Resolución de Alcaldía. Becas de comedor y material escolar.
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José Sánchez Díaz, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Cabrales, en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 21.1 de la Ley 7/85, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local por medio de la presente acuerdo:
Primero.—Aprobar la convocatoria para la concesión de becas para comedor escolar y material educativo, para el curso 2024-2025 en régimen de concurrencia competitiva.
Segundo.—Aprobar las bases que regirán las mismas.
Tercero.—Las bases pueden ser consultadas en la sede electrónica del Ayuntamiento de Cabrales en www.cabrales.es, y en las oficinas del Ayuntamiento en horario de atención al público: lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. El plazo de presentación de solicitudes es de quince días naturales a partir del siguiente a la publicación del anuncio de las mismas en el BOPA.
Cuarto.—Frente a estas bases se podrán interponer los siguientes recursos:
A) Recurso potestativo de reposición, ante el órgano autor del acto, en el plazo de un mes.
B) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que por turno corresponda de Oviedo, en el plazo de dos meses. En su caso, los interesados podrán interponer cualquier otro recurso o acción que considere conveniente para la mejor defensa de sus derechos.
En Carreña de Cabrales, a 27 de agosto de 2024.—El Alcalde.—Cód. 2024-07562.