Resolución EDF/2031/2025, de 29 de mayo, por la que se modifica la autorización de apertura del centro educativo privado Barcelona Culinary Hub, Centre de Formació Professional, de L'Hospitalet de Llobregat
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Con el fin de resolver la solicitud presentada en estos Servicios Territoriales del Departamento de Educación y Formación Profesional por el representante de la titularidad del centro educativo privado "Barcelona Culinary Hub, Centre de Formació Professional", de L'Hospitalet de Llobregat, en petición de autorización de apertura, por modificación de enseñanzas y de la capacidad, se instruye el expediente correspondiente.
Dado que se ha comprobado en el expediente mencionado el cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa de aplicación, en concreto, por la Ley 12/2009, de 10 de julio, de educación; la Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación; la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación; el Real decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria; la Orden ENS/30/2012, de 10 de febrero, por la que se especifica la superficie mínima de determinadas instalaciones de los centros que imparten la educación primaria, la educación secundaria o las enseñanzas artísticas; el Real decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo; los reales decretos por los que se establecen los títulos respectivos de formación profesional; y, tramitado el expediente conforme con el Decreto 122/2012, de 9 de octubre, del procedimiento de autorización y de comunicación previa para la apertura de los centros educativos privados,
Resuelvo:
-1 Modificar la autorización de apertura del centro educativo privado "Barcelona Culinary Hub, Centre de Formació Professional", de L'Hospitalet de Llobregat, código 08078920, por modificación de enseñanzas y de la capacidad, en los siguientes términos:
Capacidad que se amplía:
Formación profesional de grado medio:
Cocina y Gastronomía: de 2 unidades con capacidad para 60 puestos escolares, en turno de mañana, a 4 unidades con capacidad para 120 puestos escolares, en turno de mañana.
Enseñanzas que se amplían:
Modalidad no presencial:
Formación Profesional de grado superior:
Dietética
-2 La composición del centro es la que figura en el Anexo de esta Resolución.
-3 Esta Resolución tendrá efectos desde el inicio del curso escolar 2025-2026.
-4 Esta Resolución se inscribirá en el Registro de Centros.
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso de alzada ante el director general de Centros Concertados y Centros Privados, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el DOGC, según lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Barcelona, 29 de mayo de 2025
Sònia Fernández Cuenca
Directora de los Servicios Territoriales en El Barcelonès
Anexo
Composición del centro al inicio del curso escolar 2025-2026:
Formación profesional de grado medio:
Cocina y Gastronomía: 4 unidades con capacidad para 120 puestos escolares, en turno de mañana.
Formación profesional de grado superior:
Dietética: 2 unidades con capacidad para 60 puestos escolares, en turno de mañana.
Dirección de Cocina: 2 unidades con capacidad para 60 puestos escolares, en turno de tarde.
Modalidad no presencial:
Formación profesional de grado superior: