
- Promover las medidas necesarias para que el IMSERSO elabore un manual interno de procedimiento de concesión, gestión y justificación de las subvenciones, que permita su adecuado control, así como, la supervisión de las actuaciones realizadas al respecto, evitando las lagunas e indefiniciones puestas de manifiesto a lo largo de este informe.
- Promover las medidas necesarias para que el IMSERSO garantice la independencia del órgano colegiado de la comisión de evaluación, de forma que los miembros del primero no formen parte del segundo.
- Dar cumplimiento, a través del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, a las recomendaciones contenidas en el apartado III.1 del Informe de Fiscalización y, en particular la relativa a si la línea de subvenciones para atención a mayores fiscalizada responde realmente al nuevo objetivo estratégico del Plan Estratégico de Subvenciones 2021-2023 y, en su caso, definir unos nuevos indicadores que permitan evaluar su impacto.
- Dar cumplimiento a las recomendaciones incorporadas al apartado III.2 del Informe de Fiscalización.
- Dar cumplimiento a las recomendaciones incorporadas al apartado III.3 del Informe de Fiscalización.
- Efectuar un seguimiento de las medidas que se adopten para solventar las deficiencias que se han puesto de manifiesto en el Informe de fiscalización del Tribunal de Cuentas, estudio que incluya los datos derivados del seguimiento y evaluación, que deberá ser remitido al propio Tribunal de Cuentas y a la Comisión Mixta de Relaciones con el Tribunal de Cuentas.
- Que el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030:
a) Inste la modificación de la vigente Orden TAS/980/2007, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones sometidas al régimen general de subvenciones del Instituto de Mayores y Servicios Sociales por su carácter obsoleto y por no ajustarse a la realidad actual.
b) Favorezca que, con esta línea de ayudas no se esté financiando, básicamente, el sostenimiento de entidades, sino la actuación en beneficio del colectivo de mayores.
- Que el IMSERSO:
a) Desarrolle unas bases reguladoras que concreten de manera precisa los criterios y parámetros que determinen la valoración de las solicitudes; así como su ponderación.
b) Evite la existencia de discrecionalidad del órgano concedente, proveyendo un procedimiento con un grado de seguridad jurídica pleno.
c) Realice estudios que justifiquen la elección de criterios y parámetros aplicados para la valoración de las solicitudes.
d) Desarrolle, para su mayor precisión, guías o instrucciones internas de estos criterios y parámetros.
e) Establezca un criterio de implantación estatal, que tenga en cuenta número de comunidades autónomas donde se puedan ejecutar las actuaciones, así como el número de beneficiarios de esas ayudas.
f) Establezca un criterio de criterio de especialización, con una evaluación precisa de las fuentes de financiación de los solicitantes.
g) Desarrolle trámites para permitir que el beneficiario reformule su solicitud y la adapte al importe efectivamente concedido en los supuestos en los que se concedió la subvención por importe inferior al solicitado.
h) Realice un control interno del procedimiento de concesión, así como de las obligaciones de comprobación.
i) Efectúe la liquidación de intereses de demora de los reintegros voluntarios.
j) Determine los recursos humanos y materiales adecuados y suficientes para la gestión de la subvención objeto de fiscalización.
k) Desarrolle eficazmente una aplicación informática específica para la gestión y control de estas subvenciones.
l) Realice un plan anual de actuación para verificar la efectiva realización de les actividades subvencionadas.
4. Instar al Tribunal de Cuentas a programar el análisis, evaluación y fiscalización del nivel de cumplimiento de las recomendaciones contenidas en el Informe de fiscalización, al objeto de verificar el índice de adopción y consecución de los objetivos dirigidos a mejorar.
5. Instar al IMSERSO a:
- Facilitar a los solicitantes de las ayudas las instrucciones detalladas que precise la documentación que deben presentar, así como los criterios de valoración que se utilizarán y su ponderación en el proceso de concesión.
- Elaborar un manual interno de procedimiento de concesión, gestión y justificación de las subvenciones, que permita su adecuado control y la supervisión de las actuaciones realizadas al respecto.
- Ampliar la dotación de personal y mejorar las herramientas informáticas con el fin de potenciar el control interno de los procedimientos de concesión.
Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de septiembre de 2024.-El Presidente de la Comisión, Juan Francisco Serrano Martínez.-El Secretario Primero de la Comisión, Salvador de Foronda Vaquero.
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