RESOLUCIÓN de 8 de octubre de 2024, del Departamento Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Ames (expediente IN407A 2024/223-1).
VI. Anuncios
a) Administración autonómica
Consellería de Economía e Industria
RESOLUCIÓN de 8 de octubre de 2024, del Departamento Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Ames (expediente IN407A 2024/223-1).
Expediente: IN407A 2024/223-1.
Promotora: Central Eléctrica Industrial, S.L.
Denominación del proyecto: LMTS y CS Mercuto.
Ayuntamiento: Ames.
Hechos:
1. El día 26 de junio de 2024, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto de ejecución de la instalación de distribución eléctrica indicada.
Con el objeto de posibilitar la gestión y maniobra de la red de media tensión principal de Central Eléctrica Industrial en el lugar de Mercuto, término municipal de Ames, así como de dotar de una salida independiente a la línea de media tensión LMT Der Molduras Muíño (P) y posibilitar su seccionamiento telemandado, se proyecta la instalación de un nuevo centro de seccionamiento situado en el mismo local en el que se sitúa actualmente el centro de transformación CT Mercuto (IN407A 95/62-1), la substitución de un tramo aéreo de la línea de media tensión existente LP Mercuto-Ponte Vilariño (expediente 52.089) por otro soterrado y la substitución de un tramo aéreo de la línea de media tensión LMT Der Molduras Muíño (P) por otro de tipo soterrado.
Conforme establece el artículo 123 del Real decreto 1955/2000, entregan el proyecto de ejecución denominado LMTS y CS Mercuto, firmado el día 25 de junio de 2024 y visado con el nº 20241889 el 26.6.2024 por Xosé López Seoane, ingeniero industrial, nº colegiado 2.745 de Galicia, y un anexo firmado el 2 de octubre de 2024 por Xosé López Seoane, ingeniero industrial, nº colegiado 2.745 de Galicia.
2. El proyecto no se sometió al trámite de información pública, de acuerdo con el artículo 50 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG número 39, de 26 de febrero).
3. Conforme al artículo 127 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se solicitó el informe preceptivo la las distintas entidades afectadas: Ayuntamiento de Ames, Augas de Galicia y Patrimonio Cultural. La empresa promotora manifestó su conformidad con los informes presentados en el plazo otorgado a tal efecto.
4. El día 3 de octubre de 2024 se emitió el informe técnico.
Consideraciones legales y técnicas:
Primera. El director territorial es competente para resolver este expediente, al amparo de lo dispuesto en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG nº 22, de 1 de febrero), y en el Decreto 140/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía e Industria (DOG nº 101, de 27 de mayo).
Segunda. Legislación de aplicación.
- Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.
- Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
- Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.
- Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.
- Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.
- Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG número 39, de 26 de febrero).
Tercera. Características técnicas:
Las instalaciones de alta tensión objeto de este expediente están situadas en el lugar de Mercuto, término municipal de Ames, y sus características técnicas son las siguientes:
- LMTS (nº 1) a 20 kV, de 821 m, conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 3×(1×240) mm2 Al, con origen en el PA/S proyectado en P.F. Mercuto (CS+CT 100 kVA 2L+1P+1M, EFC001, IN407A 2016/1161-1) existente y final en CS proyectado. Desmantelamiento del tramo de la LMT LP Mercuto-Ponte Vilariño (expediente 52089) comprendido entre el apoyo nº CT-1 existente (al lado de P.F. Mercuto) y el apoyo nº 6-6,5 de la citada LMT.
- LMTS (nº 2) a 20 kV, de 224 m, conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 3×(1×240) mm2 Al, con origen en el CS proyectado y final en PA/S proyectado en el apoyo nº 6-6,5 existente de la LMT LP Mercuto-Ponte Vilariño.
- LMTS (nº 3) a 20 kV, de 205 m, conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 3×(1×150) mm2 Al, con origen en el CS proyectado y final en PA/S proyectado en el apoyo nº 6-1 existente de la LMT Der Molduras Muíño (P). Desmantelamiento del tramo de la LMT Der Molduras Muíño (P) comprendido entre el apoyo nº 5-6 existente de la LP Mercuto-Ponte Vilariño (expediente 52.089) y el apoyo nº 6-1 de la citada LMT Der Molduras Muíño (P).
- LMTS (nº 4) a 20 kV, de 5 m, conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 3×(1×95) mm2 Al, con origen en CS proyectado y final en el CT Mercuto (IN407A 95/62-1) existente.
- CS Mercuto, en configuración 4L (3 motorizadas), para instalar en nueva planta y hacer en el local de obra civil del CT Mercuto (IN407A 95/62-1) existente.
Cuarta
En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de este departamento territorial.
De acuerdo con todo lo expuesto,
RESUELVO:
1. Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a la instalación de distribución eléctrica indicada.
2. La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
3. Para la puesta en explotación de la instalación autorizada, deberá presentar ante este departamento territorial una solicitud que se acompañará de la siguiente documentación:
• Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipo, y las certificaciones u homologaciones, si procede.
• Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiese, así como de las reglamentaciones y normas oportunas en el montaje de la instalación y puesta a punto.
• Planimetría as built de la instalación eléctrica en formato shape.
4. Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial en lo relativo la ordenación del territorio y al medio ambiente.
Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la conselleira de Economía e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE número 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.
Mediante este documento se notifica a los interesados esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la mencionada Ley 39/2015.
A Coruña, 8 de octubre de 2024
El director territorial de A Coruña
P.A. (Artículo 40 del Decreto 140/2024, de 20 de mayo, DOG nº 101, de 27 de mayo)
Lourdes Fernández Parajes
Jefa del Servicio de Industria