ANUNCIO del Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de la Diputación Provincial de Salamanca, relativo a los acuerdos de delegación en la Diputación Provincial, de la facultad que los Ayuntamientos tienen atribuida en materia de gestión tributaria y de recaudación de sus tributos y de otros ingresos de derecho publico, y en materia de inspección de los tributos municipales. Ampliación Anexo I-La Alberca.
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ORGANISMO AUTÓNOMO DE RECAUDACIÓN Y GESTIÓN TRIBUTARIA
A los efectos de lo previsto en el Art.7.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, R. D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se procede a la publicación de los Acuerdos de Delegación en la Diputación Provincial de Salamanca, de la facultad que los Ayuntamientos tienen atribuida en materia de Gestión Tributaría y de Recaudación de sus Tributos y de otros ingresos de Derecho Publico, y en materia de Inspección de los Tributos municipales.
ANEXO I
AMPLIACIÓN
El Ayuntamiento de La Alberca en sesión plenaria celebrada el 30 de noviembre de 2020 adoptó acuerdo de delegacion en la Diputación Provincial de Salamanca de las facultades que este Ayuntamiento tiene atribuidas en materia de gestión tributaria y de recaudación de sus tributos y de otros ingresos de derecho público, y en materia de inspección de los tributos municipales, aprobando el correspondiente convenio- Anexo I que fue aceptado por el Pleno de la Diputación Provincial de Salamanca el 27 de enero de 2021 y publicado el 09 de febrero de 2021 en el B.O.C. y L. número 27 y en el BOP número 25 de 8 de febrero de 2021.
Posteriormente con fecha 07 de junio de 2024 , el citado Ayuntamiento mediante sesión plenaria acuerda ampliación del Anexo I , de acuerdo a las fechas y conceptos que se relacionan a continuación:
MUNICIPIO | ANEXO | Fecha Delegación | Fecha Aceptación |
La Alberca | Anexo I-Ampliación (Tasas alquiler, expediente 321/2024) | 07/06/2024 | 31/07/2024 |
Una vez aceptada la delegación por la Diputación Provincial de Salamanca, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el de la Comunidad Autónoma, para general conocimiento, de acuerdo con lo previsto en el art.7.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Salamanca, 9 de agosto de 2024.
El Coordinador General del REGTSA,
Fdo.: Manuel Francisco Rodríguez Maseda