Resolución de 30 de agosto de 2024, de la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad, por la que se somete a trámite de información pública el proyecto de orden por la que se establece la acreditación y las funciones de las personas controladoras de predadores cinegéticos y se aprueban los métodos de captura de predadores cinegéticos homologados a usar en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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Mediante Acuerdo del Consejero de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, de fecha 26 de julio de 2024, se inicia el procedimiento para la elaboración del proyecto de orden por la que se establece la acreditación y las funciones de las personas controladoras de predadores cinegéticos y se aprueban los métodos de captura de predadores cinegéticos homologados a usar en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 45.1.d) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, cuando una disposición afecte a los derechos e intereses legítimos de la ciudadanía, se le dará audiencia, durante un plazo razonable y no inferior a quince días hábiles, directamente o a través de las organizaciones y asociaciones reconocidas por la ley que la agrupe o la represente y cuyos fines guarden relación directa con el objeto de la disposición. La decisión sobre el procedimiento escogido para dar audiencia a la ciudadanía afectada será debidamente motivada en el expediente por el órgano que acuerde la apertura del trámite de audiencia. Asimismo, dicha disposición será sometida a información pública durante el plazo indicado anteriormente, debiendo publicarse la iniciativa, al menos, en el Portal de la Junta de Andalucía.

Dada la naturaleza de la disposición, teniendo en consideración los servicios que se integran, así como por su propia naturaleza al regular condiciones laborales que influyen en el trabajo del personal Agente de Medio Ambiente, por este Centro Directivo se considera conveniente el sometimiento del proyecto al trámite de información pública a la ciudadanía, así como al de audiencia, a través de las entidades y organizaciones que representan sus intereses, para que puedan exponer su parecer razonado y realizar las alegaciones que estimen pertinentes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45.1.d) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el artículo 133.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Por todo ello,

RESUELVO

Primero. Someter a información pública el proyecto de orden por la que se establece la acreditación y las funciones de las personas controladoras de predadores cinegéticos y se aprueban los métodos de captura de predadores cinegéticos homologados a usar en la Comunidad Autónoma de Andalucía, por un plazo de treinta días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Segundo. Durante dicho plazo, el texto del proyecto de orden quedará expuesto para su general conocimiento en formato electrónico, a través del Portal de la Administración de la Junta de Andalucía en la dirección electrónica:

https://juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos/detalle/524605.html

La documentación correspondiente a este proyecto normativo se encuentra accesible en la citada dirección electrónica, en cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa establecidas en el artículo 13 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.

Tercero. Las alegaciones que se deseen formular al proyecto de orden deberán dirigirse a la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente (de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas) y se presentarán preferentemente en el Registro Electrónico de la Junta de Andalucía, a través de la Presentación electrónica general, mediante el siguiente enlace:

https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/faces/vi/procedimientoDetalle.xhtml,

o bien en cualquier otro registro administrativo, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 82 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Cuarto. En cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa establecidas en el artículo 13 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, la documentación correspondiente a este proyecto normativo estará disponible en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía, a la que se podrá acceder a través del siguiente enlace:

https://juntadeandalucia.es/servicios/normativa/normas-elaboracion/detalle/524608.html

Sevilla, 30 de agosto de 2024.- El Director General, Juan Ramón Pérez Valenzuela.

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