Consejería de derechos sociales y bienestar - Otras disposiciones (BOPA nº 2023-223)

Resolución de 6 de noviembre de 2023, de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar, de concesión y denegación de las solicitudes de ayudas de fomento de la conciliación de la vida familiar y la vida profesional mediante concesión directa.

Examinado el expediente de referencia resultan los siguientes,

Antecedentes de hecho

Primero.—Por Resolución de 3 de marzo de 2023 de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar, se aprueba la convocatoria de ayudas, mediante concesión directa, de fomento de la conciliación de la vida familiar y la vida profesional (BOPA núm. 48, de 10-III-2023), como medio de preservación de derechos tanto para las mujeres como para los hombres y de fomento del equilibrio entre obligaciones familiares y profesionales.

Segundo.—Tramitados expedientes de las solicitudes presentadas conforme a lo dispuesto en la citada resolución de convocatoria de ayudas de fomento de la conciliación de la vida familiar y la vida profesional, se eleva propuesta de Resolución en la que se detallan las distintas propuestas de concesión, denegación y desistimiento señalando, en su caso, la cuantía de las mismas.

Tercero.—Existe crédito adecuado y suficiente, en la aplicación presupuestaria 20.05.313F.484319 de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 2023, aprobados por Ley del Principado de Asturias 10/2022, de 30 de diciembre.

Cuarto.—Los beneficiarios se hallan al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, según lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Asimismo, reúnen el resto de los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones y han cumplido con las obligaciones impuestas en el artículo 14 de la citada Ley respecto de las subvenciones concedidas en el ejercicio anterior por cualesquiera de las Administraciones Públicas.

Quinto.—Conforme a lo dispuesto en el Acuerdo de fecha 22 octubre de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el régimen de fiscalización previa limitada para determinados expediente del gasto, se ha sometido el expediente a la fiscalización de la Intervención Delegada, emitiéndose informe favorable en fecha 27 de octubre de 2023.

Fundamentos de derecho

Primero.—La competencia sobre esta materia corresponde a la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar, de conformidad con el artículo 11 del Decreto 22/2023, de 31 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma (BOPA núm. 147 de 1-VIII-2023).

Segundo.—De conformidad con lo previsto en el artículo 67.4 del texto refundido del Régimen Económico y Presupuestario de Asturias, aprobado mediante Decreto legislativo 2/1998, de 25 de junio, los titulares de las Consejerías son los órganos competentes para otorgar las subvenciones y ayudas dentro del ámbito de su competencia, previa consignación presupuestaria para este fin.

Tercero.—En cuanto a lo sustancial, lo establecido en el Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el Régimen General de concesión de subvenciones en el ámbito del Principado de Asturias, así como la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el Reglamento por el que se desarrolla, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y la Resolución de 3 de marzo de 2023, de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar, por la que se aprueba la convocatoria pública de ayudas de fomento de la conciliación de la vida familiar y la vida profesional.

En consecuencia, vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, por la presente

RESUELVO

Primero.—Disponer el gasto y conceder ayuda económica a las personas y en las cuantías individualizadas que se relacionan en el anexo I por importe total de 79.092,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 20.05.313F.484319 de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 2023, aprobados por Ley del Principado de Asturias 10/2022, de 30 de diciembre.

Segundo.—Denegar la ayuda económica a las personas que se relacionan en el anexo II, por las causas que se detallan en los mismos.

Tercero.—Declarar como desistidas a las personas relacionadas en el anexo III.

Cuarto.—Reconocer obligaciones y proponer el pago de las ayudas concedidas en las cuantías individuales que figuran en el anexo I, con cargo a la aplicación presupuestaria 20.05.313F.484319 de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 2023 aprobados por Ley del Principado de Asturias 10/2022, de 30 de diciembre, mediante transferencia bancaria a la cuenta designada por los beneficiarios.

Quinto.—Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al del recibo de comunicación de la presente resolución. Asimismo, se pone en su conocimiento que podrá interponer, con carácter previo, recurso potestativo de reposición ante la Ilma. Sra. Consejera de Derechos Sociales y Bienestar del Principado de Asturias en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de recepción de la presente y sin que, en ningún caso, se puedan simultanear ambos recursos, todo ello conforme a lo establecido en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 28 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la Administración del Principado de Asturias.

