Consejería de educación - Otras disposiciones (BOPA nº 2023-223)

Resolución de 6 de noviembre de 2023, de la Consejería de Educación, por la que se autoriza la modificación de cambio de titularidad del Centro de Formación Profesional Específica "Gerontológico Jovellanos Centro de Formación" de Gijón.

Antecedentes de hecho

Primero.—La Resolución de 11 de febrero de 2016, de la Consejería de Educación y Cultura, autoriza la apertura y funcionamiento del Centro de Formación Específica "Gerontológico Jovellanos Centro de Formación" de Gijón (Boletín Oficial del Principado de Asturias de 25 de febrero de 2016).

En la citada resolución consta el código del centro que es 33029160 y el domicilio en Calle Muros de Galicia n.º 3, 33204-Gijón, figurando como titular "Llanreted, S. L.", CIF B33696246. Según obra en el expediente, la capacidad para actuar en su representación corresponde a D. José Ramón Carreño García, DNI ***0957*.

Por Resolución de 6 de julio de 2018 de la Consejería de Educación y Cultura, se modifica la autorización del CFPE "Gerontológico Jovellanos Centro de Formación" (Boletín Oficial del Principado de Asturias de 22 de enero de 2019).

Segundo.—Con fecha 30 de junio de 2022, D. José Ramón Carreño García en representación del Centro de Formación Específica "Gerontológico Jovellanos Centro de Formación" solicita que se autorice la modificación de cambio de titularidad del centro a favor de "C. K. Senior Gestión, S. L." con NIF B52518198.

A través de varios requerimientos, el interesado presenta documentación sobre la transmisión del centro y la identificación del nuevo titular, así como declaraciones por parte de éste de no encontrarse en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 3 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril.

Fundamentos de derecho

Primero.—La competencia para la resolución del expediente viene determinada en el artículo 18 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias; el Decreto 22/2023, de 24 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma; el Decreto 70/2023, de 11 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Educación; y el artículo 14 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la Administración del Principado de Asturias.

Segundo.—La Ley Orgánica 8/1985 de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación, dedica su capítulo III a los centros privados, disponiendo el artículo 23 que la apertura y funcionamiento de los centros docentes privados que impartan enseñanzas tanto de régimen general como de régimen especial se someterán al principio de autorización administrativa.

Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, prevé en su artículo 108 la clasificación de los centros. Conforme al apartado 3, son centros privados aquellos cuyo titular sea una persona física o jurídica de carácter privado y que conste como tal en el Registro de centros de la correspondiente Administración educativa. Por su parte, los artículos 114 y 115 se refieren a la denominación y al carácter propio de los centros privados.

Cuarto.—El Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, por el que se establecen normas sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas en régimen general no universitarias, relaciona en su artículo 13 las circunstancias que dan lugar a la modificación de la autorización. Entre otras, el punto g) se refiere al cambio de titularidad del centro.

Conforme al artículo 14.1 la modificación de la autorización deberá ser aprobada por la misma autoridad a quien corresponde la autorización para la apertura y funcionamiento de los centros.

Asimismo, determina el artículo 14.5 que la modificación que se apruebe dará lugar a la correspondiente modificación de la inscripción del centro en el Registro establecido al efecto.

Quinto.—En el presente caso, vista la documentación que se ha ido aportando por el interesado tras varios requerimientos, procede autorizar la modificación de cambio de titularidad del Centro de Formación Profesional Específica "Gerontológico Jovellanos Centro de Formación" de Gijón.

Por lo expuesto,

RESUELVO

Primero.—Autorizar la modificación de cambio de titularidad del Centro de Formación Profesional Específica "Gerontológico Jovellanos Centro de Formación" de Gijón, con código 33029160, a favor de "C. K. Senior Gestión, S. L." con NIF B52518198.

Segundo.—El cambio de titularidad tendrá efectos a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y no afectará a las enseñanzas autorizadas, ni al régimen de funcionamiento del Centro.

Tercero.—Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y dar traslado de la misma al interesado.

Este acto pone fin a la vía administrativa y contra el mismo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante la persona titular de la Consejería de Educación en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.

Oviedo, a 6 noviembre de 2023.—La Consejera de Educación, Lydia Espina López.—Cód. 2023-10153.

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