En Oviedo, a 6 de noviembre de 2023.—La Consejera de Derechos Sociales y Bienestar.—Cód. 2023-10172.

Anexo I

CONCEDIDAS

Expediente

DNI

Importe

AYUD/2023/10789

71663826N

1.500,00 €

AYUD/2023/16702

53551085R

1.500,00 €

AYUD/2023/17545

71675596Y

1.500,00 €

AYUD/2023/18610

71725468Z

1.500,00 €

AYUD/2023/22029

71668643E

1.500,00 €

AYUD/2023/23196

71667155Y

1.500,00 €

AYUD/2023/23234

53555372X

1.500,00 €

AYUD/2023/23263

71770164K

1.500,00 €

AYUD/2023/23657

17456092N

1.500,00 €

AYUD/2023/23664

53518068N

1.500,00 €

AYUD/2023/23674

71654155R

1.500,00 €

AYUD/2023/23677

33542741R

1.500,00 €

AYUD/2023/23726

71668964K

1.500,00 €

AYUD/2023/23727

71652065G

1.500,00 €

AYUD/2023/23756

Y5931159W

1.500,00 €

AYUD/2023/23821

71653270J

1.060,00 €

AYUD/2023/24057

71636090Z

1.500,00 €

AYUD/2023/24123

71652270W

1.500,00 €

AYUD/2023/24172

71893989Z

720,00 €

AYUD/2023/24245

09449656Z

1.500,00 €

AYUD/2023/24406

71658922F

1.500,00 €

AYUD/2023/24414

71666004M

1.500,00 €

AYUD/2023/27696

10902823H

1.500,00 €

AYUD/2023/27970

71662199H

1.500,00 €

AYUD/2023/28112

09449812D

1.500,00 €

AYUD/2023/29872

Y8209860R

1.500,00 €

AYUD/2023/33221

58464450Z

1.500,00 €

AYUD/2023/34938

71766934B

1.500,00 €

AYUD/2023/35142

41622085C

1.500,00 €

AYUD/2023/35144

71670762W

1.500,00 €

AYUD/2023/35145

34636092R

1.500,00 €

AYUD/2023/35146

76958305Y

1.500,00 €

AYUD/2023/35835

06710852G

1.500,00 €

AYUD/2023/36035

71661445T

1.200,00 €

AYUD/2023/36320

53518463Q

800,00 €

AYUD/2023/36326

71774856K

1.500,00 €

AYUD/2023/36381

76962094T

1.500,00 €

AYUD/2023/36416

09442194G

1.500,00 €

AYUD/2023/36856

71667890M

857,00 €

AYUD/2023/37297

71649101F

1.500,00 €

AYUD/2023/37299

53527905M

1.500,00 €

AYUD/2023/37663

71732033R

1.500,00 €

AYUD/2023/37731

71657910F

1.180,00 €

AYUD/2023/38046

76941815F

1.440,00 €

AYUD/2023/38048

53552399G

1.500,00 €

AYUD/2023/38082

X6233574E

1.500,00 €

AYUD/2023/38238

76961351Q

1.335,00 €

AYUD/2023/38286

71673769L

1.500,00 €

AYUD/2023/38294

15485028W

1.500,00 €

AYUD/2023/38299

76941607Y

1.500,00 €

AYUD/2023/38420

76962003R

1.500,00 €

AYUD/2023/38425

76943254C

1.500,00 €

AYUD/2023/38464

71898128J

1.500,00 €

AYUD/2023/38746

71527694V

1.500,00 €

AYUD/2023/39051

16087900K

1.500,00 €

79.092,00 €

Anexo II

DENEGADAS

Expediente

DNI

Motivo de denegación

AYUD/2023/30083

71657733Z

Cláusula Quinta A

AYUD/2023/34941

76962649A

Cláusula Quinta C

AYUD/2023/35840

32888391R

Cláusula Quinta C

AYUD/2023/36949

11441532K

Cláusula Quinta C

AYUD/2023/37182

53675221Y

Cláusula Quinta C

AYUD/2023/33348

Y1337719F

Artículo 13 de la Ley General de Subvenciones

AYUD/2023/38226

53547109G

Cláusula Quinta C

Anexo III

DESISTIDAS

Expediente

DNI

AYUD/2023/11272

53544412K

AYUD/2023/17847

AAH817261

AYUD/2023/18515

45346904N

AYUD/2023/23138

71772900C

Ficheros adjuntos

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